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En las últimas dos semanas uno de los grandes temas en los que se ha centrado la opinión pública es en el de la representación proporcional.

 

Un nutrido grupo de periodistas y columnistas han hecho pronunciamientos en contra de los escenarios en donde MORENA obtendría una mayoría calificada en el Congreso (minando de acuerdo a sus interpretaciones) el derecho de las minorías a estar representados en el Congreso de la Unión, algo que, por cierto, ya había ocurrido, narró Alfredo Figueroa a pregunta expresa de Carmen Aristegui en su programa matutino cuando quien gobernaba mayoritariamente era el PRI.

 
 

Aunado a ello también se ha hecho presente en esas mesas de análisis un reclamo a la oposición y sus líderes de partido por el gran déficit que ven para poder controvertir el tema de fondo, lo que nos lleva a plantear de nueva cuenta la crisis de partidos políticos por la que las democracias atraviesan; una crisis que no es menor pero tampoco nueva si consideramos que desde los años ochenta se habla de ella y que las diferentes formas de medición que existen demuestran que la ciudadanía tiene muy poca confianza en los partidos políticos y ello se ve reflejado también en los niveles de abstencionismo que hay en cada elección.

 

Es con ese porcentaje de participación ciudadana que votó con el que se gana bajo el principio de mayoría y con el que se debe dar cabida al reflejo de esos votos convertidos en escaños, no hay más y claro que existe la interpretación que debe dársele a lo que la ley expresa, por ello tal y como sucedió en el caso de la entidad mexiquense, la autoridad administrativa federal correrá la fórmula y en su caso será la autoridad jurisdiccional quien confirme o modifique la forma en la que se proyectó la misma.

 

Lo álgido del debate no es nuevo, de hecho, no es privativo de México, muchos países a lo largo de su historia han tenido que debatir y buscar la mejor alternativa para poder materializar y ver reflejados los votos de todos los votantes en los escaños de representación popular a través del principio de representación proporcional.

 

Desde la mitad del siglo XX la relación causal entre sistemas electorales y sistemas de partidos ha sido parte de los estudios y análisis que se hacen sobre el funcionamiento de los sistemas electorales.


En Europa con un sistema parlamentario y la puesta en marcha del sufragio universal, el principio de representación proporcional se dio, por ejemplo, con cálculos de poder de la vieja clase política que no quería ver más diezmado su poder en el parlamento.

 

Alemania es otro claro ejemplo de cómo se han gestado controversias y reformas, su sistema es muy parecido al nuestro, también es mixto y el Tribunal Constitucional Federal Alemán ha tenido que resolver sobre los escaños excedentes en el sistema de representación proporcional personalizado

 

La representación proporcional también es una cuestión de poder, ligada a la historia y contexto social, político y cultural del Estado-nación.

 

En México persiste el presidencialismo con un sistema mixto para la integración del Congreso, con una larga historia de cómo se han gestado y determinado esos espacios, recordemos que la legalidad, otro principio también del sistema electoral, implica atender la literalidad de la ley.

Son los 2 principios que gobiernan las elecciones. El principio mayoritario es una institución política de competencia, su mismo nombre indica que se trata de decisiones que son tomadas por la voluntad de la mayoría, es la ciudadanía con derecho a votar la que con la emisión de su sufragio elige y decide quién gobernará su municipio, su entidad federativa, quien gana en su distrito local/federal y quien la presidencia de la república.

 

El principio mayoritario tiene una larga historia, asociado a la democracia principalmente que a partir de la implementación del sufragio universal generó una relación con diferentes modelos de democracia como la representativa, la directa, la radical, la jacobina o la deliberativa (Vale la pena tener presente que en algunos momentos de la historia antigua no todos tenían el derecho de sufragar).

 

En América Latina está muy ligado al presidencialismo y cómo no estarlo si el máximo cargo que es la presidencia de la república se vota de manera unipersonal en la mayoría de los países y no deriva de una decisión del parlamento como en el principio de proporcionalidad.

 

“El presidente es el órgano constitucional más fuerte y quien domina a menudo la práctica política”(Dieter Nohlen, profesor titular emérito en la Universidad de Heidelberg, Alemania); sin embargo, hay que poner especial cuidado pues se considera que puede existir un serio riesgo de usar esta mayoría y tener dictaduras plebiscitarias encubiertas a través de mecanismos de participación ciudadana.

 

El principio de proporcionalidad está ligado a las democracias consociativas, su fin es que todos los partidos estén representados en el órgano a ser elegido en una relación lo más aproximada posible al número de votos recibidos.

 

Aunado a ello debe entenderse como una regla de decisión en la que se dan diferentes acuerdos entre los actores políticos y la conformación de las coaliciones que han sido conformadas.

