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Martes, 28 Enero 2020 09:00

El derecho humano a la cultura y su relación con la materia política-electoral

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La cultura forma parte de nuestra vida diaria y es la manera en la que interactuamos como sociedad, es el idioma, música, comida, festividades, entre otros.

 

La existencia y preservación de la cultura en una sociedad es un elemento indispensable de la dignidad humana, aspecto que lo llevó a su inclusión en el catálogo de los derechos humanos[1].

 

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos señala que es un derecho humano de todas y todos[2]. A nivel internacional y nacional se le considera así y se describe en múltiples instrumentos y normas tal como lo podemos advertir en la Constitución Federal; Declaración de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como el Protocolo de San Salvador[3], por mencionar algunos.

 

Como cualquier otro derecho será protegido, respetado, garantizado y promovido por las autoridades.

 

En materia político-electoral, podemos advertir su importancia pues la dinámica propia del sistema electoral es resultado de la evolución social y cultural de nuestro país; por ejemplo: la inclusión de las candidaturas independientes, la reelección para algunos cargos de representación popular, los mecanismos para proteger grupos históricamente excluidos.

 

En tal sentido, al hablar de la celebración de elecciones libres, auténticas y periódicas, nos referimos a nuestra cultura. 

 

Los invito a fomentar, conocer e incrementar nuestros valores democráticos, para alcanzar el mejoramiento económico, social y cultural de las y los mexiquenses.

 

 

 

 

 

[1] La trascendencia de la cultura consiste en que “refleja y configura los valores del bienestar y la vida económica, social y política de los individuos, los grupos y las comunidades.” Explicación que emitió el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en la Observación General 21, consultable en la dirección electrónica:

onf-dts1.unog.ch/1SPA/Tradutek/Derechos_hum_Base/CESCR/00_1_obs_grales_CteDchosEc Soc Cult.html

[2] Esa afirmación está reconocida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en su publicación: “Los derechos humanos culturales”, Primera edición: noviembre, 2016, página 8.

[3] Formalmente llamado Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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