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Desde la incorporación de la transparencia y el principio de máxima publicidad a nivel constitucional poco a poco se ha ido avanzando en el tema a fin de generar mayor apertura y acercamiento con la ciudadanía a partir de la publicación de información mínima que por obligación legal debe estar disponible en las páginas electrónicas de las instituciones públicas.

 

La reforma constitucional de 2014 en materia de transparencia y la publicación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como de las leyes de transparencia a nivel local trajeron consigo las denominadas obligaciones de transparencia comunes que constituye la información básica que todos los Sujetos Obligados deben poner a disposición de las personas (remuneraciones, directorio de servidores públicos(a), presupuesto, entre otras) y las obligaciones de transparencia específicas que se encuentran orientadas a publicar información relevante dependiendo de las atribuciones concretas que tiene cada institución y que resulte de interés público para la ciudadanía.

 

No obstante, implementar practicas o políticas de transparencia proactiva implica publicar información más allá de lo que obliga la ley a fin de generar una utilidad pública y social de la misma en beneficio de la ciudadanía.

 

En este sentido, las instituciones públicas deben adoptar la transparencia proactiva como una herramienta que permita incluir a sectores de la población que por su condición pueden encontrarse en alguna situación de vulnerabilidad como son las personas de origen indígena, las mujeres, la juventud, personas con discapacidad entre otras.

 

La transparencia proactiva implica un gran reto para las instituciones públicas, ya que no basta con publicar información de manera general, se debe analizar la relevancia pública, la pertinencia de la publicación de la información y la utilidad que puede tener la misma para el ejercicio de los derechos humanos de las personas y para mejorar la calidad de vida de las personas.

 

En la medida en que la transparencia se oriente a generar utilidad social que permita incluir a todas las personas independientemente de su condición o la situación de vulnerabilidad en la que puedan encontrarse avanzaremos cada vez más a una Democracia incluyente.

 

Te invito a conocer el apartado de transparencia proactiva con perspectiva de género y transparencia proactiva en lenguas originarias con un enfoque interseccional e intercultural del IEEM, para promover el ejercicio de los derechos fundamentales de acceso a la información pública, protección de datos personales y los político electorales; así como para promover la igualdad y la participación política de las mujeres en el Estado de México.

 

 

 

El Gobierno Abierto es un enfoque novedoso para el funcionamiento de las instituciones y la gestión de los asuntos públicos, que surgió con la conformación de la Alianza para el Gobierno Abierto (Open Government Partnership) en el año 2011, iniciativa multilateral de la México fue país fundador, y se consolidó en el orden jurídico interno con su incorporación a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública en 2015 y, en el año siguiente, a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.
El Gobierno Abierto se caracteriza por el diálogo y la colaboración permanentes entre sujetos obligados y sociedad civil en todo el proceso de toma de decisiones, desde la detección y selección de los problemas públicos que deben formar parte de la agenda, hasta la propuesta, aprobación, implementación y evaluación de compromisos específicos de solución a esa problemática, los cuales, a su vez, promueven la transparencia y la participación ciudadana, en un ambiente de rendición de cuentas e innovación.


A nivel federal y en los Estados que han decidido adoptar este enfoque, el Gobierno Abierto se ha implementado a través de ejercicios sucesivos que comienzan con la integración de un órgano colegiado tripartita conformado por el organismo garante del derecho de acceso a la información y representantes de los sujetos obligados, la sociedad civil y la Academia. Este ente tripartita es el espacio de deliberación en el que más tarde habrán de discutirse los problemas y necesidades públicas más acuciantes y se plantearán y aprobarán los compromisos de solución respectivos; cada uno de estos últimos, a cargo de un determinado sujeto obligado, pero diseñado, aprobado, implementado y evaluado con la colaboración del núcleo de la sociedad civil y los integrantes de la Academia que participen en el ejercicio. Así, todos los compromisos aprobados por el ente tripartita se reúnen al final en un Plan de Acción de Gobierno Abierto, principal resultado del ejercicio respetivo.

En el Estado de México, el órgano tripartita de Gobierno Abierto se conformó en 2019 con el nombre de Secretariado Técnico Local y, desde su integración, el IEEM forma parte del mismo, con el carácter de representante suplente de los entes públicos. Al interior de dicho órgano colegiado, esta autoridad electoral impulsó un compromiso proactivo consistente en fomentar la transparencia en las candidaturas, el voto informado y la participación de las personas durante el proceso electoral del año 2021; compromiso que se tradujo en el diseño y puesta en marcha de la herramienta “Decide IEEM” durante el proceso electoral del año en curso.

De esta forma, teniendo en cuenta que la contribución al desarrollo de la vida democrática es uno de los fines esenciales de este organismo público local electoral, considero que el Gobierno Abierto brinda una oportunidad inmejorable para el cumplimiento de dicha finalidad, toda vez que permite conocer y encauzar las aspiraciones y demandas de la ciudadanía y le brinda la oportunidad de participar directamente en la solución de los problemas públicos. Dado el carácter marcadamente transversal de la transparencia y de la propia participación ciudadana, el Gobierno Abierto es un mecanismo más, tal vez el de mayor alcance, para promover y garantizar otros derechos de las personas, como sus derechos político-electorales.

El Comité Coordinador del Sistema Anticorrupción del Estado de México y Municipios aprobó la Política Estatal Anticorrupción con el objetivo de comprender a la corrupción como un problema sistémico y multifactorial; a partir de esto, proponer programas y acciones específicas en diferentes instituciones sociales y gubernamentales para prevenir, sancionar y en su caso erradicar los actos de corrupción.

