Comunicación
Social

Martes, 24 Mayo 2022 09:00

Una nueva reforma electoral

Apenas se dio a conocer la iniciativa de una reforma electoral y surgieron todo tipo de críticas y opiniones, desde las que anticipan su desaprobación absoluta hasta las que otorgan el beneficio de la duda. Lo cierto es que su presentación fue polémica, basada en la intención es dejar atrás los fraudes electorales. Una narrativa con cada vez menos asidero en un sistema democrático, con una constante alternancia en los gobiernos.

 

Sus críticos más elocuentes señalan una falta de visión por parte del Ejecutivo. Acusan que el régimen no es afín a la autonomía y que nuestro país no necesita copiar modelos fallidos ni atentar contra las instituciones electorales.

 

Si comenzamos por el principio, tal vez la pregunta central sería qué tan necesaria es una reforma electoral. Nuestro sistema electoral tiene algunas áreas de oportunidad, pero también virtudes manifiestas. Rechazar la propuesta sin discutirla pudiera no ser correcto, pues una reforma de esta naturaleza y alcance amerita un debate parlamentario serio, crítico y objetivo.

 

La exposición de motivos señala que se busca dotar al país de un sistema electoral que brinde seguridad y respeto al voto, algo que afortunadamente ya tenemos. Afirmar que el INE es un organismo ineficiente para cumplir su principal labor de garantizar elecciones libres, auténticas y democráticas no corresponde a la realidad. Señalar que los institutos y tribunales electorales locales son irrelevantes, es una posición que no parte del contexto correcto.

 

Otro punto preocupante sería modificar la integración del llamado Instituto Nacional de Elecciones y Consulta, al someter a los aspirantes a consejeros al voto popular, pues los órganos de dirección requieren también de conocimientos técnicos y experiencia. Tampoco parece sensato desaparecer la estructura distrital del INE, ya que establecer órganos temporales y auxiliares puede ser riesgoso para la profesionalización.

 

Lo que amerita una discusión de fondo es el modelo de financiamiento a los partidos. Eliminar su presupuesto para las actividades ordinarias sin ajustar el financiamiento privado puede ser un error significativo. Si el objetivo es evitar el dispendio, debemos cambiar la fórmula de asignación de presupuesto y ajustarla al porcentaje de votación y no al número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral.

 

Por otra parte, no es mala idea plantear una modificación sustantiva en el sistema de representación. Los partidarios de esa idea persiguen la intención de favorecer la pluralidad parlamentaria, pero si la iniciativa carece de un diagnostico serio en el tema, puede facilitarse una mayoría calificada del partido en el poder, cualquier que éste sea.

 

La iniciativa insinúa un cambio en el modelo de comunicación política que debe ser examinado a detalle. Debemos tener cuidado de equilibrar la participación de los poderes públicos en la contienda. Asimismo, la reforma subraya la importancia de la radio y la

televisión, pero debemos ampliar la visión hacia las plataformas alternativas de las campañas electorales.

 

Existe un tema que pasa desapercibido y la iniciativa no hace mención alguna: el voto pasivo de los mexicanos naturalizados. Es hora de superar esa grave discriminación constitucional, pues la limitación para ellos de ocupar cargos de representación popular es anacrónica y obsoleta.

 

México ya tiene una vida democrática. Consolidarla requiere de una reforma electoral cuidadosa y objetiva.

Sábado, 21 Mayo 2022 00:05

¿Hacia el hipercentralismo electoral?

Al presentarse recientemente la iniciativa de reforma electoral por parte del Ejecutivo federal, diversas voces se levantaron aludiendo a que se trata de una propuesta clara hacia la centralización de atribuciones en los procesos electorales. Entre otros temas se propone desaparecer a las autoridades electorales locales administrativas y otorgar al Instituto Nacional Electoral (INE) competencia exclusiva respecto a la organización de los comicios que corresponden a las entidades federativas. Entre otros señalamientos, se ha mencionado que esto atentaría contra la soberanía de los Estados y contra nuestro sistema federal.

 

En la teoría política, el centralismo se entiende como una doctrina de organización del Estado en el que un gobierno central toma todas las decisiones y del que proviene toda la autoridad. Así, en este tipo de organización, el poder político abarca toda la geografía estatal y se apuesta por la concentración del poder en una autoridad única y general que gobierna toda la nación.

