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Sábado, 21 Mayo 2022 00:05

¿Hacia el hipercentralismo electoral?

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Al presentarse recientemente la iniciativa de reforma electoral por parte del Ejecutivo federal, diversas voces se levantaron aludiendo a que se trata de una propuesta clara hacia la centralización de atribuciones en los procesos electorales. Entre otros temas se propone desaparecer a las autoridades electorales locales administrativas y otorgar al Instituto Nacional Electoral (INE) competencia exclusiva respecto a la organización de los comicios que corresponden a las entidades federativas. Entre otros señalamientos, se ha mencionado que esto atentaría contra la soberanía de los Estados y contra nuestro sistema federal.

 

En la teoría política, el centralismo se entiende como una doctrina de organización del Estado en el que un gobierno central toma todas las decisiones y del que proviene toda la autoridad. Así, en este tipo de organización, el poder político abarca toda la geografía estatal y se apuesta por la concentración del poder en una autoridad única y general que gobierna toda la nación.

 

Por su parte, el federalismo se entiende como una organización política en la cual entidades autónomas e independientes realizan un pacto para unirse bajo un orden común, cediendo parte de su soberanía a un poder central, dando forma al Estado Federal. William Riker considera que, en el sistema político federal, existe una jerarquía de gobiernos, por ejemplo, dos o más autoridades sobre el mismo territorio y la misma población, con una estructura bien delineada de facultades y en el que cada nivel de gobierno es autónomo en sí mismo.

 

Precisado lo anterior, es pertinente mencionar cómo han venido desarrollándose las atribuciones y competencias de las autoridades administrativas electorales. Como sabemos, el INE tiene su antecedente en el Instituto Federal Electoral (IFE), cuyas atribuciones se circunscribían a las elecciones federales (diputados federales, senadores y presidente de la República). En lo concerniente a los institutos electorales locales, se crearon con atribuciones para organizar lo relativo a las elecciones locales (ayuntamientos, diputados locales y gubernaturas). De esta manera, la institucionalidad electoral se compatibilizó con el modelo de organización político-territorial, generándose facultades de carácter federal y estatal.

 

Sin embargo, con el transcurso del tiempo se generaron diversas reformas en materia electoral, que otorgaron más atribuciones al IFE en el ámbito nacional como el registro de electores, la generación de listas nominales y la expedición de la credencial para votar. En 2007 se asignó la competencia al IFE en los aspectos de los tiempos en radio y televisión y se estableció el supuesto de que la autoridad electoral de alguna entidad federativa y el IFE podían convenir que éste asumiera la competencia electoral en alguna entidad federativa.  

 

Con la reforma de 2014, se dió un paso decisivo para que el IFE pasara a eregirse en una instancia con atribuciones nacionales. Esta reforma, que dio vida al INE, generó un sistema híbrido en el que coexiste una autoridad de carácter nacional, con atribuciones para conocer de eleciones tanto federales como locales, y los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE), que mantienen la organización de sus respectivas elecciones.

 

A reserva de profundizar más en esta iniciativa, una conclusión preliminar es que, al desaparecer a los OPLE, se concentrarían todas las facultades y atribuciones respecto de las elecciones tanto federales como locales en una sola autoridad administrativa electoral hipercentralizada. De ahí el señalamiento de que una propuesta de esta naturaleza rompería, en más de un sentido, nuestro modelo de organización política federal contemplado en nuestra Constitución General.

 

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