Tus derechos político-electorales, más allá del derecho a votar
Escrito por Paula Melgarejo SalgadoA los derechos políticos generalmente se les excluye de la clasificación tradicional de los derechos fundamentales; sin embargo, éstos son parte esencial en la vida de todo ciudadano y ciudadana mexicana que desee intervenir en actividades que se encuentren relacionadas con el Estado, en el ejercicio de la función política.
Así, podemos entender que los derechos político-electorales permiten el ejercicio de la participación política, para decidir el sistema de gobierno, elegir representantes populares, ser elegidos y ejercer cargos de representación; también permiten definir y elaborar normas y políticas públicas y controlar el ejercicio en la función pública de los representantes. Son tan importantes estos derechos que están vinculados con funciones públicas como la organización de las elecciones, la validez de los resultados electorales y el control legal y constitucional.
De acuerdo con nuestra constitución federal, los derechos político-electorales directos son: votar en las elecciones populares, ser votado para todos los cargos de elección popular, de asociación libre y pacífica para formar parte de todos los asuntos políticos, de afiliación libre e individual a algún partido político, integrar autoridades electorales, ser nombrado para cualquier empleo o comisión y votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.
Votar en las elecciones populares es la facultad que tiene la ciudadanía de manifestar su voluntad a favor de las candidaturas a ocupar cargos de elección popular, a través del sufragio activo: universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible. Para ejercer este derecho, debemos contar con credencial para votar con fotografía y estar inscritos en el listado nominal de la sección electoral correspondiente a tu domicilio.
Ser votado para todos los cargos de elección popular es la aptitud de una persona para ser postulada como candidata a un cargo de elección popular, cuando tenga las cualidades y requisitos exigidos por la ley (edad, nacionalidad, residencia, capacidad civil, etcétera).
Este derecho a ser votado, implica no sólo para los cargos de elección popular; sino además, en los procedimientos internos que realizan los partidos políticos para elegir sus precandidaturas y candidaturas; así como en los procesos internos de selección de dirigencias; también el derecho a ser proclamado electo conforme a la votación emitida, acceder al cargo y permanecer en él durante el tiempo estipulado; ejercer y desempeñar las funciones inherentes al cargo y a recibir una remuneración.
El derecho de asociación es la atribución ciudadana de crear entidades jurídicas con finalidad específica y actividades concretas, como las agrupaciones políticas y partidos políticos. Con ello se propicia un pluralismo político y la participación de la ciudadanía en la formación del gobierno.
El derecho de afiliación, es la facultad de una persona para adherirse a un determinado partido político, conservar o ratificar su afiliación o desafiliarse. Una vez obtenida la calidad de afiliado o militante, adquiere los derechos y obligaciones de acuerdo a los estatutos de cada entidad política; por ejemplo, participar de forma activa en asambleas, ser designados candidatos a puestos de elección popular o de dirección partidista o aportar cuotas.
El derecho para integrar autoridades electorales locales y federales consiste en la posibilidad de poder participar en las convocatorias públicas que se emitan para que se constituyan las autoridades electorales, tanto administrativas como jurisdiccionales, siempre y cuando se reúnan los requisitos y cualidades exigidas por la ley.
Asimismo, como parte de los derechos político-electorales está la posibilidad de ser nombrado o nombrada para cualquier empleo o comisión, cuando se tengan las calidades legales.
En términos generales, estos son los derechos político-electorales que expresamente dispone nuestra constitución para ser ejercidos por la ciudadanía mexicana; aunado a ellos, existen otros derechos fundamentales que se encuentran vinculados con los de carácter político-electoral, mismos que serán motivo de un análisis posterior.