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Viernes, 08 Enero 2021 19:27

APRUEBA CONSEJO GENERAL DEL IEEM LA DESIGNACIÓN DE QUIENES INTEGRARÁN LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

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Boletín Número 005

Toluca, México, a 08 de enero de 2021

 

  • También se aprobó la publicación de la Convocatoria para la ciudadanía interesada en acreditarse como observadora electoral para el proceso electoral concurrente 2020-2021 y el Catálogo de Medios Impresos, Electrónicos e Internet 2021.

 

Durante la 1ª Sesión Extraordinaria del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) se aprobaron cinco acuerdos sustanciales que permiten avanzar en los trabajos del Proceso Electoral 2021, en el que se elegirán diputaciones a la Legislatura Local e integrantes de los ayuntamientos.

 

De tal forma que fue aprobado el Catálogo de Medios Impresos, Electrónicos e Internet 2021, el cual fue desarrollado por las y los integrantes de la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión del Consejo General, con el objetivo de realizar monitoreos cuantitativos y cualitativos y el seguimiento de notas informativas en medios de comunicación impresos, electrónicos e internet, durante los periodos de precampañas, intercampañas, campañas, reflexión y jornada electoral en la entidad.

 

Posteriormente, se aprobó la publicación de la Convocatoria para la ciudadanía interesada en acreditarse como observadora electoral para el proceso electoral concurrente 2020-2021; en el que el IEEM coadyuvará con el Instituto Nacional Electoral en garantizar el ejercicio del derecho a participar bajo esta figura, conforme a lo estipulado por la normatividad.

 

Asimismo se aprobó modificar el Reglamento de Órganos Desconcentrados del IEEM, en cumplimiento a la sentencia recaída al Juicio de Revisión Constitucional Electoral ST-JRC-109/2020, dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal, en el que se solicita que las personas interesadas en ocupar el cargo de Vocal Distrital o Municipal, o que aspiren a una consejería distrital o municipal, en ambos casos, deberán tener más de veinticinco años de edad al día de la designación.

 

Es importante señalar que el Instituto aperturó la participación de personas menores a 30 años en dichas convocatorias, lo que permite continuar con el procedimiento de designación, sin que ello implique afectación alguna de derechos.

 

A su vez se designaron las y los Vocales Municipales y Distritales para el Proceso Electoral 2021, cuya integración se realizó considerando además del desempeño obtenido en las diferentes etapas referente a la inscripción, integración y verificación de expedientes, examen de conocimientos virtual, valoración curricular y entrevista, también se tomaron en cuenta criterios orientadores como: paridad de género; pluralidad cultural de la entidad; participación comunitaria o ciudadana; prestigio público y profesional; compromiso democrático; y conocimiento de la materia electoral, así como los valores y principios descritos en el Código de Ética del IEEM: integridad; coordinación; orientación a resultados; y apego a normas y procedimientos.

 

En este sentido, también se analizaron algunos casos para su voto en lo particular suscitados en Otzoloapan, Naucalpan y Jilotzingo, así como Temascaltepec, Amatepec y Tianguistenco.

 

Por último, se aprobó a través de la insaculación virtual la designación de quienes fungirán como Consejeras y Consejeros Electorales Municipales y Distritales del IEEM, para el Proceso Electoral 2021, quienes cumplieron con los requisitos legales y con las etapas del procedimiento respectivo, tales como la valoración de conocimientos electorales y curricular, y entrevista escrita, de tal forma que, se integró la totalidad de los listados de cada uno de los 125 municipios, así como de los 45 distritos electorales.

 

Por lo anterior, las Consejeras y los Consejeros Electorales designados, quedarán vinculados al régimen de responsabilidades administrativas de las y los servidores públicos, y en su momento rendirán la protesta de ley y, quienes no fueron designados conformarán la lista de reserva, para la sustitución de alguna vacante, que de acuerdo a las circunstancias y necesidades, en su caso, se presenten.

 

Atentamente

 

 

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