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Hablar de las otras es hablar de nosotras. En México el auge del movimiento sufragista que se dio a principios del siglo XX, aspiraba al reconocimiento del derecho de las mujeres a votar y ser votadas, el camino andado desde 1923 cuando Elvia Carrillo Puerto fue la primera candidata electa a una diputación local por el estado de Yucatán y Rosa Torres González resultó electa como la primera regidora municipal, definitivamente no ha sido en línea recta, es sinuoso, en ocasiones estrecho, limitando el paso hacia el ejercicio efectivo de derechos, accidentado, con algunas restricciones e incluso prohibiciones.  

 

Las reformas en materia de reconocimiento de los derechos políticos de las mujeres datan de 1946, cuando la cámara de diputados aprobó la iniciativa del presidente Miguel Alemán Valdés para reformar el artículo 115 de la constitución federal, el resultado fue que las mexicanas por primera vez podían ejercer su derecho al voto en elecciones locales.

 

En 1953 con la reforma a los artículos 34 y 115, fracción I de dicho ordenamiento se reconoce la ciudadanía de las mujeres mexicanas, sin embargo, fue hasta las elecciones de 1955 cuando participarían efectivamente emitiendo su voto, destacando, de las 4 mujeres que resultaron electas, Remedios Albertina Ezeta fue elegida como diputada federal por el Estado de México.

 

Con el establecimiento del sistema de cuotas en los años noventa y la reforma al artículo 41 constitucional en 2014 donde a partir del reconocimiento del principio constitucional de paridad inicia otro paradigma en materia de derechos políticos, al normar que la participación de las mujeres en los espacios de toma de decisiones no es una acción afirmativa, es un nuevo contrato social, la redistribución del poder público entre mujeres y hombres. 

 

En 2019 con la reforma conocida como paridad en todo se crearon los mecanismos para garantizar que la paridad no solamente se cumpliera durante la etapa de registro, sino en todos los procesos administrativos en todos los órdenes de gobierno.

 

En nuestra entidad, fue a partir de la aprobación de los decretos 186 y 187 en septiembre de 2020, que se sentaron las bases para el fortalecimiento del ejercicio de los derechos político-electorales de las mujeres, brindando condiciones más justas, igualitarias y libres de violencia.

 

A 70 años, la lucha de las mujeres por garantizar el ejercicio efectivo del derecho a votar, a ser votadas, tiene aún deudas pendientes. De cara al proceso electoral 2024, el contexto político en el Estado de México se ha transformado. Por primera vez, la contienda por la gubernatura se dio entre dos candidatas, el destino, rumbo político y administrativo de las y los mexiquenses ahora es liderado por una mujer.

 

No obstante, el camino aún es largo, la paridad en el nivel local todavía es incipiente, lo que se ha convertido en uno de los principales retos. Los resultados de este nuevo contrato social han sido lentos, especialmente por cuanto hace a las presidencias municipales, de los 125 ayuntamientos, en los últimos tres procesos electorales locales se ha aumentado de 20 mujeres encabezando una administración municipal en 2015 a 39 en 2018; actualmente 47 municipios son encabezados por una mujer.

 

El Instituto Electoral del Estado de México se prepara rumbo al proceso electoral concurrente 2024 donde renovaremos el congreso y los ayuntamientos, por una parte, se deberá cumplir con el principio de paridad en sus tres vertientes y por el otro, brindar apoyo, asistencia y asesoría a todas las mujeres candidatas, precandidatas y sus equipos, así como aquellas que participan en política.  

 

Garantizar una contienda en condiciones de igualdad y libre de violencia política contra las mujeres en razón de género no es solo un compromiso institucional, sino una convicción; a 70 años del reconocimiento del derecho a votar de las mexicanas, las exigencias se han modificado pero la lucha sigue, todas y todos podemos sumar en la construcción de democracias incluyentes.

 

 

La Organización Internacional del Trabajo (OIT, 2013) señala que la igualdad salarial es el derecho a la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un trabajo de igual valor, que contribuye a la eliminación de la discriminación. No obstante, de la historia se desprende que las mujeres han recibido un salario menor en comparación con los hombres, derivado de la idea de que ellas no necesitaban un salario para subsistir, en virtud de que sus padres, maridos o, en su caso, hijos varones eran los encargados de proveerles y aportarles lo indispensable para cubrir sus necesidades básicas, lo que se convirtió en una práctica habitual reafirmando los roles y estereotipos de género.

