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La transparencia de los gobiernos y órganos autónomos es un bien jurídico que sirve a toda la sociedad, pues permite observar lo que ocurre al interior de una institución. A su vez el derecho a la información abona a la participación ciudadana, pues permite el involucramiento en asuntos públicos.

 

Por, ello es obligación de todas las autoridades no sólo cumplir con los mínimos que establece la Ley, sino incentivar que la transparencia y el derecho a la información formen parte de la vida cotidiana de los ciudadanos y ciudadanas.

 

En este contexto, hay una realidad que no podemos obviar, ni omitir, el derecho a la información y la transparencia gubernamental siguen sin normalizarse en toda la sociedad. Existe sí un interés ciudadano de cómo se ejercen los recursos públicos y trabajan las autoridades, sin embargo, sólo son ciertos sectores de la sociedad quienes de manera activa ejercen el derecho a la información.

 

Un ejemplo se advierte en el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), donde de 2018 a lo que va de 2026 se han recibido 11 mil 233 solicitudes de información pública, las cuales fueron presentadas por ciudadanos y ciudadanas interesadas en conocer distintas actividades y gastos de este órgano electoral.

 

Dicha cifra equivale a que cada año se presentaron mil 248 peticiones de información, pero si comparamos el total de solicitudes con la lista nominal de electores de la entidad, que asciende a 13 millones 377 mil 608 personas, no representan ni el cero por ciento. Incluso considerando que cada solicitud haya sido presentada por una persona, pues en ocasiones un mismo ciudadano o ciudadana es quien presenta varias peticiones.

 

Hace más de 20 años se aprobó la primera Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de México. Esta legislación ha ido evolucionando, pues de órganos autónomos que garantizaban el derecho a la información, ahora se pasó a un modelo donde las mismas autoridades serán quienes resuelvan inconformidades de la ciudadanía, cuando se les niegue información pública.

 

En esta nueva era, como en la anterior, la transparencia y el derecho a la información deben aumentar y fortalecerse, por lo cual debemos reconocer que desde el ámbito de los órganos electorales estamos doblemente obligados a promover la apertura de datos públicos.

 

No es una concesión, ni una prerrogativa que se le otorga al ciudadano o ciudadana, es un derecho humano que debe ejercer en un entorno democrático. No hacerlo implica renunciar a una forma de participación ciudadana.

 

Hoy en el IEEM contamos con un nuevo Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales que será clave para la gestión de las solicitudes, pues delimita las funciones de la Unidad y el Comité de Transparencia, además de la Contraloría General, quien resolverá las inconformidades de la ciudadanía en esta materia.

 

Sin embargo, como instituto electoral es momento para preguntarnos qué hemos hecho en los últimos años para que la ciudadanía se interese en revisar la información que publicamos en nuestro portal de Transparencia, así como en presentar solicitudes de información.

 

Y debemos reflexionar sobre cómo hemos atendido las peticiones de información, qué trámite y respuestas hemos otorgado a los y las peticionarias, así como el grado de satisfacción ciudadana, el cual no puede remitirse sólo al número de recursos de revisión o inconformidades presentadas, pues lo fundamental no es litigar la información, sino obtenerla.

 

Martes, 27 Octubre 2026 06:00

Transparencia en las contrataciones

La transparencia y rendición de cuentas son obligadas en los órganos electorales, sin embargo, para que existan ambas debe contarse con una reglamentación que evite la discrecionalidad y permita el buen uso de los recursos públicos.

 

El tema no es menor. El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) ha vivido de manera reciente episodios, donde se ha visto cuestionado por la falta de claridad en la contratación del material electoral.

 

En noviembre de 2023 lo escribí en esta misma columna, cuando fue declarada desierta la licitación púbica nacional IEEM/LPN/14/2023, referente al material electoral que sería utilizado en las elecciones locales de 2024.

 

En aquella ocasión distintos medios de comunicación difundieron presuntas irregularidades en ese proceso de adquisición de urnas, cajas, marcadores de boleta y sujetadores que representaban un total de 35 millones de pesos.

 

Al analizar las bases de esa licitación, mi consejería encontró que, comparando las bases de licitación de 2023, y las del citado procedimiento, fueron modificadas para agregar que los oferentes debían tener en su acta constitutiva que eran fabricantes de material electoral.

 

Además, se detectó que el Testigo Social no participó en las visitas de verificación que se realizaron a las empresas y tampoco se dio cuenta de la participación de observadores. Otro dato fue que la publicación de la convocatoria de la licitación sólo se hizo en un diario a nivel nacional y otro local, y sólo durante 3 días.

 

Debe quedar claro que las distintas contrataciones que realice el IEEM requieren apertura para todos los posibles competidores, buscar el mejor precio para el instituto electoral, y garantizar la mejor calidad.

