Comunicación
Social

Boletín Número 036

Toluca, México, a 12 de febrero de 2021

 

  • Asimismo se emitió respuesta a la solicitud del ciudadano Pedro Antonio Chuayffet Monroy, en cumplimiento a la sentencia recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales.

 

Durante la 4ª Sesión Especial del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) se aprobó el acuerdo por el que se designa al Ente Auditor del Sistema Informático del Programa de Resultados Electorales Preliminares para el Proceso Electoral 2021.

 

De ahí que se advierte que la Escuela Superior de Ingeniería Mecánica y Eléctrica del Instituto Politécnico Nacional, Unidad Culhuacán, cuenta con el perfil requerido, experiencia en la aplicación de auditorías con los alcances establecidos en la normatividad aplicable, además posee los requerimientos técnicos necesarios para llevarla a cabo, y a la par, cuenta con la trayectoria y reconocimiento internacional en temas informáticos suficientes y sobresalientes para generar certeza en la conducción de los trabajos como ente auditor.

 

Lo anterior se determinó una vez que la Comisión Especial para la atención del Programa de Resultados Electorales Preliminares, así como las y los integrantes del Comité Técnico Asesor del Programa de Resultados Electorales Preliminares (COTAPREP) y del Consejo General realizaran un análisis exhaustivo de los aspectos técnicos necesarios para considerar viable la propuesta, y derivado de la revisión y seguimiento de las invitaciones enviadas a más de 40 instituciones educativas del país.

 

De esta forma se cumple con los establecido por la normatividad que refiere que es responsabilidad del IEEM, en el ámbito de su competencia, implementar y operar el PREP con motivo del proceso electoral 2021, para la elección de diputaciones a la Legislatura Local y miembros de los ayuntamientos de la entidad, de conformidad con las reglas, lineamientos, criterios y formatos que para el efecto emita el Instituto Nacional Electoral.

 

Asimismo se emitió respuesta a la solicitud del ciudadano Pedro Antonio Chuayffet Monroy, en cumplimiento a la sentencia recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano ST-JDC-33/2021, dictada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, correspondiente a la Quinta Circunscripción Plurinominal.

 

De lo anterior se establece que de acuerdo con el Código Electoral del Estado de México (CEEM), el respaldo ciudadano exigido, se relaciona con el número de electores que un ciudadano debe reunir para demostrar que cuenta con una popularidad aceptable, por lo que la petición de reducir la exigencia de acreditar el apoyo ciudadano del 3% al 1%, del listado nominal respectivo, así como de la pretensión de que no se le exija el requisito relativo a la dispersión geográfica del apoyo ciudadano; son derecho vigente y por tanto de observancia obligatoria.

 

También se destaca que no pasan inadvertidas las manifestaciones del promovente, relativas a la contingencia sanitaria, a lo que esta autoridad electoral es sensible a las mismas y reconoce las complicaciones que implica recabar el apoyo de la ciudadanía en las circunstancias mencionadas; sin embargo, atendiendo a dichas dificultades el INE desarrolló la funcionalidad de captación directa por medio de una aplicación mediante la cual se recaba el apoyo ciudadano, la cual está a disposición de las y los aspirantes a una candidatura independiente.

 

 

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“Tú haces la mejor elección”

Unidad de Comunicación Social

Boletín Número 035

Toluca, México, a 11 de febrero de 2021

 

  • La certificación en Gestión de la Calidad es conforme a la norma NMX-CC-9001-IMNC-2015/ISO 9001:2015 con alcance a los procesos de fiscalización, investigación, y de substanciación.

 

La Contraloría General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), recibió de la empresa internacional evaluadora Certification With Added Value, S. C., la certificación en Gestión de la Calidad conforme a la norma NMX-CC-9001-IMNC-2015/ISO 9001:2015 con alcance a los procesos de fiscalización, investigación, y substanciación.

 

Para ello, la empresa realizó una evaluación pormenorizada a dichos procesos, destacando que en el de fiscalización, se incluyó la planeación, ejecución y seguimiento de auditorías contables, operacionales y de resultados a las áreas administrativas del IEEM y también se revisaron aspectos del Programa Anual de Auditoría, de las Auditorías Contables, Operacionales y de Resultados y se efectuaron los respectivos informes.

 

Para verificar el proceso de investigación se incluyó el estudio de los hechos puestos de conocimiento, es decir; si tienen una relación con una falta administrativa, si existe competencia de la Contraloría General o bien, si se aportaron los datos o indicios mínimos que permitan advertir la presunta responsabilidad por la comisión de las mismas.

 

Asimismo, se realizaron las diligencias de investigación derivadas de la puesta de conocimiento de actos y omisiones presuntamente constitutivos de posibles faltas administrativas, que involucren a personas servidoras publicas electorales y /o particulares vinculados con alguna incidencia grave; a fin de emitir las determinaciones a que haya lugar en su caso, y, solicitar ante la autoridad competente, que se inicie el proceso de responsabilidad administrativa correspondiente.

Por último, la revisión del proceso de substanciación consistió en iniciar, substanciar y resolver los procedimientos de responsabilidad administrativa relacionadas con faltas administrativas no graves, que derivarán del Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa emitido por la Subcontraloría de Investigación.

 

Con lo anterior, y siguiendo estándares de calidad internacionales, la Contraloría General cumple de manera óptima con sus atribuciones establecidas en la normatividad, entre las que destacan vigilar el cumplimiento de la adecuada aplicación de los recursos, así como elaborar los manuales de organización y procedimientos de las auditorías, revisiones, solventaciones y fiscalización de los recursos que ejerzan las áreas y órganos del IEEM, mediante las normas, métodos y sistemas establecidos en las disposiciones legales aplicables, y, a su vez, proponer al Consejo General, y en su momento ejecutar, el Programa Anual de Auditoría Interna.

