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Viernes, 26 Marzo 2021 20:26

AVALA CONSEJO GENERAL DEL IEEM EL REGISTRO SUPLETORIO EN CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR

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Boletín Número 070

Toluca, México, a 26 de marzo de 2021

 

  • Asimismo se aprobó el Programa de Capacitación para el desarrollo de las Sesiones de Cómputo Distrital y Municipal para la elección de Diputaciones e integrantes de los Ayuntamientos 2021.

 

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) en la 15ª Sesión Extraordinaria aprobó que se realice supletoriamente el registro de candidaturas a los cargos de elección popular que presenten los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes en el Proceso Electoral 2021, lo anterior para que la postulación cumpla con el principio de paridad de género en todas sus dimensiones, cuyo registro podrá realizarse a través de expedientes físicos o digitales presentados mediante la herramienta informática diseñada para ello.

 

Por lo anterior, la Consejera Presidenta Provisional Daniella Durán Ceja, junto con las Consejeras Electorales, Karina Ivonne Vaquera Montoya, Paula Melgarejo Salgado, Sandra López Bringas, Patricia Lozano Sanabria, el Consejero Electoral, Francisco Bello Corona, así como las representaciones de los partidos políticos, coincidieron en que se trata de un acuerdo que impulsa acciones afirmativas para que haya una mayor participación política de mujeres y hombres en igualdad de condiciones.

 

A la par, se designó a la Comisión Especial para la Atención del Programa de Resultados Electorales Preliminares, como instancia encargada de supervisar las actividades en los Centros de Captura y Verificación, durante el proceso electoral 2021.

 

Posteriormente se aprobó el Programa de Capacitación para el desarrollo de las Sesiones de Cómputo Distrital, y de Cómputo Municipal para la elección de Diputaciones e integrantes de los Ayuntamientos 2021, con el fin de facilitar el desarrollo de las sesiones de los cómputos y la implementación adecuada de los trabajos de recuento de votos de manera parcial o en la totalidad de las casillas y así generar el conocimiento necesario de quienes integran los consejos distritales y municipales y del personal electoral involucrado.

A su vez fueron aprobados dos “Manuales de Procedimientos para la Operación de Órganos Distritales y Municipales en Materia de Organización Electoral. Proceso Electoral 2021”, -respectivamente- los cuales constituyen un instrumento que permitirá a los órganos distritales y municipales, a través de la adecuada distribución de las cargas de trabajo y la definición de los procesos administrativos, identificar y delimitar sus competencias, responsabilidades, funciones y atribuciones, atendiendo las medidas y protocolos sanitarios para mitigar el riesgo de contagio del virus SARS-CoV2.

 

También fue aprobada la sustitución de una Vocalía Municipal de la Junta Municipal 85, con sede en Temascalapa y se emitieron dos resoluciones para el procedimiento de remoción de una vocalía municipal identificado como CG-SE-PRCV-3/2021; referente a la Junta Municipal número 102, con sede en Tianguistenco, y el relacionado con la consejería municipal CG-SE-PRCV-4/2021, relativa al Consejo Municipal Electoral número 22, con sede en Cocotitlán, Estado de México.

 

Por otra parte, se emitió respuesta a la solicitud presentada por un aspirante a una candidatura independiente para integrar el Ayuntamiento de Zinacantepec, Estado de México, quien solicitó reducir el apoyo de la ciudadanía del 3% de listado nominal de electores al 1.5%, y que se le eximiera de la obligación de la dispersión territorial de los apoyos en el 1.5% de las secciones electorales de municipio en cuestión, por lo anterior, se refirió que las autoridades administrativas electorales no cuentan con atribuciones para inaplicar una disposición o porciones normativas, toda vez que ello es una facultad exclusiva de los órganos jurisdiccionales.

 

En tanto que fueron avalados los Dictámenes de reconocimiento de Rango a Miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional del Sistema OPLE, de tres integrantes del IEEM, a quienes de conformidad con lo establecido en la normatividad se les reconocerá de acuerdo a las equivalencias fijadas, rangos y promociones correspondientes.

 

 

Atentamente

 

 

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