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A partir de la reforma al marco normativo electoral de 2014, la conformación de un partido político local es distinta a la que previamente se llevaba a cabo, toda vez que el Congreso de la Unión emitió la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) que obligó a los Congresos Locales a ceñir sus leyes internas a las disposiciones ahí dictadas. Recordemos que el objetivo de dicha reforma fue mejorar el sistema de partidos políticos a nivel nacional, ya que estos tienen un papel preponderante en la vida democrática de nuestro país.

 

Cabe destacar que hace cuatro años el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) tramitó el registro del partido político denominado actualmente Vía Radical, antes Virtud Ciudadana. En el transcurso del procedimiento la autoridad electoral se enfrentó a una aplicación ultractiva de normas, es decir, este se siguió de acuerdo a una ley abrogada porque la notificación que presentó la agrupación fue el 5 de marzo de 2014, por lo cual subsistió el régimen legal previo a la entrada en vigor de la LGPP.

 

Actualmente, en el mes de enero de 2018, el IEEM recibió las solicitudes de intención por parte de cuatro agrupaciones de ciudadanos, con el fin de constituirse en partidos políticos locales, por supuesto, a revisarse con base en las disposiciones normativas vigentes. A continuación, se resumen los cambios sustanciales para conformar un nuevo partido político local, en comparación con la última agrupación que obtuvo su registro como partido político.

Anteriormente, se exigía llevar a cabo actividades políticas independientes de manera permanente por lo menos un año antes a la jornada electoral del proceso electoral en el que deseaba participar por primera ocasión y notificar su intención a la autoridad por lo menos seis meses antes de que iniciara dicho proceso electoral. Asimismo, celebrar una asamblea en cada uno de los municipios en un máximo de 120 días, en las que tenía que demostrar que en cada municipio la agrupación contaba con 200 afiliados.

 

En cambio, las nuevas agrupaciones que en esta anualidad exhibieron su intención   para constituirse en partidos políticos locales debieron informar tal propósito al IEEM en el mes de enero del año siguiente al de la elección de Gobernador, sin la exigencia de acreditar las actividades políticas independientes. Esto implica mayor certeza en la constitución de los partidos políticos locales, toda vez que, si la autoridad electoral declara procedente la solicitud de conformar un partido político, la agrupación podrá iniciar sus asambleas bajo la supervisión del órgano electoral en todo momento.

 

De igual manera, con la legislación vigente estas agrupaciones deben celebrar asambleas en por lo menos dos terceras partes de los distritos electorales locales, o bien, de los municipios de la entidad, pero sin un plazo definido para ello.

 

Asimismo, tienen que comprobar que en cada distrito o municipio su número de afiliados es de al menos el 0.26% del padrón electoral de cada uno de ellos. En tal sentido, las nuevas reglas imponen un número mayor de afiliados y, por lo tanto, limita la posibilidad de que cualquier agrupación pueda registrar un partido político.

 

Además de lo antes mencionado, un nuevo requisito es verificar que no exista doble afiliación con respecto de los partidos ya registrados o en formación, esto es, que un ciudadano aparezca en más de un padrón de afiliados de partidos políticos, el IEEM da vista a los partidos políticos involucrados para que manifiesten lo que a su derecho convenga; de subsistir la doble afiliación, se requiere al ciudadano para que se manifieste al respecto y, en caso de que no lo haga, subsiste la más reciente.

 

 

 

 

Durante muchas décadas las y los integrantes de los pueblos y comunidades indígenas han sido discriminados y excluidos de la toma de decisiones del ámbito público, ello ha provocado que se enfrenten a situaciones de desigualdad en el acceso a servicios básicos como son: la educación, cultura, seguridad social, alimentación, vivienda digna, entre otros, además, se ha evidenciado su escasa presencia en los cargos de elección popular.

 

Al respecto, en los sistemas democráticos incluyentes, como es el caso de México, tal situación no se puede tolerar, al contrario, es de suma importancia que estos grupos de población participen de manera efectiva en la vida política y democrática del país y, particularmente, en la entidad mexiquense.

 

En este sentido, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) ha diseñado una estrategia institucional con el propósito de lograr que los integrantes de los pueblos originarios accedan a la información y rendición de cuentas de las autoridades comiciales, así como a la protección de datos personales que están en posesión de estos sujetos obligados para poder ejercer los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación u oposición), en caso de ser necesario.

