Comunicación
Social

En este “Espacio de Colaboraciones y Opiniones” hemos dado cuenta de dos reformas centrales para el avance de los derechos político-electorales de las mujeres, me refiero a la de “Paridad en Todo” y a la de violencia política contra las mujeres en razón de género, publicadas el 6 de junio de 2019 y el 13 de abril de 2020, respectivamente. A través de la reforma de “Paridad en Todo”, se modificaron diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal) con lo que se amplió la aplicación del principio de paridad de género a la integración de todos los poderes de la Unión y organismos autónomos, incluyendo los municipios indígenas y todos los niveles de gobierno. Por su parte, en la reforma de abril pasado se realizaron cambios a 8 ordenamientos jurídicos federales y generales: la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; la Ley General de Partidos Políticos; la Ley General en Materia de Delitos Electorales; la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República; la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

 

Derivado de estos cambios en la Constitución Federal y en las leyes generales y federales antes señaladas, se iniciaron procesos de armonización legislativa en las entidades federativas con el objetivo de incorporarlos en las normativas estatales. En el caso del Estado de México, entre los meses de mayo y agosto, con el impulso de legisladoras, magistradas y consejeras electorales, funcionarias públicas estatales y de integrantes de organizaciones de la sociedad civil, se presentaron y analizaron diversas iniciativas en materia de paridad de género y violencia política contra las mujeres en razón de género. Como resultado de ese proceso, el pasado 13 de agosto la LX Legislatura del Estado de México aprobó una serie de modificaciones y adiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (Constitución Estatal), a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Electoral del Estado de México, a la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, y a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

 

Con las modificaciones legislativas en el Estado de México se avanza en la armonización de la reforma de “Paridad en Todo” al incorporarla en el texto de la Constitución Estatal en la integración de organismos autónomo como el Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios y el Poder Judicial del Estado de México. También se reconoce constitucionalmente la alternancia de género en el registro de candidaturas de diputaciones de representación proporcional, entre otros. Asimismo, se agregaron en la Constitución Local los siguientes requisitos para ser gobernador o gobernadora, diputada o diputado, o integrante de ayuntamiento: a) No estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada, por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género; b) No estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en el Estado, ni en otra entidad federativa, y c). No estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada por delitos de violencia familiar, contra la libertad sexual o de violencia de género.

 

De igual manera, dentro del Código Electoral del Estado de México se estipula que la paridad de género se observará tanto en la elección como en la integración de la legislatura y de los ayuntamientos de la entidad, y se añade la paridad horizontal y vertical dentro de la misma. Se suman en el Código Electoral estatal obligaciones importantes para el Instituto Electoral del Estado de México en materia de prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia política del Estado de México.

 

Con la armonización legislativa del estado de México, se sientan las bases para continuar con el fortalecimiento del ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, brindando condiciones más justas, igualitarias y libres de violencia. Asimismo, es importante señalar que para que esto se materialice y puedan ser aplicadas en el siguiente proceso electoral estatal, en el que se renovarán la Legislatura y los 125 ayuntamientos de nuestra entidad, se requiere de su publicación, lo que deberá ocurrir en los próximos días. Mientras tanto en el Instituto Electoral del Estado de México nos encontramos trabajando para garantizar los derechos político-electorales de las mujeres acorde a los nuevos ordenamientos jurídicos que se encuentran vigentes.

De acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas (ONU) 476 millones de indígenas habitan en 90 países del mundo, lo que equivale a poco más del 5% de la población mundial. En México existen 68 pueblos originarios y en todo el país, de acuerdo a datos de la Encuesta Intercensal 2015 del Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), se contabilizaron 12 millones 225 mil 947 personas indígenas, lo que representa 10% de la población nacional [1]. Asimismo, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se reconoce la composición pluricultural de la Nación Mexicana en el artículo 2º, párrafo segundo.

 

Asimismo, en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México se establece en el artículo 17, párrafo primero que el Estado de México tiene una integración pluricultural y pluriétnica y cuenta con los siguientes pueblos indígenas: los Mazahua, Otomí, Náhuatl, Matlazinca, Tlahuica, así como aquellos que se identifiquen en algún otro pueblo indígena.

 

En el Estado de México, también con datos de la Encuesta Intercensal 2015 del INEGI, 1 millón 97 mil 666 personas personas indígenas habitaban en la entidad, 6.8% de la población total. Asimismo, la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de México, reconoce y regula los derechos de pueblos indígenas de la entidad, así como los municipios en los que están asentados.