 

En este contexto, el instituto electoral necesita reforzar su Reglamento de la Actividad Administrativa y Financiera, cuya aprobación derivó de observaciones del Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM), contenidas en la auditoría AL-150, las cuales estuvieron relacionadas con la ausencia de programas de adquisiciones, falta de controles sobre proveedores, y variaciones indebidas en los procedimientos de contratación, entre otros rubros.

 

Aún con este antecedente, dicho Reglamento, el cual yo voté en contra, sigue sin asegurar contrataciones totalmente transparentes, por ejemplo, no permite la posibilidad de que cualquier persona sea observadora en una contratación, como lo prevé el artículo 85 del Reglamento de la Ley de Contratación Pública estatal.

 

Además, la Dirección de Administración del IEEM no realiza los estudios de mercado en las distintas contrataciones, pues quienes los hacen son las áreas solicitantes. Y tampoco se incluye el concepto de precio no aceptable, que es una noción jurídica para evitar sobrecostos.

 

Por ello, la importancia de preguntarnos si nuestra actual reglamentación resistirá el tamiz de la transparencia y rendición de cuentas.

El proceso electoral que está en marcha tiene cambios importantes. El primero de ellos fue la homologación de su inicio con el federal. 

 

En el Estado de México, los procesos electorales iniciaban formalmente en la primera semana de enero del año de la elección. Implicaba retos en los tiempos y coordinación con el Instituto Nacional Electoral (INE), cuyo inicio formal, de acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la primera semana del mes de septiembre del año previo a la elección. 

 

El Estado de México iniciaba tres meses después, lo cual cambió a partir de este año, pues la reforma aprobada por el Congreso local estableció como fecha máxima para que inicie el proceso electoral el día 15 de septiembre del año anterior a la elección, con la sesión solemne del Consejo General del Instituto Electoral, la cual se llevó a cabo el pasado 14 de septiembre.

 

Pero este no será el único cambio, de entrada y en pleno proceso ya hemos visto como la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación modificó dos acuerdos importantes aprobados por el INE.

 

El primero de ellos sobre los requisitos que deben cumplir los observadores electorales para garantizar la neutralidad de esa figura y el mecanismo que debe implementar el INE para hacer los cruces necesarios e identificar que ninguna persona que se registre para realizar observación electoral, maneje recursos de programas sociales. 

 

Y el segundo acuerdo fue relativo a la nulidad de cualquier boleta que este en la urna y no tenga doblez alguno, pues para depositar las boletas en las urnas electorales es obligado doblarlas.

 

Ambas determinaciones también impactan en el Estado de México, pues debe atenderse tanto en la convocatoria de observación electoral, como en los lineamientos que en su momento emita el Consejo General para los cómputos de votos.

 

No serán los únicos. Otros cambios los veremos en la integración final que tengan los ayuntamientos, recordemos que la Legislatura del estado, mediante el Decreto número 332, aprobó la reforma a diversos artículos que modifican la integración de los ayuntamientos, con lo cual se eliminó la sindicatura que se asignaba vía la representación proporcional.

 

En cuanto a las regidurías también se reducen. En los municipios de menos de ciento cincuenta mil habitantes habrá cuatro regidurías de mayoría relativa y tres por el principio de representación proporcional. En los municipios de más de ciento cincuenta mil y hasta quinientos mil habitantes serán cinco regidurías de mayoría relativa y cuatro de representación proporcional; y en los municipios de más de quinientos mil habitantes, el ayuntamiento estará integrado por siete regidurías de mayoría relativa y cinco regidurías de representación proporcional. 

 

En todos los casos deberá verificarse el pricipio de paridad horizontal y vertical, así que será un cambio que la ciudadanía podrá valorar y evaluar.

Lunes, 19 Octubre 2026 06:00

Retos para la elección del 6 de junio

Rumbo a las elecciones locales y federales del 6 de junio de 2027, donde se elegirán más de 19 mil cargos, los órganos electorales han definido reglas sobre observadores y boletas electorales, sin embargo, persiste el reto de enfrentar el mal uso de la inteligencia artificial en las campañas de los partidos políticos.

 

El cronómetro avanza en el actual proceso electoral que arrancó en septiembre. El 6 de junio, 17 de 32 entidades del país renovarán a sus respectivas gubernaturas, las cuales son Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, Guerrero, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala y Zacatecas.

 

También se elegirán 500 diputaciones federales, 300 de mayoría relativa y 200 de representación proporcional.

 

Adicionalmente se votará por los ayuntamientos de 30 entidades del país, con excepción de Durango y Veracruz, así como 16 alcaldías de la Ciudad de México y 31 Congresos locales serán renovados, sólo Coahuila no tendrá esta elección, pues designó a sus diputaciones en este año.

 

Las votaciones del próximo año implican un amplio despliegue operativo de los órganos electorales para asegurar que los ciudadanos y ciudadanas acudan a las urnas, pero también se requieren reglas claras para garantizar que no haya factores que empañen al proceso electoral.

 

Por ello, son relevantes las resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien emitió dos sentencias sobre observadores y boletas electorales.