 

La elección de uno u otro principio está ligado a la cultura política de las sociedades, a su contexto social e institucional. En México tenemos un sistema mixto, la presidencia de la república se elige bajo el principio mayoritario, pero en la conformación del Congreso de la Unión y las legislaturas estatales aplican ambos.

 

La asignación de los escaños donde se aplica el principio de representación proporcional siempre han tenido su grado de complejidad y tensión política, más ahora en donde también se debe analizar la paridad y la inclusión de los grupos históricamente discriminados.

 

No debemos olvidar que se trata de cuestiones de poder, en donde hay intereses y cálculos políticos y todos los partidos buscan beneficiarse del sistema electoral.

 

Hay una regla y es que los grandes partidos políticos preferirán una representación menos proporcional a diferencia de los pequeños que sí están por la mayor proporcionalidad.

 

Lo cierto es que ninguno de estos 2 principios son políticamente neutrales y éste será un momento oportuno para también revisar, analizar y en su caso determinar si la fórmula y principio de proporcionalidad debe seguir vigente o tener algunos cambios.

 

Así es, las mujeres que contendieron en el proceso electoral 2024 en el Estado de México siguen teniendo menos menciones en medios de comunicación registradas que los hombres.

 

A pesar de que los informes presentados en la pasada sesión de Consejo General del IEEM refieren que existe una distribución paritaria de los promocionales de radio y televisión en razón de género para la etapa de campaña, vale la pena mencionar:

 

Que existe un informe acumulado que va del 20 de enero al 2 de junio 1 el cual en esta ocasión no se presentó ante el seno del Consejo General como en ocasiones pasadas pero que en sus conclusiones expresa que fueron 91,556 piezas de monitoreo analizadas de las cuales en radio y televisión se registraron 2,105 menciones para mujeres que se traducen en poco más de 99 horas y 2,700 menciones para hombres que equivale a casi 146 horas.

 

El acumulado expresa que en internet 9,328 menciones fueron para mujeres, mientras que 12,267 menciones fueron para hombres y 21,416 no incluyeron especificación de género, mientras que en medios impresos las mujeres contaron con 6,911 menciones y los hombres 9,653.

 

Conclusión: sigue existiendo un número mayor de menciones de actores políticos hombres que de mujeres, a pesar de los múltiples esfuerzos que se han realizado por la autoridad electoral nacional (INE) que en este proceso electoral aprobó aumentar de 40 a 50% el financiamiento y los tiempos del Estado en radio y televisión previstos en los lineamientos para que los partidos políticos prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género. 2 Lo anterior es producto de la evolución y exigencia de cumplir con la igualdad sustantiva pues el modelo de comunicación política que se implementó en 2007- 2008 no contemplaba esos temas pues en ese momento la prioridad era determinar que el IFE ahora INE, fuera la autoridad única para la administración de los tiempos que corresponden al Estado en radio y televisión en materia electoral, establecer tiempos a los partidos y prohibirles contratar o adquirir por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión.

 

Fue con la reforma en VPMRG 3 el 13 de abril de 2020 que se obligó a modificar diversas disposiciones entre ellas el RRTME 4 para que los partidos políticos garantizaran la no discriminación por razón de género en la programación y distribución de dichos tiempos y que las candidatas contiendan en igualdad de oportunidades.

 

Para ello se crearon procedimientos y una metodología para evaluar el cumplimiento de los partidos políticos del acceso igualitario de la pauta.

 

Los informes finales que se presentaron en el caso del Edomex, vale la pena que se analicen a fondo pues a pesar de expresar que cumplen, los mismos no consideran el universo total de materiales sino solo una parte, además se observa que los partidos políticos optaron por realizar mayoritariamente material promoviendo al partido que a las propias mujeres, al menos eso se ve en el caso de los materiales que se pautaron para el cargo de diputaciones de los cuales 72.81% fue material que promovió al partido y solo 20.51% a las mujeres.

Desde el pasado 27 de junio fecha en la que arrancaron los Diálogos Nacionales para la Reforma del Poder Judicial, se han escuchado diferentes voces a favor y otras en contra sobre esta reforma, tan necesaria ante el gran déficit de justica pronta y expedita que nuestra Carta Magna refiere, debe darse a la ciudadanía.

 

Quienes muestran la mayor oposición y resistencia son quienes forman parte del Poder Judicial Federal en los mandos de mayor jerarquía. Ejemplo de ello, los propios ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (al menos la postura clara de 5 de ellos) a quienes se les ha desnudado en la serie de prerrogativas que tienen durante el cargo y después de concluir el mismo, algo que la mayoría de la clase trabajadora de México no tiene.

 

Es por ello que perder el status quo cuando éste tiene esas grandes ventajas y privilegios a muchos les pesa y les genera molestia y negación. Esto no solo sucede a nivel federal.

