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Domingo, 08 Diciembre 2019 13:14

EL SUFRAGIO COMO UN DERECHO, COMO UNA OBLIGACIÓN Y COMO UNA OBLIGACIÓN CON SANCIÓN

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José Luis Gutiérrez Espíndola define al voto como una forma de expresión de la voluntad de las personas que sirve para tomar una decisión colectiva. Votar es el acto por el cual un individuo manifiesta que prefiere cierta opción, formula o persona frente a otras. Votar siempre implica elegir entre distintas opciones[1].

 

La figura principal en una democracia es el voto, ya que a través de este instrumento la ciudadanía expresa su predilección por algún candidato o partido, ahora bien, con la finalidad de promover la participación electoral, en algunos casos se considera que debe existir un deber legal que obligue a su ejercicio.

 

En América latina se identifican tres maneras de ejercer el sufragio: el voto como un derecho que se practica en países como Nicaragua, República Dominicana y Venezuela; el voto obligatorio pero que no es sancionable que se contempla en Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, México y Panamá; y finalmente, el voto que es obligatorio, el cual si no se ejerce lleva implícita una sanción en Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Ecuador, Honduras, Paraguay, Perú y Uruguay.

 

En ese sentido, el voto como un derecho se entiende que es voluntario, en el cual los ciudadanos pueden votar o dejar de hacerlo en los procesos electorales; el voto obligatorio lleva implícito el deber de concurrir a sufragar por determinado candidato y el voto obligatorio con sanción, es aquel que si el ciudadano deja de ejercerlo se hará acreedor a una multa o sanción por parte del Estado.

 

La obligatoriedad del voto, emerge como un mecanismo para contrarrestar la baja participación ciudadana y, del mismo modo, fortalecer un sistema electoral, pues los candidatos que resulten electos obtendrán una autentica representatividad y estarán legitimados.

 

Los países de América Latina que establecen el voto como una obligación y que a su vez contemplan una sanción en caso de incumplimiento, han tenido una mayor participación electoral, que en los países que solo lo contemplan como un derecho o una obligación sin sanción.

 

Las sanciones que establecen las distintas legislaciones cuando se omite realizar el voto varían desde: aquellas de tipo pecuniario; de carácter administrativo, en los cuales no se podrán realizar trámites en diversas instituciones como obtención de licencia para conducir –entre otras-; y en algunos casos, de tipo penal. Es decir, existen sanciones laxas y fuertes.

 

Al respecto, Armando Soto Flores refiere:

Es necesario establecer sanciones a los ciudadanos mexicanos que no cumplan con su responsabilidad de votar, así como otros mecanismos que complementen el voto obligatorio con sanción, a saber:

 

  • Multas económicas por no votar
  • En caso de incumplimiento del pago de la multa, que no pueda realizar trámites administrativos con el gobierno; o en último de los casos que se alterne con arresto.
  • Implementar el voto electrónico
  • Implementar la segunda vuelta electoral
  • Implementar la inscripción obligatoria al padrón electoral.

 

Y la obligatoriedad del voto puede ir aparejada de un incentivo a los ciudadanos que cumplan con votar, que poder ser monetario, o la incorporación en algún programa social o el eximirlo del pago de alguna infracción o de servicios tributario, lo que garantizaría el ejercicio masivo de la ciudadanía en los comicios electorales.[2]

 

[1] Gutiérrez José Luis, El voto: una herramienta en la vida democrática, México, Instituto Nacional Electoral, 2016, p. 9.

[2] Soto, Armando, El voto obligatorio con sanción: una alternativa para lograr la democracia en México, Revista de la Facultad de Derecho de México de la Universidad Nacional Autónoma de México, Tomo LXIC, Número 275, septiembre-diciembre 2019, http://www.revistas.unam.mx/index.php/rfdm/article/view/60717

 

 

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