 

Es indiscutible que los pueblos indígenas en nuestro país y en nuestra entidad federativa son la base que sustenta nuestra cultura. Sin embargo, también viven una constante discriminación que les impide ejercer sus derechos a plenitud pues sus comunidades se encuentran rezagas respecto al acceso a la educación, a la salud, a servicios básicos como agua y luz, entre muchos otros. La ONU señala que a pesar de las enormes aportaciones de los pueblos indígenas a la diversidad y cultura de todo el mundo, su población corresponde al 15% más pobre.

 

Para generar conciencia sobre la situación de los pueblos indígenas y promover el respeto y cumplimiento de sus derechos humanos a nivel global, la Asamblea General de la ONU decidió que cada año el 9 de agosto se observe el Día Internacional de los Pueblos Indígenas. En el marco de esta conmemoración es importante también redoblar esfuerzos para difundir los derechos de estos pueblos establecidos en instrumentos jurídicos internacionales, nacionales y locales.

 

Como se apuntó anteriormente, los pueblos y comunidades indígenas en México y en nuestra entidad federativa cuentan con el máximo reconocimiento constitucional. Asimismo, en 2007 la Asamblea General de la ONU aprobó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, también suscrita por nuestro país. Esta Declaración aglutina diversos derechos individuales y colectivos como son los derechos a la educación, a la salud, al empleo, al desarrollo, a la cultura y a la identidad, el derecho a las tierras, territorios y recursos, entre otros.

 

De igual manera, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas incluye el derecho a la autonomía o al autogobierno (artículo 4), así como el derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente, si lo desean, en la vida política, económica, social y cultural del Estado (artículo 5).

 

El conocimiento de los derechos de los pueblos indígenas es fundamental para su realización y exigencia. Por tal motivo, se comparte la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, en Mazahua y en Español:

 

 

 

[1] Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, Indicadores Socioeconómicos de los Pueblos Indígenas de México, 2015, disponible en: https://www.gob.mx/inpi/articulos/indicadores-socioeconomicos-de-los-pueblos-indigenas-de-mexico-2015-116128

 

 

 

 

 

El pasado 10 de julio se realizó la Décima Sesión Ordinaria del Observatorio de Participación Política de las Mujeres en el Estado de México (Observatorio Estatal). Dentro de los temas relevantes abordados en esta sesión se encuentran la presentación del Segundo Informe Trimestral de Actividades; la aprobación de modificaciones al Protocolo para la Prevención y Atención de la Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género en el Estado de México para la integración de su Comisión para el Seguimiento, así como el procedimiento de elección de integrantes rotativos de la misma. De igual manera, se presentaron los resultados del Índice de Paridad Política en el Ámbito Local, por parte del Instituto Nacional de las Mujeres.

 

La importancia de la colaboración interinstitucional se ve reflejada en las actividades que han llevado a cabo las instituciones públicas, organizaciones de la sociedad civil y partidos políticos integrantes de este Observatorio Estatal, durante los meses de abril, mayo y junio, en los que hemos tenido que adaptarnos a nuevas circunstancias, derivado de la pandemia de COVID-19, para su desarrollo a través de plataformas digitales de comunicación. De esta manera, en estos últimos tres meses, se realizaron y difundieron 21 actividades de divulgación, capacitación y vinculación como son la Novena Sesión Ordinaria de este Observatorio Estatal; la construcción del Índice de Paridad Política en el Ámbito Local para el Estado de México; el diseño y difusión de infografías sobre el Observatorio y sobre una vida política libre de violencia; la organización de 3 foros en los que se abordaron las reformas de paridad en todo y de violencia política contra las mujeres en razón de género, las experiencias de mujeres en política y la violencia de género durante la pandemia de COVID-19; 3 conferencias sobre paridad y democracia, y violencia política contra las mujeres en razón de género; por mencionar las principales. Esto permitió, por ejemplo, que en el contexto de la contingencia sanitaria, en el mes de junio se ofreciera al menos una conferencia o foro organizado en el marco de las actividades del Observatorio Estatal. Asimismo durante estos tres meses se continuó con la difusión del quehacer del Observatorio y del Protocolo para la Prevención y Atención de la Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género.