 

Actualmente, la corrupción representa uno de los principales problemas que inciden
a nivel global, nacional, estatal y municipal; menoscaba la confianza hacia las instituciones públicas y hacia las y los servidores públicos. La corrupción debilita a las instituciones democráticas, deteriora el orden social y las formas básicas de convivencia.

 

La Política Estatal Anticorrupción se encuentra alineada a la Política Nacional Anticorrupción respecto a 4 de sus ejes temáticos: combatir la impunidad; controlar la arbitrariedad; involucrar a la sociedad y fortalecer las interacciones gobierno-sociedad.

 

Además de los ejes antes señalados, en atención al contexto mexiquense, se diseñó un eje más denominado: Ética Pública e Integridad que tiene por objetivo plantear estrategias para mejorar la formación y acción de las y los servidores públicos, y la corresponsabilidad e integridad empresarial. En este sentido, considera 60 prioridades distribuidas en los 5 ejes para generar acciones encaminadas a sensibilizar, prevenir, combatir y erradicar la corrupción.

 

La prevención, y el combate a la corrupción, debe estar siempre presente en la agenda pública pero también a nivel individual para la búsqueda de soluciones integrales que abonen a la eliminación de este problema público a fin de fortalecer a la Democracia y mejorar la calidad de vida de las personas.

 

 

El pasado 6 de junio se llevaron a cabo las elecciones más grandes de la historia en México, toda vez que de acuerdo con el INE 93,528,473 ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal tuvieron la posibilidad de votar, de este universo de personas 48,462,689 son mujeres y 45,065,784 son hombres.

Como podemos observar somos más mujeres en el país con la calidad de ciudadanas que pudimos ejercer nuestro derecho fundamental al voto. En este sentido, resulta importante destacar la importancia de que nos apropiemos cada vez más de las elecciones y tomar en serio el poder que tiene que ejerzamos nuestros derechos político electorales.

 

Al representar el 51.8% de electoras el voto de las mujeres tiene un peso importante para definir el rumbo democrático del País a partir de la elección de nuestros representantes populares. 

 

Es por lo anterior que, tenemos la enorme posibilidad de ejercer un derecho fundamental que es clave para el ejercicio de los derechos político electorales, como lo es el acceso a la información ya que al utilizarlo funciona como un derecho llave que nos permite informarnos, analizar y comparar propuestas por ejemplo en materia de igualdad de género y derechos de las mujeres para que cada vez más la agenda de género esté presente en las plataformas electorales de los partidos políticos y en las propuestas de candidatas y candidatos.  

 

En una nación en donde las mujeres podemos definir a quien queremos que nos represente vale la pena apropiarnos del ámbito público a través del ejercicio de nuestros derechos fundamentales para estar permanentemente informadas y poder emitir un voto reflexivo en donde sea una exigencia permanente en cada proceso electoral, la agenda de género y la inclusión. 

 

Asimismo, las mujeres debemos exigir que cada proceso electoral, los partidos políticos transparenten sus propuestas y sus candidaturas más allá de sus campañas electorales, la información debe estar disponible en todo momento.Es por ello que, resulta indispensable que la transparencia, el combate a la corrupción y rendición de cuentas de los partidos políticos y de las candidaturas sea vista como el componente previo de toda la oferta política que estará disponible a la ciudadanía, para que quienes lleguen al poder público brinden un gobierno abierto, transparente y con perspectiva de género.

 

El artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) establece que todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos por la Constitución y de las garantías para su protección.

 

De igual manera establece que, queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

 

El principio de igualdad contenido en los artículos 1° y 4° de la CPEUM va más allá de la igualdad ante la Ley, ya que se debe asegurar la igualdad sustantiva; esto es, la igualdad de trato y de oportunidades para las personas en el ejercicio pleno de sus derechos, reconociendo las diferencias existentes de una manera que no se ejerza algún tipo de discriminación.

 

En este sentido, en el contexto nacional y estatal tanto la normatividad electoral vigente en el Estado de México, como la normatividad en el ámbito federal no regula de manera específica la obligación para los partidos políticos de que, en el registro de candidaturas a cargos de elección popular, postulen a personas que pertenezcan a grupos en situación de vulnerabilidad, a excepción de la regulación en materia de paridad de género.

 

No obstante lo anterior, a nivel federal el INE para el actual Proceso Electoral 2021 emitió un Acuerdo por el cual emitió criterios para el registro de candidaturas a Diputaciones federales por ambos principios (mayoría relativa y representación proporcional) en el que estableció acciones afirmativas que armonizan los principios de auto organización de los partidos políticos y de paridad de género, con el objeto de nivelar de alguna manera la participación política y garantizar los derechos político electorales de las personas que forman parte de un grupo en situación de vulnerabilidad como son: personas indígenas, personas con discapacidad, personas afro mexicanas, migrantes y personas de la diversidad sexual.

 

Como puede observarse las acciones afirmativas constituyen una medida compensatoria para grupos en situación de vulnerabilidad o en desventaja, que tienen como fin revertir escenarios de desigualdad histórica y de facto que enfrentan ciertos grupos humanos en el ejercicio de sus derechos.

 

El reto y a la vez oportunidad que tienen las autoridades electorales, principalmente los OPL consiste principalmente en implementar acciones que permitan incrementar la participación política y que las personas que pertenecen a grupos en situación de vulnerabilidad puedan ejercer sus derechos fundamentales, particularmente los derechos político electorales en condiciones de igualdad.

 

Asimismo, se requiere concientizar a los partidos políticos para lograr que la postulación de candidaturas sea cada vez más incluyente y de esa manera eliminar las brechas de desigualdad que aún existen para fortalecer el Estado Constitucional, Democrático y de Derecho.

 

 

 

 

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