Sin embargo, se debe también poner énfasis en hablar del desencanto que hay ante 1) la falta de una redistribución real de los ingresos que nos hace una sociedad cada vez más desigual e individualista, 2) la falta de justicia social, 3) una “equidad” entrecomillada, ya que de facto para la opinión pública es vulnerada; como conclusión, estamos frente a una confianza de la ciudadanía erosionada que se sigue desgastando con actuaciones que poco abonan a un discurso demócrata.
En el Estado de México el proceso electoral aún no inicia, formalmente será hasta el mes de enero 2024, sin embargo, me preguntan si como consejera electoral veo correcto lo que la ciudadanía en general observa cuando transitamos las calles de nuestros distritos y municipios, así como las carreteras que nos permiten desplazarnos a nuestros lugares de trabajo con un gran número de espectaculares con diversas frases y de diferentes fuerzas políticas. La pregunta obligada es si hay o no actos anticipados de precampaña.
Sí, es cierto, hay un fenómeno que ha comenzado a hacerse cada vez más normal con este tipo de actos en donde las autoridades jurisdiccionales han determinado en sus resoluciones que no hay violación a las normas constitucionales y en materia electoral por no acreditarse: expresiones que revelen la intención de llamar al voto, pedir apoyo a favor o en contra de cualquier persona o partido para contender en un proceso electoral ya sea de forma expresa o mediante el uso de equivalentes funcionales.
Si se revisa el concepto, los actos anticipados de pre campaña y campaña se dan cuando se tiene por objeto posicionar anticipadamente a un ciudadano frente a un proceso electoral futuro e inminente, la pregunta es si ello ocurre o no con lo que vemos todos los días en nuestro paso. ¿Qué tan dificil o fácil es dar una interpretación a las normas?
Hay una línea jurisprudencial que ha llegado a establecer que deben analizarse los mensajes en su contexto, valorar el protagonismo de la persona que los emite, el objetivo de estos y su relación con el proceso electoral, un dilema es la temporalidad pues como pasa en el Edo Mex aún no hay proceso electoral y entonces ¿hay o no un poscisionamiento adelantado? ¿La equidad no implica igualdad de condiciones en la competencia? ¿la hay?
Claro que hay que garantizar la libertad de expresión y evitar sanciones erróneas pero no se debe tolerar ninguna posibilidad de simulación o fraude a la ley con el cuidado que se pueda tener de las expresiones que se utilizan.
Con todo lo anterior y de vuelta a la pregunta considero que la autoridad electoral debe actuar como lo que es: un árbitro, ser imparcial en su acutar y en su autonomía decir que actos no son conforme a la ley o pueden ocasionar inequidad en la contienda.
No se debe tener temor a exhortar a toda la clase política del partido al que pertenezcan tener un comportamiento adecuado y respetando el marco legal que nos hemos dado como sociedad. El ejemplo claro lo tenemos desde el INE con la Consejera Presidenta que llamo a aspirantes y funcionarios al buen comportamiento.
El Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) nunca ha hecho algo similar en su historia pero lo cierto es que los tiempos son distintos y la ciudadanía nos exige como organo electoral comportarnos con altura de miras.