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El domingo pasado, los estados de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Tamaulipas y Quintana Roo llevaron a cabo elecciones para la renovación de distintos cargos, destacadamente, eligieron gubernaturas. De cara al inicio del proceso electoral para la renovación de la Gubernatura de nuestro estado de México el próximo año, es importante revisar el desarrollo, los retos y las particularidades de los procesos en aquellas entidades federativas.

 

En el ámbito electoral es práctica común sostener que cada proceso electivo presenta particularidades, por lo que jamás se está frente a dos procesos iguales; en este sentido, haremos referencia precisamente a ciertas peculiaridades que destacan en los estados de Aguascalientes, Tamaulipas e Hidalgo.

 

En el caso de Aguascalientes (entidad que tuvo más de una particularidad) se está frente al primer estado en el cual todas las candidaturas para la Gubernatura fueron ocupadas por mujeres. Lo anterior es de suma relevancia porque permite analizar si tal situación se debió a que las acciones afirmativas que se han implementado desde hace años, tanto a nivel local como a nivel federal, están logrando su objetivo o si existieron circunstancias específicas que no necesariamente se pueden prever en todos los estados.

 

También, en Aguascalientes se impulsó el voto anticipado para personas que por razones médicas no pudieran salir de su domicilio a votar. Aunque en este primer ejercicio sólo participaron ciento veintiocho personas, se debe tener presente que esta prueba puede abrir la puerta para que la ciudadanía ejerza su derecho al voto sin menoscabo de su salud o, no porque alguien padezca una enfermedad que le impida trasladarse, se quede sin ejercer su derecho al voto.

 

Aunado a lo anterior, Aguascalientes y Tamaulipas compartieron una particularidad: en ambas entidades se contó con urnas electrónicas para que la ciudadanía ejerciera su derecho al voto. Si bien entre las dos entidades tuvieron un total de apenas cien urnas electrónicas, no debe perderse de vista que este ejercicio se suma a otros que han tenido el objetivo de determinar si es viable o no que el sistema electoral mexicano adopte en su integridad el voto electrónico.

 

Por su parte, en el caso de Hidalgo, a través de una acción afirmativa, se realizó una prueba piloto con votación vinculante para que personas en prisión preventiva ejercieran su derecho a votar a través del voto anticipado. En total, ciento dieciséis personas participaron en esta prueba, la cual es la primera en su tipo a nivel local y la antesala para que se implemente esta práctica a nivel federal en el 2024.

 

Como se puede observar, se está frente a ejercicios que incluso pueden ser determinantes para la modificación del sistema electoral federal, por lo que deben estudiarse cuidadosamente tanto por las autoridades locales como federales para, en su caso, ser implementadas o descartadas y, de esta manera, mejorar nuestros procesos democráticos.

Martes, 03 Mayo 2022 09:00

Libertad de prensa y democracia

Desde 1994, por iniciativa de la Organización de las Naciones Unidas, cada 3 de mayo se conmemora el día mundial de la libertad de prensa. De manera suscinta, para situarnos en el mismo contexto, se puede decir que ésta es entendida como aquella libertad de buscar y difundir información a través de los diversos medios que existen.

 

La libertad de prensa va de la mano de la libertad de expresión y la libertad de información ya que, como puede ser previsible pero vale la pena explicarse, si una de ellas se ve afectada, lo harán las otras dos. De esta manera, en un contexto en el cual la ciudadanía puede investigar, informar e informarse, así como expresar sus críticas al poder y el actuar del gobierno, se tienen las herramientas para cuestionar el proceder de quienes ejercen los cargos públicos y con ello exigir trasparencia y rendición de cuentas.

 

Por el contrario, en un contexto donde quienes ejercen el periodismo reciben amenzas, censura, persigue o incluso se les encarcela o asesina, es claro que no solamente se vulnera la libertad de prensa, sino también se vulnera la libertad de expresión de esas personas y la libertad de la ciudadanía en general a estar informada.

 

De lo mencionado se puede observar que estas tres libertades son fundamentales para construir sistemas democráticos, por lo que su evaluación constante permite saber si un régimen continúa avanzando hacia la consolidación de su democracia o, desafortunadamente, retrocede hacia el autoritarismo.

 

El caso mexicano es bastante particular pues, como es sabido, desde hace décadas nos encontramos en un periodo de transición democrática, lo que genera que se oscile entre avances y retrocesos. Ahora bien, respecto a la libertad de prensa en nuestra democracia, de acuerdo con Reporteros sin fronteras, de los 180 países analizados y ordenados de mayor a menor en cuanto a asegurar aquella libertad, en 2020 y 2021 México se ha mantenido en el lugar 143 (lamentable), lo cual es importante tener presente para reflexionar qué elementos normativos se deben mejorar y qué acciones implementar en aras de fortalecer tal libertad y con ello avanzar hacia una consolidación democrática.

