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Martes, 16 Octubre 2018 19:29

65 AÑOS DE CIUDADANÍA PLENA PARA LAS MUJERES

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A inicios de este año, en la publicación del mes de febrero titulada “LAS MUJERES QUE HACEMOS HISTORIA”, que realicé en nuestro Espacio de Colaboraciones y Opiniones, recuperé a figuras importantes del movimiento sufragista en México, como Hermila Galindo, Elvia Carrillo Puerto, entre otras. De igual manera, se advertía un nuevo hito en la participación política de las mujeres en nuestra Entidad Federativa, a partir de los resultados del proceso electoral 2017-2018. Así pues, el pasado 5 de septiembre, inició funciones la LX Legislatura del Estado de México, la primera en su historia en estar integrada paritariamente (37 mujeres y 38 hombres).

 

Conviene entonces, conmemorar con quienes nos leen, el 65 aniversario del reconocimiento de nuestro derecho a votar y ser votadas. No obstante, es importante dejar plasmado aquí, el alcance de la reforma en la que se enmarca este logro histórico. Así, el 17 de octubre de 1953, las mujeres en México adquirimos la ciudadanía plena, mediante la publicación en el Diario Oficial del Poder Ejecutivo Federal, del DECRETO que reformó los artículos 34 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución Federal), a través de la cual incluyó de manera expresa a “las mujeres” como ciudadanas de la República y suprimió el precepto constitucional que restringía nuestra participación sólo a las elecciones municipales, quedando así[1]:

 

Artículo 34. - Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además los siguientes requisitos:

  1. Haber cumplido 18 años, siendo casados, o 21 si no lo son, y
  2. Tener modo honesto de vivir.

 

Lo anterior, evidencia parte de la evolución del marco jurídico mexicano para reconocer y visibilizar los derechos de las mujeres, de ahí la importancia de nombrarnos, pues al no ser reconocidas en el texto constitucional, los derechos político-electorales, no eran para nosotras. 65 años después, solamente se ha realizado una modificación al Art. 34 Constitucional, para fijar en 18 años cumplidos el requisito de edad para adquirir la ciudadanía.

 

Con nuestra ciudadanía alcanzada plenamente, al igual que los hombres, se nos reconocieron una serie de derechos político-electorales, principalmente el derecho a votar en las elecciones populares y ser votadas para todos los cargos de elección popular. Esto último, es lo que precisamente ensanchó nuestros derechos, ya que previamente solamente se nos permitía votar y ser votadas en las elecciones municipales, para lo cual se había reformado el Art. 115 de la Constitución Federal (Diario Oficial del 12 de febrero de 1947).

 

En este sentido, es importante resaltar que nos tomó 65 años de ejercicio de nuestros derechos político-electorales, alcanzar en 2018 la paridad en la representación de mujeres y hombres en la Cámara de Diputados y Diputadas, en el Senado y en nuestra Legislatura estatal. Sin embargo, hace apenas 5 años, en el marco del 60 aniversario del sufragio activo y pasivo de las mujeres, grupos de mujeres organizadas en la defensa y promoción de estos derechos lograron que el actual Presidente de la República, enviara al Congreso de la Unión una iniciativa de reforma al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (hoy derogado), para obligar a los partidos políticos a postular a mujeres en la mitad de sus candidaturas, a diputaciones federales y senadurías. Sin bien, en 2014 se creó un nuevo marco constitucional y legal en materia político-electoral, es un antecedente relevante a recuperar, pues si algo nos ha enseñado la lucha por alcanzar nuestros derechos es que los aniversarios son para celebrar y también para proponer.

 

Para ello les invito a nuestro evento de conmemoración del 65 aniversario del voto de las mujeres en México “Experiencias en la integración de legislaturas paritarias” (http://bit.ly/2OGmAzd), en el cual escucharemos de viva voz a mujeres que contribuyen desde las instituciones electorales y ahora desde el Poder Legislativo, al avance de la agenda de la paridad de género.

 

 

 

 

 

[1] Ver texto original en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_053_17oct53_ima.pdf

 

 

Histórico - Espacio de Colaboraciones y Opiniones



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