La Constitución de 1917 frente a la erosión democrática
Escrito por Partido Revolucionario InstitucionalCada aniversario de la Constitución de 1917 debería propiciar una reflexión profunda sobre el pacto político que dio forma al Estado mexicano moderno. No obstante, en el escenario actual, esta conmemoración se ve atravesada por una paradoja inquietante: mientras el discurso oficial se apropia retóricamente de la Constitución, su contenido normativo y su función como límite al poder se ven progresivamente debilitados. La desaparición de órganos constitucionales autónomos constituye una muestra clara de esa tendencia.
Toda Constitución democrática tiene como función esencial limitar la concentración del poder. La arquitectura institucional de nuestra Carta Magna fue diseñada para garantizar la competencia política, la neutralidad de los árbitros y la vigencia efectiva de los derechos frente a mayorías circunstanciales. Ese equilibrio —siempre frágil— es hoy objeto de una presión constante.
A lo largo del tiempo, la Constitución mexicana ha evolucionado mediante reformas que permitieron ampliar derechos y fortalecer la representación política. En particular, las reformas electorales de las últimas décadas, producto del diálogo entre fuerzas políticas, contribuyeron a la construcción de un sistema plural, con autoridades electorales autónomas y reglas de competencia más equitativas. Estos avances no surgieron de la imposición, sino de la negociación política y de una visión de Estado comprometida con la estabilidad democrática.
Desde el arribo al poder de la llamada Cuarta Transformación en 2018, la Constitución ha sido tratada como un instrumento adaptable a las prioridades del poder político. Las reformas constitucionales, lejos de responder a una lógica de perfeccionamiento democrático, han tendido a ajustar el texto constitucional a una visión política que desconfía de los contrapesos institucionales. Como advertía Hans Kelsen, cuando la Constitución deja de ser un límite para convertirse en una herramienta del gobernante, se vacía de su función garantista y se transforma en un medio de dominación legalizada.
Este fenómeno se manifiesta con especial claridad en el sistema democrático. La deslegitimación sistemática de las autoridades electorales, la presión sobre los tribunales y la narrativa que presenta a los órganos autónomos como élites antipopulares afectan directamente la equidad de la contienda. Luigi Ferrajoli ha señalado que la democracia constitucional se descompone cuando el principio de legalidad es sustituido por la lógica de la mayoría y cuando los derechos políticos dejan de ser garantías para convertirse en concesiones del poder.
Por su parte, Steven Levitsky y Daniel Ziblatt advierten que el deterioro de los regímenes democráticos suele ser gradual y legalista. Los líderes populistas acceden al poder por la vía electoral y, una vez instalados, erosionan las reglas del juego desde dentro: desacreditan a los árbitros, hostigan a la oposición y reescriben las normas para inclinar el terreno a su favor. El resultado es una democracia electoral cada vez menos competitiva y una Constitución progresivamente subordinada al proyecto político dominante.
La apelación constante al “pueblo” como fuente exclusiva de legitimidad, la estigmatización de quienes cuestionan al gobierno y la pretensión de someter a los organismos electorales a una lógica de obediencia política configuran un escenario en el que la Constitución deja de ser un marco neutral de competencia. En este contexto, las elecciones corren el riesgo de convertirse en ejercicios meramente formales, carentes de las condiciones sustantivas que exige una democracia constitucional.
A 109 años de su promulgación, la Constitución de 1917 enfrenta una amenaza que va más allá del número de reformas: la pérdida de su sentido como límite efectivo al poder político, particularmente en los procesos electorales. Defenderla hoy implica asumir que ninguna mayoría, por amplia que sea, puede colocarse por encima de las reglas constitucionales que garantizan la competencia y la alternancia.
Celebrar su aniversario exige algo más que evocaciones históricas. Exige una defensa activa del constitucionalismo democrático, especialmente en el terreno electoral, cuando la tentación populista de subordinar las instituciones a la voluntad del poder se vuelve más intensa y más peligrosa. Hoy, frente a la discusión de una reforma en esa materia, resulta indispensable recordar que todo cambio debe preservar los principios constitucionales de pluralidad, legalidad y equilibrio de poderes. Modernizar no debe significar debilitar; ajustar no puede implicar retroceder en las garantías democráticas.
En este contexto, el PRI ha asumido, con carácter y determinación, la responsabilidad de ser la única oposición real que defiende el orden constitucional, la legalidad democrática y la pluralidad política, no como un acto de resistencia estéril, sino como una apuesta firme por preservar las instituciones que garantizan la libertad, la competencia política y la gobernabilidad del país. Porque cuando el poder busca desbordar sus límites, la defensa de la Constitución no es sólo una postura política: es un deber histórico.
Sen. Cristina Ruiz Sandoval
Presidenta del CDE del PRI en el Estado de México.
Fuentes de consulta
Ferrajoli, Luigi. Derecho y razón. Teoría del garantismo penal. Madrid: Trotta, 2011.
Kelsen, Hans. Teoría pura del derecho. México: UNAM, 2009.
Levitsky, Steven y Daniel Ziblatt, Cómo mueren las democracias, Barcelona: Ariel, 2018.
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