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Martes, 13 Septiembre 2022 00:05

Desafíos de cara al Proceso Electoral 2023: a dos años de la reforma en materia de paridad y violencia política contra las mujeres en razón de género

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El histórico logro de las mexiquenses en septiembre de 2020, con la publicación de los decretos 186 y 187 en la gaceta del gobierno, que materializó el proceso de armonización legislativa en materia de paridad y violencia política contra las mujeres en razón de género, marcó un parte aguas en la dinámica política de la entidad al generar los mecanismos normativos que impulsaron la participación de las mujeres en condiciones de igualdad y libres de entornos violentos. 

 

Recordemos que en el caso del Estado de México, con el impulso de legisladoras, magistradas, consejeras electorales, funcionarias públicas estatales y de integrantes de organizaciones de la sociedad civil, la LX Legislatura del Estado de México aprobó una serie de modificaciones y adiciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Electoral del Estado de México, a la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, y a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

 

Con esta armonización legislativa, se sentaron las bases para el fortalecimiento del ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, brindando condiciones más justas, igualitarias y libres de violencia.

 

A dos años podemos hacer un recuento sobre los aciertos y áreas de oportunidad en la etapa de implementación de la reforma, la creación de los mecanismos institucionales y las redes que se tuvieron que generar para la colaboración interinstitucional, estas últimas han puesto sobre la mesa algunos retos de cara a los procesos electorales venideros para garantizar el ejercicio pleno de las mexiquenses en la arena política y que esta integración en los espacios de toma de decisión sea libre de violencia.

 

Un ejemplo, y que ha sido motivo de análisis en diversos foros, es la “3 de 3 contra la violencia” que prevé el cumplimiento de los siguientes requisitos para acceder a una gubernatura, diputación o integrar un ayuntamiento: a) No estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada, por el delito de violencia política contra las mujeres en razón de género; b) No estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos en el Estado, ni en otra entidad federativa, y c) No estar condenada o condenado por sentencia ejecutoriada por delitos de violencia familiar, contra la libertad sexual o de violencia de género, si bien la iniciativa permite blindar la participación de personas agresoras en la etapa de postulación de candidaturas una deuda pendiente es garantizar los mecanismos interinstitucionales para operar la verificación. 

 

De igual manera, el Código Electoral del Estado de México prevé atribuciones importantes para la autoridad electoral, lo que permite llevar a cabo acciones en materia de apoyo, asistencia, asesoría, prevención, atención y erradicación de la violencia para distintas actoras políticas y servidoras públicas en la entidad, por su parte el IEEM con la aprobación del acuerdo IEEM/CG/31/2022 Por el que se crea la Unidad para la Coordinación de los Trabajos de Igualdad de Género y Erradicación de la Violencia Política en Razón de Género del Instituto Electoral del Estado de México da un paso importante y necesario, sin embargo el desafío para llevar a cabo acciones tendentes a erradicar la violencia política implica capacitar al funcionariado, fortalecer la estructura operativa seguir implementando acciones permanentes de difusión dirigidas a la ciudadanía sobre el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, en este escenario, se debe realizar un trabajo conjunto entre autoridades, ciudadanía y actores políticos.

 

Finalmente, otro de los retos es visibilizar aquellos casos de violencia política contra las mujeres que no son competencia de las autoridades electorales y poder dar un cause eficiente. Es decir, qué pasa con aquellas mujeres que ejercen cargos de toma de decisión y no fueron electas (mujeres que forman parte del personal administrativo: Secretarias de Ayuntamiento, Tesoreras, Directoras, entre otros cargos de decisión), cuál es la vía para conocer de estos casos y clarificar la ruta a seguir.

 

La transversalización de la paridad como eje de la cultura institucional permite también la transformación de la cultura política, por lo que todas las instituciones, desde nuestro ámbito de competencia, debemos seguir promoviendo que la participación tenga la garantía de igualdad de oportunidades, acceso y por tanto igualdad de resultados.

 

 

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