Comunicación
Social

Martes, 10 Diciembre 2019 13:23

LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Escrito por
Valora este artículo
(0 votos)

De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), las personas con discapacidad representan el 15% de la población mundial. Asimismo, señala que la discapacidad es más común entre las mujeres, las personas adultas mayores y personas en situación de pobreza[1]. Por su parte en México, el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI), reportó que en 2014, habitaban 7.1 millones de personas con alguna discapacidad y en el Estado de México se concentraba el mayor porcentaje de población con discapacidad (el 14.6% de total)[2].

 

En todo el mundo, las personas con discapacidad enfrentan diversos obstáculos físicos, sociales, culturales y jurídicos para ejercer sus derechos que se traducen en su exclusión de los espacios públicos y privados. De acuerdo a la Encuesta Nacional sobre Discriminación (INEGI, 2017), en nuestro país 48.1% de las personas con discapacidad perciben que sus derechos se respetan poco o nada.

 

Reconociendo este contexto de discriminación, desde 1992, se conmemora cada 3 de diciembre el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, establecido así por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Este día celebrado recientemente, tiene como objetivo promover los derechos y el bienestar de las personas con discapacidades en todos los ámbitos de la sociedad y el desarrollo, así como concienciar sobre su situación en todos los aspectos de la vida política, social, económica y cultural[3].

 

Con el lema “Nada sobre nosotros sin nosotros”, organizaciones de y para personas con discapacidad en todo el mundo exigieron el reconocimiento y protección de sus derechos humanos, que dejara atrás el modelo médico-rehabilitador y diera paso a un modelo social, que pone en el centro a las personas y sus derechos, así como el respeto a su autonomía y la libertad para tomar sus propias decisiones. Bajo este nuevo paradigma, la Asamblea General de la ONU adoptó el 13 de diciembre de 2006 la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual había sido propuesta por México a esta instancia internacional en 2001.

 

Esta Convención, que entró en vigor el 3 de mayo de 2008, aglutina en un solo instrumento jurídico internacional los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales de las personas con discapacidad. Asimismo, define a la discapacidad como un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás[4]. De igual manera, como lo señala el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, dicha Convención aclara y califica cómo se aplican todas las categorías de derechos a las personas con discapacidad e identifica áreas en las que se debe hacer una adaptación para que las personas con discapacidad ejerzan efectivamente sus derechos, así como aquéllas en las cuales se han violado sus derechos y, por tanto, debe fortalecerse su protección.

 

En lo que respecta a participación en la vida política y pública, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, señala en su artículo 29 que los Estados Partes garantizarán a las personas con discapacidad los derechos políticos y la posibilidad de gozar de ellos en igualdad de condiciones con las demás, esto incluye el derecho a votar y ser elegidas, así como el derecho a la participación plena y efectiva en la dirección de los asuntos públicos, a través de partidos políticos, de organizaciones no gubernamentales y de organizaciones personas con discapacidad.

 

Así pues, un aspecto importante para el ejercicio de los derechos políticos de las personas con discapacidad es su inclusión en los procesos electorales, para ello el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México aprobó el pasado 30 de octubre, la creación de la Comisión Especial de Igualdad de Género y No Discriminación, cuyo objetivo general es coadyuvar en el diseño, ejecución y promoción de mecanismos institucionales que garanticen el ejercicio de los derechos político-electorales de mujeres y hombres en igualdad de condiciones y libres de discriminación[5].

 

Con esto el Instituto Electoral del Estado de México avanza en la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad de cara al siguiente proceso electoral (2020-2021).

 

[1] Ver: https://www.who.int/features/factfiles/disability/es/

[2] Ver: http://internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/Productos/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825094409.pdf

[3] Ver: https://www.un.org/es/observances/day-of-persons-with-disabilities

[4] Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, preámbulo, inciso e). Disponible en: https://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

[5] Ver: https://www.ieem.org.mx/consejo_general/cg/2019/ac_19/a026_19.pdf

 

 

Histórico - Espacio de Colaboraciones y Opiniones



Conéctate