Comunicación
Social

Viernes, 30 Mayo 2025 11:34

Explican en qué consiste el procedimiento para la verificación de los requisitos de elegibilidad “8 de 8”: Paula Melgarejo Salgado en entrevista con Oscar Glenn Morales

Valora este artículo
(0 votos)

 

Medio: Ultra Radio 101.3 FM

Programa: Ultra Noticias Primero lo Primero

Conductor: Oscar Glenn Morales

Fecha: 30 de mayo de 2025

 

Luego de que el Consejo General del IEEM aprobó el Procedimiento para la verificación de los requisitos de elegibilidad “8 de 8”, previo a la asignación de cargos en el marco del Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025, la Consejera Electoral del IEEM, Paula Melgarejo Salgado, declaró que a raíz de una reforma electoral de 2020 se estableció que no podían ser candidatos las personas que hubieran cometido violencia política o deudores alimentarios y poco a poco han ido aumentando esas conductas, porque primero era la “3 de 3” y ahora es “8 de 8”. Declaró que algunos de los supuestos en los que no deben caer los ciudadanos para poder ser candidatos son gozar de buena reputación y no estar condenado por violencia política contra las mujeres, por delitos de violencia familiar, por delitos de libertad sexual o de género.

Conéctate