 

Por su parte, el federalismo se entiende como una organización política en la cual entidades autónomas e independientes realizan un pacto para unirse bajo un orden común, cediendo parte de su soberanía a un poder central, dando forma al Estado Federal. William Riker considera que, en el sistema político federal, existe una jerarquía de gobiernos, por ejemplo, dos o más autoridades sobre el mismo territorio y la misma población, con una estructura bien delineada de facultades y en el que cada nivel de gobierno es autónomo en sí mismo.

 

Precisado lo anterior, es pertinente mencionar cómo han venido desarrollándose las atribuciones y competencias de las autoridades administrativas electorales. Como sabemos, el INE tiene su antecedente en el Instituto Federal Electoral (IFE), cuyas atribuciones se circunscribían a las elecciones federales (diputados federales, senadores y presidente de la República). En lo concerniente a los institutos electorales locales, se crearon con atribuciones para organizar lo relativo a las elecciones locales (ayuntamientos, diputados locales y gubernaturas). De esta manera, la institucionalidad electoral se compatibilizó con el modelo de organización político-territorial, generándose facultades de carácter federal y estatal.

 

Sin embargo, con el transcurso del tiempo se generaron diversas reformas en materia electoral, que otorgaron más atribuciones al IFE en el ámbito nacional como el registro de electores, la generación de listas nominales y la expedición de la credencial para votar. En 2007 se asignó la competencia al IFE en los aspectos de los tiempos en radio y televisión y se estableció el supuesto de que la autoridad electoral de alguna entidad federativa y el IFE podían convenir que éste asumiera la competencia electoral en alguna entidad federativa.  

 

Con la reforma de 2014, se dió un paso decisivo para que el IFE pasara a eregirse en una instancia con atribuciones nacionales. Esta reforma, que dio vida al INE, generó un sistema híbrido en el que coexiste una autoridad de carácter nacional, con atribuciones para conocer de eleciones tanto federales como locales, y los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE), que mantienen la organización de sus respectivas elecciones.

 

A reserva de profundizar más en esta iniciativa, una conclusión preliminar es que, al desaparecer a los OPLE, se concentrarían todas las facultades y atribuciones respecto de las elecciones tanto federales como locales en una sola autoridad administrativa electoral hipercentralizada. De ahí el señalamiento de que una propuesta de esta naturaleza rompería, en más de un sentido, nuestro modelo de organización política federal contemplado en nuestra Constitución General.

 

Martes, 26 Abril 2022 09:00

La elección extraordinaria en Atlautla

Aunque posee el carácter de extraordinario, la realización del Proceso Electoral en Atlautla confirma la funcionalidad de nuestro sistema electoral y la vigencia de las leyes que lo rigen. Al mismo tiempo, es una prueba fehaciente de que la contienda democrática se rige, de principio a fin, por los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad y paridad. Por estas razones, llevar a cabo nuevamente este proceso electoral no vulnera de ninguna manera nuestro régimen político-electoral, sino que confirma su solidez.

 

De acuerdo con el calendario electoral, este 27 de abril comienzan formalmente las campañas electorales para la integración del Ayuntamiento de Atlautla. La Comisión de Organización del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) y, desde luego, cada una de las áreas del Instituto, nos encontramos listas para llevar a cabo la instalación de las 38 casillas, en las 13 secciones electorales que conforman al municipio, así como todas y cada una de las labores de planeación y coordinación de las actividades inherentes a la preparación, organización y desarrollo del proceso electoral extraordinario.

 

La ciudadanía puede tener la certeza de que, en el desarrollo de estas actividades, seguiremos observando los protocolos sanitarios dictados por las autoridades competentes. El objetivo final es garantizar que el ejercicio de los derechos político-electorales no ponga en riesgo, de ninguna manera, el bienestar y derecho a la salud de todas y todos. Por ello, no se escatimarán recursos ni se tomarán atajos en este ámbito.