 

En consecuencia, desde una perspectiva de género, en el ámbito laboral se han establecido bases legales para garantizar la igualdad sustantiva en favor del principio de igualdad en la remuneración, sin embargo, las mujeres, todavía, tienden a recibir salarios más bajos que los hombres por trabajos iguales o equivalentes, no solo en México sino a nivel internacional, además de que se ha mantenido la desigualdad para acceder a empleos formales, la división sexual del trabajo y la masculinización o feminización en los puestos de trabajo. 

 

Máxime, que las mujeres tienen el desafío de una doble carga, la familiar y la laboral, que representa una limitante para el acceso a posiciones mejor pagadas. Es por eso que muchas de ellas prefieren optar por el comercio informal enfrentando condiciones laborales precarias con baja retribución.

 

En 2022 según el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), la brecha salarial se estima en un 14%, lo que significa que, por cada 100 pesos percibidos por un hombre, 86 pesos son recibidos por una mujer.

 

En términos del informe Mercado Laboral y Brechas de Género del colectivo México, ¿Cómo vamos?, en el primer trimestre de 2023 el ingreso laboral promedio, para las mujeres fue de 7,659 pesos mientras que para los hombres de 9,393 pesos. Ahora bien, el ingreso laboral promedio tratándose de un empleo formal, en cuanto a las mujeres fue de 10,562 pesos y respecto a los hombres de 12,240 pesos. Además, el ingreso laboral promedio referente al empleo informal para las mujeres fue de 5,186 pesos y para los hombres de 6,958 pesos. 

 

De igual forma, se observa que las horas trabajadas a la semana promedio fueron 36 para las mujeres y 43 para los hombres, sin embargo, las horas trabajadas en tareas del hogar y cuidados no remuneradas fue de 42 para las mujeres y 19 para los hombres.

 

También, un dato alarmante, que genera reflexión, es que el 37.7% de la población en México no cuenta con los ingresos laborales del hogar para obtener la canasta básica, por ende, no alcanza para cubrir la alimentación de las y los integrantes de la familia. Esto se denomina pobreza laboral que, al desagregarse, cuando se apunta a las mujeres, dicho porcentaje aumenta a 39.7% y, con relación a los hombres, disminuye a 35.6%.   

 

La Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 18 de septiembre como el día internacional de la igualdad salarial, pese a ello, estas cifras demuestran que los esfuerzos por una justicia remunerativa quedan mermados. Así que, es importante implementar acciones como la promoción de políticas de igualdad salarial, la sensibilización sobre la discriminación de género, la representación de las mujeres en puestos de liderazgo y toma de decisiones, así como invertir en programas de capacitación y desarrollo profesional.

 

Actualmente, el hablar de lactancia materna continúa generando un debate que surge a partir de conceptualizar este proceso en dos sentidos: en primer lugar, saberlo como un acto necesario para las infancias y, en segundo, inclinarse a su sustitución por fórmulas lácteas o algunos otros productos parecidos, argumentando que representa mayores beneficios.

 

A este debate se suma que, a lo largo de la historia moderna y posmoderna, las prácticas de lactancia materna se han visto frenadas por la censura que surge desde la esfera cultural y social a la que las madres pertenecen, así como sus características particulares, tales como: clase social, región en la que habitan, creencias, el acceso a los servicios de salud y a la educación sexual y reproductiva, entre otras. Con lo anterior podría inferirse que, si el acceso de las personas a los servicios de salud y la educación sexual y reproductiva es limitado, será más complejo que las madres puedan llevar a cabo estos procesos alimenticios de forma adecuada y segura.

 

En consecuencia, se da la necesidad de concientizar a la población al respecto e impulsar su práctica e incorporación en los procesos de crianza. Por ello, la Organización Panamericana de la Salud a partir de 1992, comenzó a celebrar la Semana Mundial de la Lactancia Materna que se realiza anualmente del 01 al 07 de agosto, con el objetivo de educar y enseñar a la población sobre esta práctica, así como los beneficios que representa en la salud de las infancias y de las madres.

 

A dichas tareas encaminadas para desmontar la censura y los tabúes a los que se enfrentan las mujeres, se integra la labor desarrollada en los diversos ámbitos institucionales, sociales e incluso en la esfera de las políticas públicas y las modificaciones a la legislación correspondiente; un ejemplo de ello en México es lo dispuesto en la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 170, fracción IV, el cual establece que las madres trabajadoras tendrán derecho durante el periodo de lactancia, hasta por seis meses, a dos reposos extraordinarios de media hora cada uno diariamente para alimentar a sus hijas o hijos en un lugar adecuado e higiénico que designe la empresa. En la esfera estatal, se cuenta con la Ley de Protección, Apoyo y Promoción a la Lactancia Materna en el Estado de México, que busca garantizar la salud, el crecimiento y desarrollo integral de lactantes, niñas y niños pequeños, a través del ejercicio pleno de la lactancia en cualquier ámbito. El IEEM se une a estos quehaceres desde la promoción y concientización de los procesos alimenticios primarios; incluso en el año 2015 inauguró un lactario para las madres trabajadoras del instituto para reforzar esfuerzos, además que esto representa un avance en el logro de la conciliación de la vida familiar y laboral.