 

Derivado de lo anterior, el 10 de junio del presente año, el IEEM y la Universidad Intercultural del Estado de México celebraron un convenio general de colaboración en favor de las personas integrantes de los pueblos y comunidades indígenas, instrumento que tiene por objeto impulsar acciones y actividades que contribuyan a la divulgación del conocimiento y desarrollo de una cultura política-democrática, de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales en materia electoral y educación cívica.

 

En este contexto, el 28 de noviembre del año en curso, el Comité de Transparencia del IEEM aprobó las “Guías para la presentación de las solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición de los Datos Personales ante el IEEM”, así como los formatos de solicitudes de Acceso a la Información Pública y de Derechos ARCO, los cuales fueron traducidos por la Universidad Intercultural, en un primer momento, a las lenguas maternas mazahua y otomí, posteriormente, esta lo hará a las lenguas: náhuatl, matlatzinca y tlahuica.

 

La función de las Guías es orientar a las y los ciudadanos que hablan la lengua mazahua u otomí en la tramitación de las solicitudes de información que presenten ante la autoridad electoral y la protección de sus datos personales. Es decir, con esta acción que ha implementado el IEEM se garantiza que la población pluricultural residente en la entidad mexiquense ejerza plenamente sus derechos en materia de transparencia y ARCO.

 

Es importante reiterar que la cultura política-democrática, la transparencia y la rendición de cuentas contribuyen a consolidar la ciudadanización de las personas integrantes de los pueblos originarios, con el objeto de que estén mejor informadas sobre la gestión gubernamental y, así, puedan evaluar las políticas públicas implementadas y el desempeño de los servidores públicos.

 

Finalmente, debe señalarse que el IEEM emprenderá una amplía campaña de difusión de las Guías, a fin de que la población indígena las conozca, pues ello, les facilitará el acceso a la información pública, lo cual contribuirá a fortalecer la confianza de la ciudadanía en las autoridades electorales.

 

 

 

Martes, 19 Noviembre 2019 12:53

La democracia subnacional en América Latina

En la democracia representativa las elecciones son un elemento de suma importancia, ya que mediante este mecanismo de participación ciudadana, esta ejerce su derecho a votar y ser votado para desempeñar un cargo en los Poderes Ejecutivo o Legislativo (tanto a nivel federal como local). También, los comicios tienen como finalidad ser el medio de legitimación de quienes ocuparán un cargo de elección popular.

 

Derivado de lo anterior, los gobiernos democráticos han creado instituciones autónomas e independientes a nivel federal y local, las cuales tienen como atribuciones: organizar, desarrollar y vigilar los procesos electorales, además, su objetivo es brindar certeza en los resultados, así como propiciar que las y los candidatos participen en igualdad de condiciones en la contienda.

 

Ahora bien, los organismos electorales, tanto en México como en América Latina, han implementado acciones y mecanismos que han contribuido a la consolidación de la democracia. Por tal motivo, el Instituto Electoral de la Ciudad de México y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) organizaron el seminario intitulado “Experiencias de Gestión Electoral Subnacional en América Latina”.

 

Este evento tuvo como propósito que especialistas en materia electoral nacionales e internacionales, comentaran los procedimientos para la designación de los integrantes de los cuerpos colegiados de máxima dirección de los organismos electorales de América Latina, así como los casos más emblemáticos de la gestión administrativa comicial.

 

En este contexto, las y los ponentes señalaron que en México y en la mayoría de los países de América del Sur, las instituciones electorales subnacionales, las cuales pertenecen al ámbito local o municipal y están más consolidadas que las de América Central, esto se debe a que la extensión territorial de las naciones centroamericanas es mucho menor a la sudamericana y, por ende, la organización de los comicios se lleva a cabo desde la capital de los estados centroamericanos.

 

Por otro lado, se comentó que existen varios modelos para designar o nombrar a los integrantes de los organismos electorales subnacionales, estos son:

 

  • Externo, lo puede hacer alguna autoridad nacional que no es propia de la materia electoral.
  • Administrativo, lo realiza la autoridad administrativa comicial nacional, por ejemplo, en Colombia el organismo electoral nacional nombra a 2 servidores para atender los comicios en las provincias. La diferencia con el caso mexicano es que, el Instituto Nacional Electoral (INE) designa como consejeros a ciudadanos que no pertenecen al servicio electoral nacional.
  • Político, los entes partidarios influyen en la nominación de las autoridades comiciales, por ejemplo, en Honduras participan todos los partidos políticos, pero en el Salvador únicamente aquellos que tuvieron la votación más alta.

 

En este sentido, los tipos de designación externo y administrativo son los que más favorecen la autonomía, independencia e imparcialidad de los organismos electorales subnacionales, mientras que el nombramiento realizado por los partidos políticos fomenta la desconfianza ciudadana porque no hay imparcialidad.