 

Es muy relevante tomar en cuenta que, si bien nuestra Constitución prevé el reconocimiento y la obligación del Estado mexicano de garantizar ciertos derechos, entre los que se encuentra la libertad de prensa, esto no es suficiente si no se le acompañan de acciones concretas que permitan a la ciudadanía ejercer tales derechos.

 

En esa tesitura, utilicemos este día como incentivo para recordar que la democracia no se limita a ejercer el derecho al voto ni se asegura porque nuestra Constitución reconozca los derechos de la ciudadanía, sino que es una tarea diaria que se ve cumplida en acciones como informarse acerca de lo que ocurre en nuestro país y tener una postura crítica. No olvidemos que fomentar una prensa libre es propiciar una ciudadanía informada y, por ende, una mejor calidad democrática.

En aportaciones anteriores hemos comentado que, a diferencia de lo que ocurre en otros países, en México se ha procurado, desde hace varios años, que las elecciones a los distintos cargos de elección popular se celebren en la misma fecha, lo cual tiene consecuencias de diverso tipo no sólo para la ciudadanía, sino también para las autoridades administrativas y jurisdiccionales. Es respecto a éstas últimas que hoy haremos referencia.

 

A manera de contexto se debe recordar, brevemente, cómo está estructurado el sistema jurisdiccional electoral. Al efecto, se tiene que cada entidad federativa cuenta con un tribunal electoral local y, a nivel federal, se cuenta con un Tribunal Electoral que está conformado por cinco salas regionales, una sala especializada y una Sala Superior.

 

De acuerdo con lo anterior, de manera sencilla y sin omitir que existen particularidades, se puede señalar que en materia electoral existen tres instancias: una local y dos federales. Esto, debido a que las sentencias de los tribunales locales (primera instancia) pueden impugnarse ante una sala regional (segunda instancia) y, de ser el caso, ante la Sala Superior (tercera instancia).

 

Ahora bien, de manera esencial, la consecuencia más visible que deriva de la concurrencia de elecciones en el ámbito jurisdiccional electoral es una sobrecarga de asuntos, debido a los plazos brevísimos que se tiene para resolver y el número de cargos que se eligen.

 

Para ilustrar lo mencionado, en las elecciones de 2018 a nivel federal se votó por la Presidencia y el Congreso de la Unión, mientras que a nivel local 30 de las 32 entidades federativas tuvieron elecciones para renovar su gubernatura, congreso o ayuntamientos. En total, tanto a nivel federal como local, se eligieron 18,299 cargos (Memoria gráfica, INE, 2018). En tal sentido, de noviembre de 2017 (inicio de varios procesos electorales), a octubre de 2018, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación recibió 18,475 asuntos (Informe de labores 2017-2018, Sala Superior).

 

Es cierto que actualmente no todos los asuntos llegan hasta la Sala Superior, como sí ocurría antes de 2007, cuando las salas regionales eran temporales y, precisamente por la sobrecarga de impugnaciones, éstas se volvieron permanentes. No obstante, aún se presentan ocasiones en las que aquella ha tenido que resolver más de cien asuntos en una sola sesión.

 

Así, considero que es importante analizar si es pertinente mantener la directriz de realizar jornadas electorales concurrentes (por lo cual incluso algunos estados han realizado reformas a sus periodos de gobierno), o si al celebrarlas en fechas distintas se lograría que las instancias jurisdiccionales puedan estudiar con mayor detenimiento, profundidad y reflexión los asuntos, se eviten las actuales sobrecargas de trabajo para los tribunales electorales y la ciudadanía tenga mayor certeza en los resultados de las elecciones.

  

*La primera parte, referente a las jornadas electorales, se publicó el pasado primero de febrero. A su vez, un artículo acerca de las elecciones concurrentes fue publicado el 29 de septiembre de 2020.

A propósito del día internacional de la mujer, también identificado como 8M, me gustaría compartir la siguiente reflexión acerca de las llamadas acciones afirmativas.

 

Es pertinente recordar que esta conmemoración tiene sus orígenes en las manifestaciones que desde hace más de un siglo han realizado las mujeres buscando y exigiendo igualdad. En esa tesitura, enfocándonos en el tema político-electoral, lo que hasta hace pocos años se persiguió fue el reconocimiento de los mismos derechos político-electorales tanto para hombres como para mujeres.

 

Habiendo alcanzado el reconocimiento referido, lo que actualmente se exige es eliminar las brechas y estructuras históricas que siguen impidiendo que las mujeres puedan acceder a cargos de elección popular y, sobre todo, su pleno ejercicio en condiciones de igualdad.

