Comunicación
Social

Domingo, 18 Junio 2023 08:38

El Proceso Electoral 2023

La organización de elecciones libres, auténticas, periódicas y transparentes representa un desafío que exige compromiso y trabajo profesional para el desarrollo de las etapas de preparación de la elección, jornada electoral, cómputos y declaración de validez.

El IEEM, como organismo autónomo encargado de la organización de las elecciones en el Estado de México, a través de los años ha dado muestra del profesionalismo en ese quehacer y la elección a la Gubernatura 2023 no fue la excepción.

La organización de este proceso se destacó por tres cuestiones sustanciales:

  1. La generación de mecanismos para garantizar el derecho de voto de personas en prisión preventiva, con discapacidad y residentes en el extranjero,
  2. El uso de urnas electrónicas y
  3. La magnitud y complejidad relacionada con la lista nominal de electores y en el número de casillas a instalar.

Esta labor implicó poner en marcha a la maquinaria institucional desde septiembre de 2022, con la emisión de la convocatoria para la integración de las 45 juntas y consejos distritales, procedimiento que concluyó exitosamente la primera semana de enero de 2023 con la designación e integración de dichos órganos.

En el 2022 también se dio inicio a las actividades para la participación de candidaturas independientes, emitiendo la convocatoria el 12 de octubre de esa anualidad. Cabe indicar que, durante el desarrollo de este procedimiento ninguno de los participantes obtuvo el porcentaje de apoyo ciudadano necesario para poder contender en la elección, por lo que la elección de la Gubernatura se llevó a cabo sin candidaturas independientes.

Adicional a lo anterior, entre las muchas actividades que ejecutó el IEEM en la organización de la elección, debe destacarse que la impresión de la documentación electoral con todas sus medidas de seguridad, fue realizada con la oportunidad necesaria para hacer factible el ejercicio del voto previo de las personas en prisión preventiva, con discapacidad y de aquellas que residen en el extranjero, así como para la emisión del voto el día de la Jornada Electoral

A efecto de propiciar el voto informado y razonado, el IEEM habilitó el sistema “Candidatas y Candidatos. Conóceles” en el que la ciudadanía pudo conocer información curricular y propuestas relativas a las candidaturas postuladas, asimismo, se implementó el sitio “Debate 2023” donde el electorado tuvo la oportunidad de participar en la selección de temas y la realización de preguntas para los debates públicos, así como dar seguimiento a éstos.

El día de la jornada electoral sobresale la instalación del 99.99% de las casillas, es decir, de un total de 20,433 casillas únicamente una no pudo instalarse y por causas ajenas al proceso electoral. Trabajo en el que hay que aplaudir la participación de la ciudadanía que intervino en la integración de las mesas directivas de casilla y de las y los supervisores y capacitadores asistentes electorales del INE que capacitaron y ayudaron a las personas de la casilla durante toda la jornada.

Asimismo, debe subrayarse el funcionamiento del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), que se abrió a partir de la 19:00 horas del día la jornada electoral, concluyendo con el 100% en 23 horas, lo que da muestra de la eficacia del programa y de las personas CAES, capturistas, verificadores que intervinieron en la carga de la información.

Posteriormente, los consejos distritales realizaron la sesión ininterrumpida de cómputo de forma eficaz, pues los 45 distritos finalizaron a las 02:50 horas del día 8 de junio. El total de casillas que fue objeto de recuento en los distintos consejos fue de 2,881.

Todo lo anterior, permite concluir que el proceso electoral para elegir a la titular del ejecutivo estatal, se desarrolló bajo estándares legales, de alta calidad y eficiencia que hicieron posible la ejecución de una jornada electoral altamente democrática, pues incluso existieron escasos medios de impugnación en contra de los resultados distritales.

 

Domingo, 21 Mayo 2023 08:12

Formas de participación política

De acuerdo con nuestra Constitución, los partidos políticos son entidades de interés público que tienen como fin promover la participación ciudadana del pueblo en la vida democrática, fomentar el principio de paridad de género, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones ciudadanas, hacer posible su acceso al ejercicio del poder público.

 

Para cumplir este objetivo, se establecen como derechos de los partidos políticos los de participar en las elecciones y postular candidaturas de forma conjunta de conformidad con su normatividad interna y la legislación electoral aplicable.

 

La Ley General de Partidos Políticos reconoce que los partidos nacionales y locales pueden formar coaliciones en las elecciones de mayoría relativa para renovar las gubernaturas, legislaturas locales y ayuntamientos; que pueden ser de tres tipos: totales, parciales o flexibles. En las primeras, los partidos coaligados postulan en un mismo proceso a la totalidad de sus candidaturas mientras que, en las coaliciones parciales y flexibles, postulan conjuntamente al menos el 50% y 25% de sus candidaturas, respectivamente.

