A 11 años de la Reforma Constitucional en Derechos Humanos
Escrito por Mayra Elizabeth López HernándezLa Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación han determinado en diversos criterios que el mandato contenido en el párrafo segundo del artículo 1º de la Constitución Federal impone a todas las autoridades, en el ámbito de su competencia, implica el deber de preferir la interpretación que favorezca y proteja en mayor medida los derechos humanos.
A 11 años de la reforma de 10 de junio de 2011, en la de búsqueda por nivelar los derechos fundamentales de todas las personas, los desarrollos jurisprudenciales nacionales que otorgan al juez ordinario la responsabilidad de aplicar e interpretar las leyes a la luz de la Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos, ha creado las condiciones para que el Estado y la sociedad mexicanos puedan experimentar un avance cualitativo de la democracia y la cultura constitucional.
La tarea del operador jurídico ante el nuevo paradigma en la aplicación e interpretación de los derechos fundamentales, tuvo como propósito y aun busca, reducir la brecha, entre los estándares internacionales y la realidad jurídica y social.
Cuando a partir de la citada reforma, cambiamos del discurso en que la democracia era solo una forma o sistema electoral, el mecanismo para elegir a nuestras autoridades, para trasladar el concepto de democracia a una forma de vida con estándares de equidad jurídica y social para las personas, donde el principio pro persona es el centro de la interpretación jurídica y la aplicación sociológica del Estado Constitucional Democrático de Derecho, apuntamos nuestra intención como sociedad, en buscar no solo consolidar una interpretación progresiva y garantista en materia de derechos humanos, sino y en mayor medida, que se logre establecer mecanismos para hacer efectivo el ejercicio de nuestros derechos fundamentales.
La centralidad de los derechos humanos en la última década, ha puesto en la mesa del debate sólo algunos de los temas de la mayor trascendencia para el desarrollo de la sociedad mexicana en la expectativa de lograr ubicarse en el nivel de progresividad de un contexto global; sólo por mencionar algunos recordemos el avance en los criterios jurisprudenciales en materia de libertad de expresión, el interés superior de grupos históricamente vulnerados, el libre desarrollo de la personalidad, competitividad comercial, acceso efectivo a la salud.
Lograr la normalidad de la interpretación y aplicación de nuestros derechos fundamentales, con estándares progresistas, requiere además de interpretar aplicando el principio pro persona, establecer mecanismos que hagan efectiva la aplicación y ejecución de los derechos que se garantizan.