 

En ese sentido, con la finalidad de eliminar los obstáculos existentes y coadyuvar en la conformación de una sociedad en la cual se reconozca y materialice la igualdad de todas las personas, desde 1996, en nuestro sistema electoral se han implementado medidas especiales a las que se les conoce como “acciones afirmativas”, las cuales promueven y aceleran, precisamente, la participación y el acceso de las mujeres en cargos de elección popular.

 

Ahora bien, una de las características principales de las acciones afirmativas es que son temporales y progresivas. Es decir, su implementación debe darse sólo durante un periodo determinado, en tanto se cumple con la finalidad de alcanzar la igualdad no sólo formal o jurídica, sino también material.

 

Es en este contexto que invito a todas las personas a que reflexionemos acerca del impacto y los resultados que las acciones afirmativas han tenido en la ideología de la sociedad mexicana. Esto, porque si solamente se consideran las estadísticas de hombres y mujeres que integran, por ejemplo, los congresos y ayuntamientos, se pierde de vista que el objetivo de las acciones afirmativas no es sólo el alcanzar determinados números de acceso a cargos (lo cual las haría necesarias siempre) sino, esencialmente, la igualdad real de oportunidades para todos.

 

Por lo anterior, considero que donde debemos tener más claridad y perspectiva, es en analizar si estamos cumpliendo la finalidad con la cual se implementaron las acciones afirmativas, es decir, si estamos en camino a conformar una sociedad en cuya cultura esté sembrada la igualdad de oportunidades sin importar el género al que se pertenezca, esto es, una igualdad jurídica y material sustentada en el simple hecho de ser personas.

 

Una vez examinado lo anterior, se podrá apreciar si la manera en la que se han construido, aplicado y evaluado tales acciones afirmativas es la mejor, o si debemos darles otro sentido y alcance para lograr esa transformación cultural que necesitamos.

 

Que este día de conmemoración nos sirva como incentivo para cuestionarnos si estamos en el camino correcto.

Para este dos mil veintidós en México no se realizarán elecciones federales, sin embargo, seis estados (Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas) llevarán a cabo elecciones locales ordinarias para la renovación de distintos cargos. Además, en algunas entidades se tienen previstas elecciones extraordinarias (por ejemplo: Puebla y el estado de México). En cuanto a los demás países de América Latina, se prevé que Colombia, Costa Rica y Brasil celebren comicios federales para renovar, respectivamente y en ese orden: la Presidencia y la Asamblea Legislativa; la Cámara de Representantes y la Presidencia; el senado, la Presidencia y la Cámara de Diputados.

 

Llama la atención que, a diferencia de lo que ocurre en el caso mexicano, en los tres países mencionados se celebrarán jornadas electorales en fecha diferente para renovar los diversos cargos. En México se ha buscado que los poderes, tanto federales como estatales, se renueven en una sola jornada electoral. Así, en algunos casos se puede llegar a votar el mismo día por la presidencia federal, la gubernatura, la presidencia municipal (e integrantes de los ayuntamientos), así como los congresos federal y local.

 

En ese sentido, considero que es importante reflexionar acerca de la pertinencia de llevar a cabo las elecciones a los distintos cargos de elección popular de manera simultánea o si sería más adecuado hacerlo en jornadas electorales específicas.

 

Por un lado, valdría la pena responder cuál es el impacto que se genera en la ciudadanía cuando precisamente se llevan a cabo procesos electorales concurrentes para elegir distintos cargos. Esta cuestión resulta muy relevante en virtud del llamado “efecto arrastre”, el cual se presenta cuando la candidatura presidencial influye en gran medida y en muchos casos determina el sentido del voto de la ciudadanía respecto de los demás cargos que se eligen, sin que se analicen detenidamente todas las candidaturas que se presentan.

 

Por otro lado, también debemos revisar lo que se ha nombrado como “ingeniería electoral”. En el caso concreto, se debe estudiar y determinar cuál es el impacto que tiene para los institutos electorales y los tribunales, el que se voten en una sola jornada electoral varias candidaturas. A manera de ejemplo, debido a la enorme concentración de asuntos de diversas elecciones, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, reiteradamente ha tenido que discutir y resolver en una sola sesión más de cien asuntos. Así, se debe valorar si tener procesos electorales no concurrentes permitiría que los órganos jurisdiccionales resuelvan con plazos más amplios y emitan criterios con mayor reflexión.

 

Al tenor anterior, con el objetivo de mejorar nuestro sistema democrático, considero que debemos considerar y estudiar otras fórmulas y experiencias, sobre todo las de democracias con sistemas de gobierno similares al nuestro.

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