 

Por otra parte, la elección extraordinaria en Atlautla es un capítulo propicio para enfatizar la relevancia del derecho de todas las mujeres de participar en las elecciones, libres de cualquier manifestación de Violencia Política por Razones de Género. Por lo que, como una actividad institucional se implementó la Red Nacional de Candidatas, en donde, hasta hoy, tenemos a 42 mujeres registradas y se les dará acompañamiento y orientación durante los comicios, a fin de que, de ser el caso, puedan reconocer cualquier conducta que pudiera violentarlas y logren acceder a las vías legales correspondientes. Recuerden: ¡No están solas!

 

El Proceso Electoral Extraordinario ha transcurrido de manera sucinta, pero no por ello precipitada. La capacidad institucional y experiencia que caracteriza al IEEM ha

estado enfocada a esta elección. Asimismo, la participación ciudadana ha representado una vez más el pilar de toda la organización electoral, pues la ciudadanía atlautlense se ha involucrado activamente en las tareas de Capacitación y Asistencia Electoral, Supervisión, Observación, así como en la integración del Consejo Municipal Electoral. Estoy cierta de que la ciudadanía atlautlense demostrará nuevamente su compromiso e interés en este proceso democrático, como quedó de manifiesto durante el Proceso Electoral Ordinario cuando la participación electoral alcanzó poco más del 66% de la Lista Nominal.

 

El Consejo General del IEEM ha dado seguimiento puntual a cada una de las etapas de este proceso electoral extraordinario. Nuestro compromiso y responsabilidad es que el próximo domingo 15 de mayo se lleve a cabo una jornada electoral ejemplar, en un contexto de paz social, equidad y certeza.

En las últimas semanas, la opinión pública de nuestro país se ha vuelto a sacudir a raíz de la desaparición de diversas mujeres jóvenes en diversas entidades de la República. Por desgracia, no se trata de casos aislados. De acuerdo con algunos registros periodísticos, en los primeros meses de lo que va del año, específicamente de enero a mediados de abril, se contabilizaron 748 mujeres desaparecidas. Pero la desaparición de mujeres es solo una forma de violencia. Otras que, por desgracia, también se han incrementado son los feminicidios y las violaciones, por mencionar los ejemplos que más lesionan a las víctimas y a su entorno familiar.  

 

Este panorama, poco alentador, porta dos riesgos. El primero de ellos es que la espiral de violencia contra las mujeres termine por habituarnos a conocer estas cifras. Es común el fenómeno en el cual las sociedades se “acostumbran” a escuchar de casos violentos y a normalizar la incidencia de tales comportamientos. Más allá de esto, el segundo riesgo tiene que ver con la impunidad, que sirve como un aliciente perverso para los agresores y que puede incrementar más ataques contra las mujeres ante la falta de sanciones eficaces y contundentes.  

 

El problema de la violencia contra la mujer es un asunto que compete y compromete a todo el Estado mexicano. De ahí la importancia de que cada autoridad, en el ámbito de su competencia y en la esfera de su actuación, genere estrategias para combatir este fenómeno. Ciertamente no todas las instancias públicas están facultadas para llevar a cabo tareas de investigación y persecución del delito, pero todas estamos llamadas a establecer mecanismos para identificar el problema, reducir los márgenes para la ocurrencia de agresiones, implementar canales institucionales de comunicación, y orientar a las víctimas para que denuncien.  

 

En el ámbito electoral, el Instituto Electoral del Estado de México en coordinación con la Asociación Mexicana de Consejeras Estatales Electorales, A.C. (AMCEE) y el Instituto Nacional Electoral establecieron la “Red de Mujeres Electas” la cual tiene como objetivo primordial ser un canal de comunicación permanente con las mujeres que se encuentran actualmente en el ejercicio del cargo y contribuir a la lucha por la erradicación de la Violencia Política contra la Mujer en Razón de Género (VPMRG). Lo anterior incluye actividades de capacitación, orientación y seguimiento a los casos que se pudieran presentar; así como la realización de un análisis estadístico que permita visibilizar la gravedad de estas conductas y generar nuevas estrategias para seguir combatiéndola. 

 

A través de esta iniciativa, los institutos electorales trascienden su esfera de actuación al no limitarse a vigilar las disposiciones en materia de VPMRG solamente durante los procesos electorales, sino que mantienen una comunicación permanente con aquellas mujeres que acceden al ejercicio del cargo público. Por ello es fundamental seguir promoviendo la incorporación de más servidoras públicas de elección popular a esta Red, para que, entre todas, sin importar el origen regional, étnico o partidista, dialoguemos sobre un problema que demanda la consolidación de un frente común.   

