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Sábado, 12 Febrero 2022 00:12

Declaración conjunta sobre protección de datos y privacidad en la respuesta a la COVID 19

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En noviembre de 2020 la Organización de Mundial de la Salud emitió la “Declaración conjunta sobre protección de datos y privacidad en la respuesta a la COVID 19” con el objeto de apoyar el uso de datos y tecnologías para afrontar la crisis sanitaria, respetando el derecho a la privacidad y otros derechos humanos para promover el desarrollo económico y social a nivel mundial.

 

Lo anterior derivado de que la recopilación, uso, difusión y procesamiento de datos personales puede ayudar a limitar la propagación del virus y a realizar las actividades de recuperación contempladas en los mandatos de las Organizaciones del Sistema de las Naciones Unidas; sin embargo, entre los datos recopilados y procesados destacan aquellos utilizados para la localización digital de contactos o la vigilancia general de la salud, situación que podría tener consecuencias importantes más allá de la crisis sanitaria, es decir que se utilicen los datos personales con fines diferentes para dar respuesta a la Covid 19.

 

De ahí la importancia para que cualquier recopilación, uso y procesamiento de datos personales en relación con la pandemia de COVID-19 debe fundamentarse en los derechos humanos y aplicarse respetando debidamente la legislación internacional aplicable y los principios de protección de datos y privacidad, teniendo en cuenta el equilibrio entre los derechos humanos involucrados, incluido el derecho a la salud y la vida y el derecho a un desarrollo económico y social. En este sentido, acorde con la declaración conjunta de la ONU se deberá, al menos:

 

-Velar por que el tratamiento de datos sea legítimo, limitado en su ámbito y tiempo y necesario y proporcional a los propósitos especificados y válidos en la respuesta a la pandemia de COVID-19;

-Velar por que los datos se mantengan confidenciales y en seguridad durante un tiempo limitado y se destruyan o eliminen debidamente de conformidad con los propósitos mencionados;

-Vincular las medidas tomadas relativas a datos a mecanismos y procedimientos aplicables para asegurarse de que cumplen los principios y propósitos mencionados, están justificadas sobre esa base y se interrumpen en cuanto dejan de ser necesarias, y

-Ofrecer transparencia para generar confianza en la aplicación de iniciativas actuales y futuras que involucren el tratamiento de datos personales.

 

La Pandemia por COVID 19 ha puesto de manifiesto la importancia de los datos personales en la actualidad y en el mundo globalizado e interconectado, de ahí que se debe realizar un uso y procesamiento de la información personal acorde con los principios internacionales, poniendo en el centro de cualquier actuación, mecanismo o estrategia que se implemente a la dignidad humana, valor intrínseco de toda persona.

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