TRIBUNAL DEL ESTADO DE MÉXICO CONCLUYE TAREAS DERIVADAS DEL PROCESO ELECTORAL 2024
Escrito por Partido Verde Ecologista de MéxicoEl pasado seis de noviembre se llevó a cabo la Sesión Pública número 43 en donde el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió los últimos medios de impugnación derivados del proceso electoral 2024 y de acuerdo a lo establecido en el artículo 447 del Código Electoral del Estado de México, lo realizaron en tiempo y forma, para garantizar así al principio de certeza.
De esta manera, este órgano jurisdiccional reafirma su compromiso con la ciudadanía, como impartidor de justicia electoral en la entidad, pues en él recae la gran responsabilidad de hacer valer y respetar la voluntad del pueblo en las elecciones pasadas, tarea que se torna ardua, al analizar diversas controversias como: nulidades, casos de violencia política de género, paridad, entre otras cuestiones derivadas de litigios electorales.
En palabras de la magistrada presidenta del Tribunal Local Martha Patricia Tovar Pescador resalto que fueron más de 900 asuntos los presentados, derivados del ya citado proceso electoral, por otro lado, el magistrado Raúl Flores Bernal informó que, a lo largo de su historia, el TEEM ha resuelto más de 15 mil asuntos en tiempo y forma, mientras que el resto de las magistraturas resaltaron que este órgano se encuentra unido y fortalecido, para resolver los asuntos de su competencia.
En este orden de ideas la justicia electoral se hace presente, no olvidemos resaltar que en el mes de agosto del presente año de igual forma el TEEM tuvo que concluir los medios de impugnación derivados de la elección de diputados, esto para que se instalara formalmente el Congreso del Estado de México el pasado cuatro de septiembre de la anualidad que trascurre.
En la pasada sesión 43 se concluyeron los últimos medios de impugnación referente a los Ayuntamientos de Jocotitlán, Soyaniquilapan, Jilotzingo, Timilpan, Naucalpan, Villa del Carbón, Ocoyoacac, Tlanepantla y Zumpango, confirmando en los nueve municipios los resultados electorales.
Es preciso señalar que en la Ley Orgánica Municipal del Estado de México se establece en sus artículos 18 y 19 que, posterior a rendir informes los ayuntamientos en funciones, se deberán presentar los ciudadanos que en términos de ley resultaron electos para rendir protesta y ocupar los cargos de elección popular a los que fueron electos, sin que dicho plazo exceda el mes de diciembre del último año de la gestión del ayuntamiento saliente. Por lo que el 1 de enero del año inmediato el ayuntamiento saliente dará posesión de las oficinas municipales a los miembros del ayuntamiento entrante.
En este sentido, si bien el TEEM concluyo su tarea en tiempo y forma en la resolución de los medios de impugnación, la cadena impugnativa de estos continua, por lo que habremos de esperar que se agoten las etapas en Sala Regional Toluca y en su caso en la Sala Superior a efecto de que se validen elecciones o exista determinación firme para que los ayuntamientos mexiquenses se renueven e inicien su administración pública en el año 2025.
Están próximas las fechas para que se rinda la protesta de ley y los servidores públicos electos entren en funciones en los gobiernos municipales para el periodo 2025-2027, por lo que la justicia electoral deberá ser pronta y expedita en su máxima expresión para tener integrados ayuntamientos sólidos, pues no olvidemos que el municipio es una forma de gobierno que esta constitucionalmente establecida en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Finalmente, sin duda los órganos jurisdiccionales en materia electoral son garantes de proteger los derechos políticos electorales y hacer valer la voluntad del pueblo, al trabajar constantemente para garantizar elecciones limpias y ponderar la renovación de los cargos de elección popular de manera pacífica.
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