 

Los Diálogos programados en el mes de julio se han llevado a cabo en diferentes entidades del país como son: Jalisco, Toluca, Chiapas, y Veracruz, próximamente serán en Puebla, Saltillo y Sinaloa, así como en la Cámara de Diputados.

 

En estos foros se han escuchado voces que se niegan a aceptar la reforma y como lo han dejado ver diferentes medios en sus cabezas informativas, se defienden los privilegios, ello ocurrió en el Estado de México el pasado 2 de julio en donde el actual Presidente del Poder Judicial Mexiquense, Ricardo Sodi Cuellar hizo pronunciamientos contra la austeridad, refiriendo que era importante la suficiencia presupuestal pero también, el déficit de jueces que hay por cada cien mil habitantes, es cierto pero que además sería importante cuestionarle porqué hasta este momento en el que se aborda la reforma al Poder Judicial lo menciona y cuáles han sido sus proyectos de propuesta para aumentar el número de plazas para atender este rubro desde su arribo a la presidencia del Poder Judicial en 2020.

 

En términos de presupuesto, el Poder Judicial del Estado de México como lo refiere el mismo Presidente Sodi Cuellar, nunca ha tenido retrasos ni falta de recursos como en otras entidades del país. Todo lo contrario.

 

Se integra por los capítulos de las partidas presupuestales: 1000, 2000, 3000, 4000, 5000 y 6000. El capítulo 1000 es el de servicios personales que agrupa las remuneraciones, sueldos, salarios, dietas entre otros.

 

El capítulo 1000 es al que más recursos se le asigna, por ejemplo, en el presupuesto de 2020 ese rubro constituyó el 79.36% del total que fue de 3,936,184,710 pesos. En 2023 fue el 73.64% de los 5,558,215,504 pesos y en 2024 el 74.60% de un presupuesto de 5,768,215,504.00 pesos.

 

Datos adicionales: El Estado de México en justicia civil, se encuentra en la posición 21 de 32 y en justicia penal, en el número 31 de 32.

 
Martes, 09 Julio 2024 09:00

La relevancia de la seguridad humana

Después de la segunda guerra mundial y la caída del muro de Berlín la contraposición entre democracia y totalitarismo permitió ir afianzando la legitimación del modelo liberal democrático por encima de cualquier tipo de régimen totalitario llámese nazismo, fascismo, franquismo, o cualquiera de ese corte.

 

Se fue extendiendo la idea de construir democracias en todo el mundo por ser éstas las que tutelan de mejor forma los derechos humanos y la dignidad de las personas.

 

Dando seguimiento a su fortalecimiento y sin caer en los extremos que pueden dañar y menoscabar los derechos de las personas, las democracias se fueron afianzando en la Europa Occidental, Estados Unidos y muy paulatinamente en América Latina.

 

El mundo después del 11 de septiembre de 2001 refrendó esa postura, muchos países lo siguen haciendo con sus posicionamientos ante lo que ocurre en Ucrania o lo sucedido en Francia el pasado domingo, en donde el Nuevo Frente Popular frena a la extrema derecha francesa o el Partido Laborista en Inglaterra que obtiene una holgada mayoría respecto del Partido Conservador.

 

Las democracias protegen derechos, derechos de todas las personas, derechos humanos que son inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y progresivos y por ello también la existencia de la seguridad humana como concepto y como forma de tutelar esos derechos.

 

Para nadie es ajeno que para muchas personas el lugar en el que viven es inseguro por los desastres naturales, el cambio climático o los relacionados con los desplazamientos forzados por el crimen organizado, las violaciones a sus derechos, la falta de empleo, de alimento, la pobreza y la pobreza extrema.

 

Ante esas circunstancias la ONU a través de la resolución 6/290, desde 2012 convino que la seguridad humana engloba: el derecho de las personas a vivir con dignidad y en libertad. Libres del temor y de la miseria, con la posibilidad de desarrollar plenamente su potencial humano. La seguridad humana está interrelacionada con la paz, los derechos civiles, políticos, económicos y culturales.

 

Existen diversos mecanismos para hacerlo, la ciencia y la academia son fundamentales para identificar las problemáticas sociales, políticas y económicas, en nuestro país existen los PRONACES (Programas Nacionales Estratégicos) de CONAHCYT que forman parte de esos andamiajes y que refieren tener como objetivo una estrecha colaboración con las comunidades para identificar y atender con eficiencia y eficacia los retos a los que se enfrenta la sociedad mexicana, ponderando que en el nuevo orden de cosas primero son los pobres.

 

Será importante dar seguimiento a la forma en la que el CONAHCYT lleve a cabo estos proyectos ya elevada a Secretaría como lo anunció la virtual presidenta Claudia Sheinbaum y su vinculación con todas las Secretarías en aras de identificar las dificultades intersectoriales que afectan a la supervivencia, los medios de subsistencia y la dignidad de un número importante de mexicanos y mexicanas.

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