 

Aunado a ello, en el Estado de México se reconoce la candidatura común como otra forma de participación electoral, consistente en la unión de dos o más partidos, sin mediar coalición, para postular una misma candidatura, fórmula o planilla dentro de un proceso electoral, con la limitante de que la postulación no se realice en más del 33% de los municipios o distritos, tratándose de la elección de integrantes de ayuntamientos y diputaciones.

 

Las diferencias entre una y otra modalidad de asociación política radican en tres cuestiones fundamentales:

 

Plataformas electorales. En las coaliciones los partidos integrantes postulan la candidatura bajo una sola plataforma electoral; mientras que en la candidatura común cada partido integrante conserva su plataforma electoral.

 

Aparición en las boletas electorales. En las coaliciones, cada partido político aparece en la boleta con su emblema junto al nombre de la candidatura postulada, mientras que en la candidatura común aparece un solo emblema diseñado por sus integrantes.

 

Forma de computar los votos. En las coaliciones, al aparecer en la boleta cada emblema de los partidos políticos integrantes, el voto cuenta para el candidato o candidata y para cada uno de los partidos políticos, según las marcas realizadas en la boleta. En este caso, en el cómputo distrital, se sumarán los votos que hayan sido emitidos a favor de dos o más partidos coaligados, los cuales se distribuirán igualitariamente entre éstos, y si existe un remanente se asignará al partido de más alta votación. Mientras que en la candidatura común los votos

 

cuentan para la candidatura y son distribuidos a sus integrantes de conformidad con los porcentajes señalados en el convenio suscrito entre los partidos políticos.

 

Así, en el actual Proceso Electoral de Gubernatura 2023, los partidos políticos acreditados ante el IEEM (excepto MC) suscribieron formas de participación conjunta: la Coalición “Va por el Estado de México” integrada por los partidos PRI, PAN, PRD y NAEM, y la candidatura común “Juntos Hacemos Historia en el Estado de México” conformada por los partidos Morena, PT y PVEM.

 

De este modo, las veces que las candidaturas registradas aparecerán en la boleta electoral, tiene justificación legal en las modalidades de asociación política que los partidos eligieron.

 

Atento a lo anterior, es de vital importancia que la ciudadanía mexiquense emita su voto de manera informada conociendo todas las implicaciones que tiene en cualquier modalidad de participación de los partidos políticos.

 

 

Martes, 11 Abril 2023 09:00

Voto de personas con discapacidad

Con relación al ejercicio de los derechos político-electorales de las personas con discapacidad, en México, tras la implementación del Registro de Personas con discapacidad en 2017, el INE obtuvo la información relativa a la cantidad de personas que acudieron el día de la elección a las casillas a emitir su voto. Así, se tiene registrado que para las elecciones de 2018 fueron a votar 105 mil 56 personas; para 2019, 31 mil 678; para 2020, 8 mil 555; en 2021, 308 mil 509 y, para las elecciones locales 2021-2022 se tiene registro de 24 mil 112 personas con discapacidad[1].

 

Tomando en consideración estos datos, es imperativo que desde el quehacer institucional se tenga presente la importancia de generar mecanismos que modifiquen las estructuras que limitan su desarrollo y elaborar herramientas que favorezcan y garanticen su inclusión.

 

En nuestro país desde el año 2018, las personas con discapacidad han sido incluidas de forma activa en el desarrollo de los procesos electorales, fomentando su participación como integrantes de las mesas directivas de casilla e implementando medidas accesibles para que puedan emitir su voto considerando sus necesidades concretas.

 

El 22 de abril de 2022, el Consejo General del INE aprobó el Protocolo para la adopción de medidas tendientes a garantizar el derecho al voto y a la participación ciudadana de las personas con discapacidad en los procesos electorales y mecanismos de participación ciudadana, el cuál será aplicado en el proceso electoral del Estado de México.

 

El Protocolo contiene acciones específicas para que las personas con discapacidad física, auditiva, visual y/o mental, puedan ejercer su voto sin limitaciones en todas las casillas, contemplando medidas como el uso de plantillas en sistema Braille y de sellos con la marca “X” para facilitar el voto.

 

Si una persona con discapacidad se encuentra al exterior y no puede ingresar a la casilla, se integrará una Comisión de apoyo que saldrá para llevar el sobre con la boleta correspondiente, líquido indeleble y elementos necesarios para que la persona emita su voto.

 

Tratándose de personas con discapacidad auditiva, las y los funcionarios de casilla podrán recurrir a la comunicación escrita y hacer uso de carteles u otros materiales gráficos de apoyo para explicar el proceso de votación.

 

Todas las personas en esta situación podrán ser asistidas por persona de su confianza o por personal de la casilla, siempre que así sea requerido para la emisión del voto.

 

Estas acciones promueven el reconocimiento y goce de los derechos políticos de las personas con discapacidad, pues la posibilidad de ejercer su voto sin limitaciones propicia la erradicación de las barreras físicas y sociales que les impiden desarrollarse plenamente y participar en los asuntos públicos del país en condiciones de igualdad.