 

Por otra parte, en el foro se abordó el tema de la tacha en Perú, la cual es un recurso que tiene la ciudadanía peruana para anular las candidaturas de las personas que no satisfacen los requisitos de elegibilidad, tanto a nivel distrital como provincial. La tacha se interpone ante el Jurado Electoral Especial, pero debe cubrirse un costo de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que equivale a 4,200 soles (aproximadamente 24, 000 pesos mexicanos).

 

Ahora bien, en caso de ser procedente el recurso se devuelve dicha cantidad a quien haya formulado la tacha. Esta situación evidencia que la ciudadanía peruana no cuenta con un medio efectivo a través del cual pueda impugnar la elegibilidad de los candidatos, ya que para acceder a tal recurso es necesario pagar una cantidad muy alta y, en muchas ocasiones, no está dentro de las posibilidades económicas de los peruanos.

 

Finalmente, las y los ponentes destacaron que en el caso mexicano los organismos electorales locales han emprendido acciones que, en su momento, fueron innovadoras como: la credencial de elección con fotografía que propuso Baja California, la urna electrónica utilizada en Coahuila o la casilla única que se instaló en los comicios de Colima, estos mecanismos locales han sido un referente para emplearlos a nivel nacional.

 

 

 

El sistema electoral mexicano se ha construido a través de diversos cambios constitucionales y legales, ello con la finalidad de generar nuevos mecanismos que mejoren la organización, desarrollo y vigilancia de los comicios. Por este motivo, el Instituto Electoral del Estado de México celebró la mesa de análisis “Avances y retrocesos de la democracia en México”.

 

En dicho foro los ponentes hicieron referencia a las distintas reformas que han sentado las bases del sistema democrático; por ejemplo, en el año de 1963, el legislador introdujo la figura de los diputados de partido, lo cual permitió que los entes partidarios minoritarios tuvieran voz y voto en el Congreso de la Unión.

 

A pesar de la modificación referida, el sistema de partidos políticos continuaba siendo débil, porque el partido hegemónico acaparaba los espacios públicos, por lo que no existía una competencia auténtica en la conquista de los cargos de elección popular. Ante este escenario, en el año de 1977 se reformó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para otorgar a los partidos políticos la calidad de instituciones de interés público, asimismo, se estipuló que la ciudadanía elegiría 300 diputados de mayoría relativa y 100 legisladores de representación proporcional. Estos cambios abrieron la puerta al pluralismo político, lo cual contribuyó al fortalecimiento del sistema de partidos, pues los entes políticos minoritarios tuvieron oportunidades reales de acceder a cargos en los Poderes Ejecutivo y Legislativo en el ámbito federal y local.

 

Otro aspecto relevante que sirvió para robustecer el sistema democrático mexicano fue: la creación del Instituto Federal Electoral (IFE) en el año de 1990, a esta autoridad se le dio la facultad de organizar, desarrollar y vigilar los comicios, sin embargo, en su integración aún se encontraba el Secretario de Gobernación, lo cual restaba autonomía al Instituto, aunado a que la ciudadanía desconfiaba de los resultados de las elecciones.

 

Después de seis años de la creación del IFE, los legisladores emitieron una reforma política-electoral para excluir al representante del gobierno federal de la composición del Consejo General. Esta transformación propició que el poder ejecutivo dejara de tener injerencia en los comicios y, en consecuencia, la autoridad electoral administrativa tuvo autonomía e independencia plena en la toma de sus decisiones, lo cual generó mayor confianza en este órgano electoral.

 

Posteriormente, el 10 de febrero de 2014, se decretó la reforma política-electoral, a través de la cual el IFE fue sustituido por el Instituto Nacional Electoral (INE); con esta transición se homologaron los procedimientos utilizados en la planificación y celebración de los comicios; se facultó al INE para nombrar a las consejeras y los consejeros de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE); asimismo, se le dotó de una serie de atribuciones especiales para poder asumir funciones propias de los institutos electorales locales.

También, es relevante mencionar que, mediante la reforma aludida, se instituyó la paridad de género en la Constitución Federal, es decir, los partidos políticos están obligados a postular candidatos en iguales proporciones (50% mujeres y 50% hombres). Esta medida tiene como finalidad impulsar la participación del género femenino en los cargos de elección popular, pero se ha evidenciado una debilidad en el sistema democrático mexicano, ya que se ha usado la violencia política para inhibir la intervención de las mujeres en los procesos electorales.