 

De igual manera, en esta Sesión Ordinaria del Observatorio Estatal se aprobaron importantes cambios en integración, organización y funcionamiento de la Comisión para el Seguimiento del Protocolo para la Prevención y Atención de la Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género en el Estado de México, a fin de actualizarla conforme a las reforma de la materia del pasado 13 de abril y fortalecer la coordinación y colaboración interinstitucional. Entre los cambios que se aprobaron se encuentran la incorporación de 6 instituciones integrantes permanentes, que incluye a las que integran la Dirección Ejecutiva de este Observatorio (Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, Tribunal Electoral del Estado de México y Instituto Electoral del Estado de México), la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, por conducto de la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales y la Fiscalía Central para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género; la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México, y la Legislatura estatal, por conducto de la Comisión para la Igualdad de Género. Así como la participación de manera rotativa de 2 organizaciones de la sociedad civil y 1 instancia pública más. Se revisaron y adecuaron las atribuciones, se agregaron elementos para llevar a cabo las sesiones de esta Comisión; se incluyó un apartado sobre obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales; se incorporó una periodicidad a los informes que deberá realizar esta Comisión y se agregó la posibilidad de realizar informes extraordinarios; entre otras.

 

Asimismo, fin de avanzar en la puesta en marcha de la Comisión para el Seguimiento del Protocolo para la Prevención y Atención de la Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género en el Estado de México, se aprobó el procedimiento para la elección de sus integrantes rotativos.

 

Con este tipo de acciones el Observatorio de Participación Política de las Mujeres en el Estado de México rinde cuentas a la ciudadanía mexiquense en el impulso de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ámbito político estatal y municipal. Ésta y más información pueden encontrarla en el página web del Observatorio Estatal: https://www.ieem.org.mx/observatorio_2017/index.html

 

 

Sábado, 14 Marzo 2020 11:52

HISTÓRICAS

La conmemoración del Día Internacional de la Mujer se remonta a principios del siglo XX cuando el Partido Socialista de Estados Unidos de América celebró en 1909 el primer Día Nacional de la Mujer. A nivel mundial, la Organización de las Naciones Unidas lo celebra desde 1975, establecido durante el primer año internacional de la mujer. Asimismo, resulta pertinente recordar que ese año se realizó en México la primera Conferencia Mundial de la Mujer, en la cual se diseñó un plan de acción mundial de 10 años para la promoción de los derechos de las mujeres, denominado como el Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer: Igualdad, Desarrollo y Paz.

 

El Día Internacional de la Mujer de 2020 es histórico por varias razones, una de ellas, la más visible, es la enorme toma de conciencia y del espacio público por parte de las mujeres para exigir en todo el mundo, igualdad de derechos y una vida libre de violencia. Asimismo, se conmemora el 25º aniversario de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, aprobada en 1995 en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, que se llevó a cabo en Beijing, y que es la ruta de acción más avanzada para el empoderamiento de las mujeres y las niñas a nivel global.

 

Las mujeres del mundo estamos reescribiendo la historia, dando voz a muchas otras que por su condición de múltiple discriminación enfrentan diversos obstáculos para demandar igualdad en todos los ámbitos de vida. Cada avance que se ha dado en la conquista de nuestros derechos humanos, ha sido precisamente gracias a la unión y el empuje que viene de generaciones de mujeres que se gestaron a lo largo del siglo pasado y que pudieron generar instrumentos normativos internacionales como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, 1979) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención De Belem Do Pará"

 

Las generaciones de mujeres del siglo XXI, cuentan ahora con un entramado de leyes internacionales, nacionales y locales, así como con diversos programas para avanzar hacia la igualdad sustantiva. Además, el acceso a internet y el uso de las redes sociales, han sido herramientas fundamentales para construir exigencias colectivas e impulsar agendas a favor de nuestros derechos. Prueba de ello fueron las movilizaciones masivas de mujeres que se realizaron a escala planetaria el pasado 8 de marzo, para pedir el acceso a las mismas oportunidades y la realización de nuestros derechos, especialmente erradicar cualquier manifestación de violencia de género.

 

Como sociedad, tenemos mucho por hacer, desde los espacios públicos y privados. En el marco del Día Internacional de la Mujer de este histórico 2020, podemos emprender algunas acciones cotidianas de gran impacto que nos recomienda ONU Mujeres, como son: compartir los cuidados en la familia y en todos los ámbitos de la vida; denunciar comportamientos sexistas e irrespetuosos hacia otras mujeres; exigir una cultura de trabajo igualitario, eliminando prácticas discriminatorias en el trabajo como el acoso sexual o la brecha salarial; ejercer tus derechos políticos, a través de la emisión de tu sufragio y también elegir como una opción, votar por otras mujeres; desafiar lo que significa ser hombre, cuestionando las nociones tradicionales de masculinidad y fomentando ambientes seguros para demostrar sus emociones.