 

[1]Información extraída de la página electrónico https://centralelectoral.ine.mx/2023/03/31/aprueba-ine-medidas-de-accesibilidad-en-casillas-para-personas-con-discapacidad/

Un tema que forma parte de la agenda del Proceso Electoral 2023 para renovar la gubernatura en el Estado de México es el voto anticipado de personas con discapacidad. De acuerdo con datos del Censo de Población y Vivienda de 2020, en esta entidad el 4.45% de la población tiene alguna discapacidad.

 

Sobre el tema, la CNDH a través del “Programa de Atención de los Derechos de las personas con discapacidad” (2020) ha señalado que este grupo enfrenta barreras de actitud, físicas, institucionales y de información al ejercer sus derechos, mismas que se han traducido en brechas sociales, económicas, políticas, educativas, de salud, laborales, entre otras, cuya eliminación es primordial para el disfrute de sus derechos humanos en igualdad de condiciones.

 

Atendiendo a ello, el INE en coordinación con el IEEM, realizarán una prueba piloto para el voto anticipado de personas con discapacidad, en la próxima Elección de Gubernatura 2023. Este ejercicio tendrá como objetivo garantizar el derecho al voto de las personas que, por discapacidad, se encuentren impedidas para acudir a las casillas el día de la jornada electoral.

 

Es importante tener en cuenta que sólo las personas que hayan tramitado y obtenido su credencial para votar en su domicilio en términos del artículo 141 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales podrán solicitar su inscripción en la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado, para lo cual deberán estar inscritas en la Lista Nominal de Electores del Estado de México y manifestar su intención de registrarse a través de la solicitud.

 

Una vez integrada la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado, personal del INE acudirá a los domicilios de las personas cuyas solicitudes hayan sido procedentes y les entregará un Sobre Paquete Electoral de Seguridad con la boleta para emitir su voto. La boleta marcada se remitirá a la autoridad electoral en sobre cerrado por la vía postal. El escrutinio y cómputo respectivo se realizará el día de la jornada electoral a celebrarse el 4 de junio de 2023.

 

Quienes ejerzan el voto anticipado dispondrán libremente de un espacio dentro de su domicilio para emitir su sufragio, además, en caso de presentar cierto tipo de discapacidad que les impida ejercer su voto de manera independiente, podrán ser auxiliadas por una persona de su confianza o inclusive por el personal del INE, si así lo solicitaren.

 

Por primera vez, el Estado de México contará con la expresión de la voluntad de personas que presentan alguna discapacidad y que no pueden acudir a la casilla.

La vulnerabilidad es la condición de ciertas personas o grupos por la cual se encuentran en riesgo de sufrir violaciones a sus derechos humanos; cuando dicha vulnerabilidad o estado de mayor riesgo se presenta debido a condiciones o características individuales o de aspectos esenciales de una persona, o la imposibilita para satisfacer sus necesidades básicas o defender sus derechos, estamos frente a un posible acto de discriminación contrario a la dignidad humana que, de ejecutarse, resultará en una violación a sus derechos humanos y libertades fundamentales. (Espinosa, 2013, p.25).

 

En el Estado de México tenemos presencia de grupos de personas cuyas características (personales, físicas, culturales, económicas, entre otras) con relación a las condiciones establecidas para su desarrollo, se encuentran en situaciones de vulnerabilidad que limitan o frenan sus derechos, entre ellos los vinculados a la participación política, debido a la discriminación que sufren por su condición.

 

Los datos que reflejan los estudios estadísticos del Consejo Estatal de Población, con base en el censo de Población y Vivienda del INEGI 2020, arrojan la presencia de los siguientes grupos en situación de vulnerabilidad en la entidad:

 

Grupo en situación de vulnerabilidad

Porcentaje de población que representa el grupo en situación de vulnerabilidad

Indígenas:

2.45%

Personas con discapacidad:

4.45%

Afromexiquenses

1.68%

Diversidad sexual:

3.7% población de 15 años y más.

2.88 población total.

 

Derivado de esta información estadística, se estima que existe necesidad de revertir las condiciones de desigualdad en el ejercicio de los derechos político-electorales de los grupos citados. Para hacer posible este objetivo, es necesaria la implementación de acciones temporales mediante las cuales se establezcan condiciones que garanticen una igualdad sustantiva en la representación política del Estado, compensando las situaciones de desventaja en el ejercicio de los derechos político-electorales.

 

La adaptación de estas medidas tiene un fin constitucional legítimo en virtud de que satisface se ajusta al bloque en materia de derechos humanos; además son necesarias debido al imperativo de brindar mecanismos que faciliten el acceso al poder público de las personas en situación de vulnerabilidad para que con ello se refleje su porcentaje de población, con el porcentaje de representatividad.

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