 

Por otra parte, en cuanto al modelo de comunicación política, se puede señalar que han existido cambios importantes, ya que ahora los partidos políticos no pueden contratar tiempo en radio y televisión, pues la asignación de estas prerrogativas le corresponde exclusivamente al INE. Sin embargo, actualmente las redes sociales (Twitter, Facebook e Instagram) son uno de los principales canales de comunicación para difundir las propuestas de campaña de los candidatos; más aún, no existe una regulación clara en el marco jurídico mexicano respecto de la propaganda política en redes sociales.

 

En conclusión, se observa que entre las fortalezas del sistema democrático mexicano están la transición de un partido hegemónico al pluripartidismo político; así como la creación de autoridades electorales autónomas, independientes e imparciales en sus decisiones. Mientras como debilidades se advierten la falta de acciones concretas para erradicar la violencia de género, así como un marco jurídico que regule el uso de las redes sociales en los comicios.

La democracia es un régimen de gobierno que se basa en el respeto a los derechos fundamentales de la ciudadanía, a fin de que esta pueda ejercer su derecho a elegir de manera auténtica, libre y directa a las personas que serán sus representantes ante los poderes Ejecutivo y Legislativo (a nivel federal y local).

 

A su vez, los derechos humanos están reconocidos constitucionalmente y protegen las libertades inherentes a las personas. Entonces, la democracia y los derechos humanos se encuentran estrechamente vinculados, pues ambos tienen como propósito que los gobernados ejerzan plenamente sus facultades.

 

Es preciso referir que, el artículo primero, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, dispone que: “todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. […]”.

 

En este contexto, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), al ser la autoridad comicial de la entidad mexiquense, conforme a lo que establece el artículo primero constitucional, está obligada a salvaguardar y respetar los derechos fundamentales de la ciudadanía; por tal motivo, ha convenido con la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM) impartir, de forma conjunta, el “Diplomado Democracia y Derechos Humanos”, el cual comenzó con el acceso de los alumnos a la plataforma el 17 de septiembre del año en curso y concluirá en el mes de febrero del año 2020.

 

La finalidad de este diplomado es fortalecer la relación entre las dos instituciones y, con ello, contribuir a la consolidación del sistema democrático; toda vez que, está dirigido a los servidores públicos de los dos organismos, a los representantes de los partidos políticos y a los profesionistas interesados en estas materias; además, el objetivo del diplomado es capacitar, profesionalizar y proveer a los participantes de conocimientos teóricos y prácticos que les permita comprender los conceptos fundamentales de los sistemas democrático y de partidos políticos, así como de los derechos humanos.

 

Es importante señalar que el diplomado tendrá una duración de 120 horas, de las cuales 48 son teóricas y 72 de estudio independiente; para ello, el curso se ha dividido en seis módulos, los cuales son: I) Derechos humanos en el siglo XXI; II) Democracia y sistema electoral; III) Políticas públicas para los derechos humanos; IV) Construcción de ciudadanía; V) El derecho a un buen gobierno y VI) Participación política y el uso de las nuevas tecnologías.

 

Ahora bien, con los temas que se han seleccionado para analizarse en el diplomado, los estudiantes conocerán los antecedentes y posturas teóricas sobre los derechos humanos, asimismo, examinarán los elementos que integran el régimen democrático y el sistema de partidos políticos, aunado a que estudiarán las principales problemáticas de ambos sistemas.

 

Los alumnos discutirán sobre las políticas públicas que se han implementado para garantizar y potencializar los derechos fundamentales; de igual modo, tratarán el concepto de ciudadanía, sus características y su rol en el fortalecimiento del sistema democrático, pues es de suma importancia que la ciudadanía participe en los procesos electorales y también fuera de estos, es decir, para tener un buen gobierno se requiere que las y los ciudadanos colaboren en la creación e implementación de las políticas públicas.

 

Antes de concluir, cabe precisar que los cambios tecnológicos han influido en la vida cotidiana de la sociedad mexiquense, por lo tanto, el régimen democrático y el sistema de partidos igualmente se han transformado, por lo que es indispensable que los servidores públicos, tanto de la CODHEM como del IEEM, conozcan lo referente a las redes sociales, la extensión de estas, sus limitaciones y su impacto en la participación de la ciudadanía en la esfera pública.

 

Finalmente, debe señalarse que, al concluir el diplomado, los participantes habrán reafirmado sus conocimientos sobre el sistema democrático mexicano y su relación con los derechos fundamentales, lo cual les permitirá diseñar estrategias para potencializar los derechos humanos y políticos de la ciudadanía mexiquense.  

 

 

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