 

Todavía podemos ganar la carrera por la igualdad y la eliminación de la violencia contra las mujeres, continuemos lo que muchas mujeres ya iniciaron, este el momento, porque las mujeres este 2020 somos históricas. ¡Ni un paso atrás!

 

 

 

 

 

 

El pasado 17 de enero se llevó a cabo a cabo la Octava Sesión Ordinaria del Observatorio de Participación Política de las Mujeres en el Estado de México (Observatorio Estatal), durante la cual se aprobó la rotación de la Presidencia del mismo que estará a cargo del Instituto Electoral del Estado de México, durante 2020, por conducto del Consejero Presidente licenciado Pedro Zamudio Godínez. Asimismo, en esta sesión se aprobó el Programa de Trabajo 2020 del Observatorio Estatal.

 

Durante el desarrollo de esta sesión se reconocieron los trabajos realizados por el Tribunal Electoral del Estado de México que ocupó la Presidencia del Observatorio Estatal en 2019, así como por parte del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, que estuvo al frente de la Secretaría Técnica; instituciones que junto con el IEEM conforman la Dirección Ejecutiva de dicho Observatorio.

 

A lo largo de 2019, las instituciones y organizaciones integrantes del Observatorio Estatal llevaron a cabo diversas actividades de capacitación y formación para mujeres en política y para servidoras y servidores públicos, dentro de éstas destaca el Diplomado “La Violencia Política por Razón de Género: Una Visión Integral”; se generó y difundió información sobre la evolución de la participación política de las mujeres, la cual se encuentra disponible para consulta en la página web del Observatorio[1]. Asimismo, se desarrollaron herramientas para prevenir y atender la violencia política contra las mujeres por razón de género como la Guía de Atención en Casos de Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género, Atribuciones y Procedimientos, y el Protocolo para la Prevención y Atención de la Violencia Política contra las Mujeres por Razón de Género en el Estado de México; entre muchas otras acciones emprendidas por las instancias integrantes del Observatorio.

 

Con el objetivo de contribuir al logro de la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ámbito político estatal y municipal, el Programa de Trabajo 2020 del Observatorio Estatal, buscará llegar a más municipios de nuestra entidad mexiquense, a través de actividades de difusión de información sobre los derechos político-electorales de las mujeres, de prevención y atención de la violencia política contra las mujeres por razón de género, de seguimiento a la agenda legislativa para la igualdad sustantiva, así como para acelerar el empoderamiento de las mujeres para ejercer sus derechos político-electorales. Es importante destacar que en este nuevo programa se incorporaron propuestas de actividades que serán realizadas por diversas instancias públicas estatales de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de organismos autónomos y organizaciones de la sociedad civil, en su calidad de integrantes del Observatorio Estatal.

 

Desde su creación en enero 2017, el Observatorio Estatal se ha convertido en un espacio efectivo de coordinación y colaboración interinstitucional lo que se refleja en el diseño y ejecución de sus programas de trabajo. En este sentido, durante la Octava Sesión Ordinaria, el Consejero Presidente del IEEM, al hablar de los desafíos que enfrentará este Observatorio para este año, derivados de la reforma constitucional de “Paridad en Todo”[2], subrayó como una fortaleza del mismo, que ha podido incorporar a cada una de las instancias públicas que cuentan con las atribuciones para garantizar de los derechos político-electorales y la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en el ámbito político. Esto implicará que el trabajo del propio Observatorio Estatal tendrá que expandirse hacia otros espacios de toma de decisiones públicas. De igual manera, el Observatorio Estatal también se nutre de las contribuciones e iniciativas de los partidos políticos para abonar el desarrollo de actividades orientadas a impulsar la participación política de las mujeres y que se suman a las establecidas en el Programa de Trabajo del mismo.

 

Les invito a seguir y difundir las actividades que estará desarrollando durante este año el Observatorio Estatal, a favor del ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres en condiciones reales de igualdad y libres de violencia.

 

[1] https://www.ieem.org.mx/observatorio_2017/estadistica/index.html

[2] Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 2019. Esta reforma establece que el principio de paridad de género deberá ser observado en los procesos de elección y selección de quienes integran los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como en los organismos autónomos y municipios indígenas.

 

 

 

 

 

 

Página 4 de 5

Histórico - Espacio de Colaboraciones y Opiniones



Conéctate