 

Pero ¿A qué nos referimos cuando hablamos de lactancia materna? Esta se refiere al proceso de alimentación en el que la madre proporciona a su bebé leche del seno materno, contribuyendo de manera significativa al desarrollo óptimo y saludable durante la primera infancia.

 

De acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud, la lactancia materna ayuda a las infancias a prevenir el sobrepeso y la diabetes tipo 2, les protege contra la leucemia, reduce el riesgo del síndrome de muerte infantil y favorece su desarrollo cognitivo. Además, las madres que eligen lactar tienen menor riesgo de padecer diabetes tipo 2, cáncer de mama o cáncer de ovarios, en comparación con las que eligen no lactar.

 

Finalmente, la lactancia materna no solo representa beneficios a nivel de desarrollo físico e intelectual, sino también simboliza la oportunidad insustituible para la conformación del vínculo primario, es decir, la relación bebé-madre; este vínculo primario es la base fundamental para el desarrollo de las etapas posteriores de vida de las personas, pues influye significativamente para alcanzar un bienestar intrapsíquico y en la construcción de relaciones interpersonales sanas.

 

 

La perspectiva de género es un tema que ha cobrado una gran relevancia en los últimos años, y es que, en todas las disciplinas, incluyendo el diseño gráfico, es importante tener en cuenta cómo el género influye en el desarrollo de proyectos y narrativas visuales.

 

De acuerdo a la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la perspectiva de género es un enfoque dinámico y transformador que busca analizar e identificar de manera integral las inequidades, opresiones y barreras a las que se enfrentan las mujeres en la sociedad mediante una estrategia metodológica, que pretende erradicar los estereotipos de género y construir una sociedad justa y equitativa, donde se reconozca y valore la diversidad y pluralidad de experiencia de género.

 

Marianela Urdaneta (2009) explica que la implementación de la perspectiva de género en disciplinas como el diseño ofrece la posibilidad de resignificar las relaciones humanas y sus discursos, además de mejorar la sociedad en términos de accesibilidad, universalidad, sostenibilidad e igualdad, debido al alcance e impacto que pueden tener las piezas visuales que se elaboran.

 

Uno de los ámbitos en los que el diseño puede tener un impacto significativo es en los medios de comunicación. La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México reconoce la importancia de vigilar y promover que los medios no fomenten la violencia de género ni reproduzcan estereotipos sexistas. Aquí es donde el diseño puede intervenir en la creación de imágenes, mensajes y narrativas que promuevan la igualdad, el respeto a los derechos humanos y la dignidad de las mujeres. Esta disciplina no debe perpetuar estereotipos de género, ya que puede tener un efecto negativo en la percepción y autoestima de las personas.

 

Para comprender mejor este panorama, es esencial analizar la historia y reconocer los sesgos de género arraigados en la educación y el trabajo. En el Foro Alfa, Alma Martínez (2012) hace referencia a la Bauhaus, una escuela de diseño y arquitectura fundada en Alemania en 1919, y aunque la escuela se consideraba reformadora o progresista en cuanto a la enseñanza de las artes aplicadas, existían ciertas ideas arraigadas acerca de la feminidad y la masculinidad. En este caso, se consideraba que la práctica artesanal era un trabajo más adecuado para mujeres, mientras que la técnica y el diseño eran áreas masculinas. Esto podría interpretarse como un reflejo de la discriminación en la época y la reproducción de estereotipos de género. Es importante destacar que este sesgo aún persiste en muchas partes del mundo, y que es necesario erradicarlo para que las oportunidades sean verdaderamente igualitarias.

 

A continuación, se presentan algunas acciones en que el diseño puede ser utilizado para abordar este problema:

 

  • Creación de campañas de sensibilización y concientización: Carteles, infografías y anuncios en línea.
  • Diseño de materiales educativos y de apoyo para víctimas: Folletos, manuales y guías.
  • Creación de materiales para la capacitación de profesionales: Presentaciones y otros materiales visuales que ayuden a los profesionales a comprender mejor el tema y a desarrollar habilidades para abordarlo.
  • Diseño de productos y servicios sensibles al género: Diseño de aplicaciones móviles y otros recursos digitales para hacer que la denuncia sea más fácil y accesible.

