EL IEEM FISCALIZA INGRESOS Y GASTOS DE UNA ORGANIZACIÓN CIUDADANA QUE PRETENDE CONSTITUIR UN PARTIDO POLÍTICO LOCAL
Escrito por Dirección de Partidos PolíticosEntre 2024 y 2026 la Dirección de Partidos Políticos del Instituto Electoral del Estado de México, tiene previsto fiscalizar los ingresos y gastos de la organización ciudadana Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C. que pretende obtener su registro como Partido Político Local.
En enero de 2024, como etapa preliminar, la organización presentó al IEEM su Aviso de intención de iniciar el procedimiento para constituirse como partido político local, y mediante el acuerdo IEEM/CG/172/2024 el Consejo General determinó procedente el aviso, dando acceso a la organización a la siguiente etapa de constitución o formativa del procedimiento, donde llevará a cabo la afiliación de la ciudadanía acreditando el 0.26% del padrón electoral del Estado de México, a través de dos modalidades: la aplicación móvil y la celebración de asambleas municipales en por lo menos dos terceras partes de los municipios del Estado, en las que además debe aprobar sus documentos básicos (declaración de principios, programa de acción y estatutos); después, si considera cumplidos los requisitos legales y reglamentarios, podrá continuar con la etapa de registro realizando la solicitud al Instituto.
Por disposición de la normatividad electoral, la Dirección de Partidos Políticos a partir del momento de presentación del aviso de intención y hasta la resolución que recaiga a la solicitud de registro fiscalizará los informes mensuales de ingresos y gastos que reporte la organización para el cumplimiento de sus fines; además, durante la organización y el desarrollo de las asambleas que celebre entre enero y diciembre de 2025 el personal de auditoría realizará visitas de verificación con el objeto de identificar gastos, bienes y recursos empleados, mismos que serán contrastados con la información reportada en los informes mensuales; consecuentemente, los resultados y conclusiones serán informadas a la Comisión Especial Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos, circunstancia que en el dictamen podrá ser determinante para otorgar o negar el registro como PPL.
La rendición de cuentas por parte de la organización se encuentra instrumentada en un proceso de fiscalización por la Dirección de Partidos Políticos, que comprendió el asesoramiento previo por parte de la autoridad a la organización ciudadana, para que en términos de legalidad, certeza, objetividad y transparencia, informe mes a mes el origen y aplicación de los recursos, bienes, productos o artículos que se emplearán para la consecución de sus fines, así, la organización recibe periódicamente de forma presencial o telefónica la orientación, el asesoramiento y la capacitación para dilucidar cualquier situación que debe informar y comprobar debidamente.
Entre los actos de notificación que la Dirección de Partidos Políticos ha informado a la organización, fue precisamente el “Proceso de Fiscalización a los Informes de Ingresos y Gastos de las Organizaciones Ciudadanas que Pretenden Constituir un Partido Político Local”, en el cual se establecieron las reglas aplicables para la presentación, recepción, revisión, periodo de solventación y dictaminación de los informes mensuales de ingresos y gastos que serán presentados por Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C., hasta que el Consejo General se pronuncie sobre la constitución o no como partido político local.
Los informes mensuales (un estimado de 30), deben presentarse mensualmente dentro de los 10 días hábiles siguientes a que concluya el mes correspondiente; en este sentido, se hizo del conocimiento a la organización el calendario de fiscalización que señala el cómputo de los plazos para la presentación y fiscalización de los informes, especificando de manera precisa las fechas de presentación, el periodo de 20 días con el que cuentan las personas auditoras para la revisión, la fecha para notificar errores y omisiones, y el periodo para su solventación. Por otra parte, en la celebración de asambleas municipales, la Dirección de Partidos Políticos, ya designó a las personas que llevarán a cabo las visitas de verificación, con el fin de identificar bienes y recursos empleados y cotejar los hallazgos con la información reportada en los informes mensuales.
Es así, que el Instituto Electoral del Estado de México, a través de la Dirección de Partidos Políticos, ejerce una vigilancia constante a la información documental y contable de la organización ciudadana, con lo cual se previene que en el proceso para su constitución como partido político local se empleen recursos provenientes de fuentes ilícitas o entes prohibidos.
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