 

En el caso de los observadores electorales, y ante la inconformidad de algunos partidos políticos por el criterio que había aprobado el Instituto Nacional Electoral (INE), el Tribunal Electoral resolvió que debía seguir verificándose que los aspirantes a observadores no trabajen en la operación de programas sociales, ni sean servidores de la nación.

 

La sentencia busca garantizar que los y las observadoras electorales sean imparciales y no tengan sesgos al momento de dar seguimiento al proceso comicial.

 

Una segunda resolución del Tribunal Electoral, que también derivó de una impugnación a un acuerdo del INE, precisó que para el conteo y cómputo de votos sólo valdrán las boletas electorales que tengan marcas de haber sido dobladas para entrar a las urnas.

 

Y es que el INE había señalado que de encontrarse las denominadas “boletas planchadas”, el respectivo Consejo Distrital realizaría la revisión correspondiente, sin embargo, los magistrados el Tribunal Electoral determinaron que es materialmente imposible que una boleta entre a la urna sin doblarse.

 

Ambas resoluciones dan certeza al proceso electoral, no obstante, aún falta camino por recorrer, pues en el horizonte comicial destaca el gran vacío legislativo que existe en materia del uso de la inteligencia artificial en las campañas electorales, lo cual puede provocar narrativas falsas que incrementarían la desinformación en las redes sociales.

 

Una posible regulación sigue a nivel de iniciativa. La reforma electoral propuesta por la Presidencia de la República, en marzo de 2026, pretendía identificar de forma visible la propaganda hecha con inteligencia artificial, sin embargo, no fue aprobada.

 

De igual forma, el INE emitió lineamientos para recomendar a los noticiarios el buen uso de la inteligencia artificial durante sus coberturas informativas.

 

En estos lineamientos se incluyeron recomendaciones como el informar a sus audiencias cuando se modifiquen contenidos con inteligencia artificial (por la manera más idónea de acuerdo a su política editorial) y verificar y cotejar información antes de su difusión, sin embargo, no se incluye al resto del entorno digital.

 

Ante este panorama, una alternativa de los institutos electorales es instrumentar mecanismos innovadores donde puedan detectarse estas narrativas negativas, lo cual podría iniciar con la realización de monitoreos digitales que respondan a las nuevas condiciones de la competencia político-electoral.

Martes, 13 Octubre 2026 06:00

Otra Mirada | Las boletas que no contarán

En septiembre arrancaron formalmente los procesos electorales a nivel federal y local, con lo cual se han registrado las primeras decisiones y correcciones por parte de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

 

Sean correctas o no sus decisiones, sus determinaciones corrigen la plana a las autoridades administrativas en materia electoral. Ya nos ha pasado en el Estado de México, por ejemplo, en temas de paridad. Habrá quienes digan que debemos darle vuelta a la hoja, pero la realidad es que lo ideal sería que fueran lo menos posibles las correcciones, sobre todo si se actúa con estricto apego a la ley y a los tratados internacionales que nos rigen.

 

Sin olvidar, por supuesto, el poner en práctica los principios rectores como la imparcialidad y autonomía.

 

Uno de esos primeros asuntos que ya fue resuelto por la Sala Superior es el relativo a las denominadas “boletas planchadas”. En primera instancia la determinación generada en el Instituto Nacional Electoral (INE), fue que, si en los cómputos de los Consejos Distritales se encontraba una boleta de este tipo, no se capturaría y se reservaría para que el respectivo Consejo analizara el caso y determinara si debería computarse.

 

Lo altamente cuestionable es que, si las boletas miden 28 por 20 centímetros, no pueden ser introducidas en una ranura de las urnas electorales que mide 12 centímetros, lo cual no es posible y es ilícito.

 

De haber continuado esta determinación hubiera tenido un impacto en todo el país, pues el sistema electoral nacional híbrido se mantiene, al no haber sido aprobada la reforma electoral propuesta por la Ejecutiva federal, y los lineamientos de cómputos con ese criterio tendrían que haber sido replicados en los distintos estados.

 

Finalmente, algunos de los partidos políticos se inconformaron ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el cual determinó lo siguiente de forma muy concreta:

 

1) Sí o sí las boletas electorales deben doblarse para ser introducidas en la urna electoral. No hay de otra.

 

2) Al sacar los votos de las urnas, nuestros vecinos y vecinas que reciben la votación en las casillas serán quienes decidan qué voto pasa y cuál no, pero basándose en la Ley.

 

3) Si aparece una “boleta planchada” será claro que este tipo de boleta no contará como voto válido, pues no hay modo de que haya entrado a la urna.

 

Esta determinación debe ser ampliamente difundida entre la ciudadanía y explicar el procedimiento para votar.

 

Y claro, en las elecciones locales y federales del 6 de junio de 2027 todas las personas debemos asegurarnos de doblar bien nuestras boletas electorales y depositarlas en la urna. Papelito habla, pero bien doblado, no planchado.

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