 

El respaldo institucional es sumamente importante para compartir experiencias y prevenir casos de VPMRG, pues en muchos casos el temor provoca que no se alce la voz ni se identifiquen comportamientos de este tipo. El mensaje para las mujeres electas como resultado de un proceso electoral es que no están solas ni deben tolerar manifestaciones de violencia. Existe un robusto cuerpo legal y procesal que nos protege y que debemos promover en nuestra entidad y nuestro país para que, desde nuestro ámbito de competencia, la violencia contra las mujeres se erradique.   

 

 

 

 

Martes, 29 Marzo 2022 09:00

Interpretación legislativa

Bajo criterios de razonabilidad y oportunidad adecuados, y con la autoridad que le brinda ser el autor de la ley, el legislador está facultado para reconsiderar sus propias leyes, ya sea para modificarlas o interpretarlas. Este tipo de interpretación no es definitivo, ya que puede ser objeto de revisión constitucional por parte del Poder Judicial.

 

Con atribuciones implícitas en términos del artículo 72 constitucional, en la interpretación, reforma o derogación de las leyes o decretos, se observarán los mismos trámites establecidos para su formación. Considera la doctrina que esta facultad interpretativa es limitada en dos sentidos; primero, solo se circunscribe a las leyes o decretos que el legislador emite; segundo, únicamente para facilitar la aplicación de aquellas disposiciones legales que no sean claras, pero sin modificar la ley interpretada.

 

Tanto en su sentido material como formal, la norma interpretativa es una verdadera ley, por concurrir en su elaboración y sanción todos los requisitos extrínsecos de las leyes, pues contiene una determinación imperativa del obrar. Para calificar una regla jurídica como interpretativa, debe estarse fundamentalmente a su contenido sustantivo. En ese orden de ideas, una condición esencial es que deberá limitarse a declarar el sentido y alcance de una regla preexistente, sin introducirle alteraciones. Con relación a la norma interpretada, la regla interpretativa no debería mutarla, adicionarla o restringirla.

 

Característica de las leyes interpretativas, es el contener una alternativa jurídicamente viable, por esa razón, el legislador debe tomar en cuenta el ordenamiento jurídico en su conjunto, incluyendo tanto las normas superiores como jerárquicamente iguales, así también los valores y principios contenidos en las resoluciones judiciales. Dicho de otro modo, el legislador tendrá que considerar, además del sentido semántico del texto interpretado, su validez con relación a otras normas, principios y valores.

 

Una regla interpretativa puede ser adecuada si es ajena al interés personal de quien legisla. Será de utilidad, cuando permita al propio legislador corregir los errores o excesos en que hubiera incurrido. Dentro del esquema de pesos y contrapesos que debiera existir entre poderes, el Legislativo podría aclarar el sentido de una disposición normativa con el fin de encausar la interpretación o las decisiones futuras de los tribunales. Parecen razonables si contribuyen a reducir la inseguridad jurídica que crea la ambigüedad o la confusión de ciertos preceptos legales.

 

Pero qué ocurre si la interpretación legislativa da lugar a una contradicción con la norma interpretada. Acaso la segunda surtirá efectos derogatorios de la primera. Punto medular es aclarar que el inciso f) del artículo 72 constitucional, no confiere la facultad legislativa de interpretar la Constitución. Una cosa es interpretarla y otra reformarla. En términos del artículo 135 constitucional, el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes, sí podrá acordar las reformas y adiciones, siempre que sean avaladas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México, pero esa facultad no está conferida al legislador ordinario.

 

Como intérprete jurídico, el legislador no puede olvidar que los mecanismos de control constitucional permiten examinar y contrastar que su trabajo legislativo resulte conforme a lo que dispone la Constitución General. Si una regla interpretativa es contraria a la Constitución, podrá ser expulsada del orden jurídico o, en su caso, inaplicarse. El control de la constitucionalidad se dirige, fundamentalmente, a limitar y restringir los excesos del órgano legislador. Por esa razón, el Legislativo no es la última instancia interpretativa de la Constitución. Para eso está la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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