 

Según la Revista Materia (2021), al impulsar un diseño centrado en las personas y revalorizar la subjetividad, es fundamental que el diseñador se plantee preguntas que desafíen sus prácticas e ideas como: para quién se diseña, cómo se habla, qué formas de representación se eligen, qué mensajes e imágenes se generan y qué discursos se validan y difunden. Es a través de esta reflexión que se puede orientar el trabajo hacia la construcción de diseños más incluyentes y equitativos, que realmente respondan a las necesidades y experiencias de las personas.

 

 

 

El Mes del Orgullo LGBTTTIQ+ concede la oportunidad de reflexionar sobre los avances jurídicos que se han implementado para promover la libertad, la justicia y la dignidad de personas diversas.

 

La comunidad LGBTTTIQ+ ha luchado durante décadas por el reconocimiento de sus derechos fundamentales bajo el principio de igualdad y no discriminación, puesto que ha sufrido violencia, rechazo y desigualdad por ser considerada minoría, aunque esto no sea así, ya que en México de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género (ENDISEG) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI, 2021), a nivel nacional, 5 millones de personas de 15 años en adelante se reconocen como Lesbiana, Gay, Bisexual, Travesti, Transgénero, Transexual, Intersexual y Queer (LGBTTTIQ+). Cabe señalar que, el Estado de México es una de las 5 entidades con mayor población LGBTTTIQ+, considerando 490,000 personas.

 

El reconocimiento de la diversidad y el respeto a los derechos y participación de todas las personas son esenciales para garantizar el pleno ejercicio de los derechos, incluyendo los derechos políticos y electorales, los cuales deben ser brindados a toda la ciudadanía sin importar su orientación, preferencia sexual, identidad o expresión de género.

 

La lucha porque sus derechos sean respetados y sus voces escuchadas, se ha expresado en un activismo constante que ha incitado a los estados y sus instituciones a realizar cambios en su normatividad para salvaguardar, visibilizar, reconocer e incentivar su participación política.

 

Ejemplo de ello, en materia electoral, el Instituto Nacional Electoral (INE) en el proceso electoral federal 2021 desarrolló una serie de acciones afirmativas en favor de los grupos históricamente discriminados, incluida la comunidad LGBTTTIQ+, estableciendo que los partidos políticos debían postular al menos 2 fórmulas de candidaturas integradas por personas de la diversidad sexual en cualquiera de los 300 distritos que conforman el país para el caso de las diputaciones por mayoría relativa y 1 fórmula para personas de la diversidad sexual en cualquiera de las 5 circunscripciones para las diputaciones de representación proporcional; resultado de ello 4 personas de la diversidad se quedaron al frente de las curules de la cámara de diputadas y diputados del Congreso de la Unión.

 

Además, en 2018 publicó el Protocolo para adoptar las medidas tendientes a garantizar a las personas trans el ejercicio del voto en igualdad de condiciones y sin discriminación en todos los tipos de elección y mecanismos de participación ciudadana donde se señala que por ninguna circunstancia a las personas ciudadanas trans se les puede impedir su sufragio.

 

También, recientemente a partir del acuerdo INE/CG123/2023 por el que se determina viable la incorporación del dato en la credencial para votar que reconozca a las personas no binarias, en acatamiento a las sentencias dictadas en los expedientes SM-JDC-396/2020 y SM-JDC-1011/2021 por la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; así como, que se identifique en la credencial para votar como persona no binaria solo en el apartado de sexo, a quienes manifiesten su deseo de que se les reconozca con ese carácter sin presentar documento de identidad, según datos del Instituto Nacional Electoral (INE, 2023) hasta el 12 de mayo del año en curso entregó 58 credenciales con esta modificación.

 

Asimismo, abrir espacios de análisis y participación como actividades de sensibilización, formación y capacitación permiten conocer los retos, avances, desafíos y nuevas propuestas para este colectivo. A nivel local desde el Instituto Electoral del Estado de México, se han llevado a cabo mesas de diálogo, foros y conferencias.

 

Es de vital importancia que las personas LGBTTTIQ+ se sumen activamente en todos los espacios de incidencia social y aspiren a ocupar cargos públicos, para así tener una representación real ante las instituciones políticas e ir construyendo una sociedad que normalice la inclusión, el respeto y la libertad; siendo las instancias electorales un aliado en la conquista de derechos.

 

¡Sin diversidad sexual no hay libertad política!

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