Registro de Candidatos a los distintos Cargos de Elección Popular 2017-2018
Patricia Bernal OcegueraEl Registro de Candidatos a los Distintos Cargos de Elección Popular para el proceso electoral 2017.2018, se ve inmerso en cinco ejes normativos de carácter Federal y Estatal:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Capítulo IV. De los Ciudadanos Mexicanos. Artículos 34 y 35
- Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México: Título Cuarto, Capítulo Primero, Artículos 38, 39 primer párrafo, 40; y Título Quinto, Capítulo Segundo, Artículos 118, 119 y 120.
- Reglamento de Elecciones del INE: Capítulo XIV, Artículos 270, numeral 2, 3, incisos del d) al k), y 8, Concluido el plazo: 272, numerales 1, 2,3 y 4.
- Código Electoral del Estado de México: Libro Primero, Título Primero, Artículo 2; Título Tercero, Capítulo Primero, Artículos 16 párrafos 2 y 3, 17,18 y19; Libro Segundo, Título Segundo, Capítulo Sexto, Artículo 8; Libro Tercero, Capítulo Quinto, Artículos: 119,126, 127, 128,129 y 130; Libro Quinto, Título Segundo, Capítulo Segundo, Artículos 248, 249, 250,251, 252, 253,254 y 255.
- Reglamento para el Registro de Candidaturas a los Distintos Cargos de Elección Popular ante El Instituto Electoral del Estado de México: Capítulo II, Capítulo VI, De la Solicitud de Registro de Candidaturas, Capítulo VII, De la Documentación y la Integración de los Expedientes de Solicitud de Registro, Capítulo VIII, Del Procedimiento de Recepción y Revisión de las Solicitudes, Capítulo IX, Del Procedimiento de Verificación y para Subsanar la Omisión de Requisitos.
Partiendo del marco normativo se precisó planear las etapas del proceso del registro de candidatos, que consistió en:
- Establecer un protocolo para la recepción de las solicitudes de registro, apegado a la norma jurídica.
- Desarrollar un sistema el cual no solo registrara, Partidos Políticos o Coalición, con los nombres y cargo de sus candidatos. Esté generara estadísticas como la de paridad de género, bloques de competitividad; así como el registro de omisiones y en su caso sustituciones.
- La instrumentación de la logística para la adecuación de las áreas de trabajo para el proceso de la información, por Partido Político o Coalición.
- Los mecanismos de seguridad en la materia: resguardo documenta, la protección de datos personales de los candidatos, de acuerdo a la normatividad aplicable.
Si solo se citara las actividades como un proceso plano, se perdería la riqueza que aporta la interacción humana interinstitucional; así como el dialogo abierto con los Partidos Políticos.
Tal es el caso en la utilización de una herramienta de apoyo y fiscalización del Instituto Nacional Electoral, denominado Sistema Nacional de Registro (SNR), en el cual los Partidos Políticos y Coaliciones, registraron sus fórmulas y palmillas siendo este registro un medio de validación, con las solicitudes de registro presentadas al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, durante el periodo del 6 al 16 de abril del año en curso por los Partidos Políticos y Coaliciones.
Del cumplimiento y orden de la documentación de acuerdo al REGLAMENTO PARA EL REGISTRO DE CANDIDATURAS A LOS DISTINTOS CARGOS DE ELECCIÓN POPULAR ANTE EL INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MEXICO, representó trabajo y dialogo abierto con los actores políticos, a fin de llegar al registro de candidatos con mayor orden en los procesos que conllevan. Podría parecer utópico, exponer que no se presentaron incidencias como toda norma y proceso son susceptibles de mejorar y robustecerse.
Respetuosos de la vida interna, así como de las normas estatutarias de los Partidos Políticos, estás muestran la diversidad ideológica, su propia organización como su proceso para postular candidatos, con apego a los principios rectores de certeza y legalidad.
Dada tal diversidad esta se refleja en el proceso de registro de candidatos a los distintos cargos de elección popular. Esta es similar a la diversidad, regional, cultural y socioeconómica del Estado.