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Martes, 20 Septiembre 2022 09:00

¿Qué son los órganos desconcentrados del IEEM?

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Siempre que se avecina un proceso electoral en nuestra entidad se comienza a hablar de los órganos desconcentrados del IEEM e incluso muchas personas se preparan para formar parte de uno de éstos.

 

Habrá que decir que los órganos desconcentrados son las juntas distritales y municipales; así como los consejos distritales y municipales, ambos de carácter temporal que se integran para cada proceso electoral local, en sus respectivos ámbitos de competencia.

 

Las juntas distritales se instalan en cada uno de los 45 distritos electorales locales en que se divide el Estado de México, en los procesos electorales ordinarios o, en su caso, extraordinarios para la elección de la gubernatura del estado e integrantes de la Legislatura local. Se conforman por una vocalía ejecutiva, una vocalía de organización electoral y una vocalía de capacitación, en cuya integración, se garantizará el principio de paridad de género.

 

La Vocalía ejecutiva tiene como principales atribuciones: presidir la junta distrital y el consejo distrital durante el proceso electoral; coordina las vocalías a su cargo y distribuye entre ellas los asuntos de su competencia.

 

La Vocalía de organización electoral coadyuva con el INE sobre la propuesta para la ubicación de las casillas electorales; realiza los informes mensuales de las actividades de la junta para remitirlo a la Secretaría Ejecutiva a través de la vocalía ejecutiva, entre otras.

 

La Vocalía de capacitación tiene dentro de sus actividades destacadas, coadyuvar en la preparación de la documentación, los procedimientos y las actividades en auxilio a la vocalía de organización y en caso de delegación por parte del INE, la capacitación de quienes habrán de integrar las mesas directivas de casilla.

 

Las juntas municipales se instalan en cada uno de los125 municipios del Estado de México, para los procesos electorales ordinarios o, en su caso, extraordinarios según corresponda para la elección de integrantes de los ayuntamientos, y se conforman por: una vocalía ejecutiva y una vocalía de organización electoral. Las atribuciones de éstos son similares a la de los respectivos vocales de las juntas distritales.

 

Por su parte los consejos distritales y municipales se integrarán por: dos consejeras o consejeros -personas que ocupen las vocalías, ejecutiva y de organización electoral, de la junta distrital o municipal correspondiente, además de seis consejeras o consejeros electorales.

 

En próximos días el IEEM emitirá las correspondientes convocatorias de selección de vocalías y consejerías distritales en cada uno de los 45 distritos electorales, si te interesa participar, consulta los requisitos.

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