 

 

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“Tú haces la mejor elección”

Unidad de Comunicación Social

 

Boletín Número 034

Toluca, México, a 10 de febrero de 2021

 

  • César Ulises Mijangos González, Jefe del Departamento de Seguimiento a Comisiones y Órganos Desconcentrados de la Secretaria Ejecutiva, comentó que con la regulación se busca destacar que la encuesta se realice con criterios científicos; que informe a la autoridad electoral quién la solicita, y, quien desee aplicar una encuesta el día de la jornada electoral, deberá acreditarse por lo menos 10 días antes de los comicios.

 

La “Regulación en Materia de Encuestas Electorales” se aplica con la idea de transparentar a la ciudadanía quién hace las encuestas, si están patrocinadas por una empresa, un partido político o una candidata o candidato y a su vez, se pueda tener acceso a estudios de calidad, explicó César Ulises Mijangos González, Jefe del Departamento de Seguimiento a Comisiones y Órganos Desconcentrados de la Secretaria Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM).

 

Entrevistado por Alma Rodríguez reportera de Capital, para el programa Detrás de tu voto, aseguró que a raíz de la reforma electoral del 2014, la regulación de encuestas se convirtió en una norma nacional, con la que se busca destacar tres aspectos básicos: primero, que la encuesta se realice con criterios científicos, dos, que informe a la autoridad electoral quién la solicita, y tres, que quien desee aplicar una encuesta el día de la jornada electoral, debe acreditarse por lo menos 10 días antes de los comicios.

 

“El periodo para aplicar la normatividad de acuerdo al Reglamento de Elecciones refiere que se debe realizar al inicio del proceso electoral y hasta 3 días después de la jornada electoral, es decir, se deberán monitorear los medios impresos que comprenden periódicos y revistas locales, regionales y nacionales”, afirmó Mijangos González.

 

Añadió que se trata de una tarea en conjunto con la Secretaría Ejecutiva en colaboración con la Unidad de Comunicación Social para revisar los medios impresos y a la par: “debemos ser coadyuvantes con las empresas encuestadoras, dar información que necesiten para hacer su trabajo, como por ejemplo proporcionarles documentos cartográficos; y, una vez que se nos compartió el estudio, publicarlo en el apartado de Encuestas, alojado en la página www.ieem.org.mx para que la ciudadanía interesada pueda conocer el material”.

 

De tal forma que, prosiguió, son sujetos obligados en el rubro de encuestas a informar, las empresas especializadas en la materia; así como cualquier persona que tenga la intención de publicar alguna “es importante que cuenten con una vitrina metodológica sólida, mencionar qué días o fecha se realizó, número de entrevistas y preguntas, cómo manejan el margen de error, si se realizó vía telefónica o presencial, la experiencia que tienen en hacer encuestas, informar si los patrocinan, y de ser así, decir de quién se trata”.

 

Aclaró que las empresas o en dado caso los periodistas que realizan una encuesta original, deberán enviar su material al IEEM en un tiempo aproximado de 5 días, en caso de no ser así, se les hace un requerimiento, “sin embargo, en el Instituto siempre hemos mantenido buena relación y colaboración con quienes se especializan en esos estudios, por lo que no ha habido necesidad de proceder a ese tipo de acciones”.

 

Este programa y todos los de la serie de Detrás de tu voto se pueden ver YouTube con el usuario IEEM Oficial.

 

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“Tú haces la mejor elección”

Unidad de Comunicación Social

Boletín Número 033

Toluca, México, a 09 de febrero de 2021

 

  • En tanto, fueron cuatro Escritos de Manifestación de Intención que no procedieron, por no subsanar en tiempo y forma lo señalado por la Dirección de Partidos Políticos.

 

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) en su 10ª Sesión Extraordinaria aprobó 10 Escritos de Manifestación de Intención de candidaturas independientes para presidencias municipales, y a su vez, cuatro no lograron presentar el EMI correspondiente, sumando así, 35 aspirantes a candidaturas independientes para presidencias municipales en diversos municipios y 7 que no procedieron.

 

De tal forma que, quienes adquirieron la calidad de aspirantes a candidatas y candidatos independientes para presidencias municipales y podrán recabar el apoyo ciudadano son: Alejandro Escobar Hernández, por el ayuntamiento de Zinacantepec; Julio César Sánchez Sánchez, por Teotihuacán; Yolanda Beatriz De León Barrón, de Coacalco de Berriozábal; Everardo Pedro Vargas Reyes, por Tepotzotlán; Antonio Sánchez Canela, de San Antonio la Isla; Juan Hernández García, de La Paz; Santiago Pascual González, por Nezahualcóyotl; Ricardo Rosado de la Rosa, por Atenco; Bernardo Ernesto García Estrada, de Atlautla; junto con Guillermo Galeana Peña, por Metepec.

 

Por lo anterior, cada aspirante deberá recabar los apoyos mínimos requeridos por los municipios que les correspondan; en el caso de Zinacantepec deberá acreditar el apoyo de la ciudadanía de cuando menos 4,159 ciudadanas y ciudadanos; en Teotihuacán de cuando menos 1,387; en Coacalco de Berriozábal deberá acreditar el apoyo de 6,773 ciudadanas y ciudadanos; en Tepotzotlán de 1,824, y en San Antonio la Isla tendrán que ser cuando menos 551 personas acreditadas.

 

Respecto a quienes obtuvieron la calidad de aspirantes a una candidatura independiente por La Paz deberá acreditar el apoyo de la ciudadanía de cuando menos 6,052; por Nezahualcóyotl cuando menos 25,929 personas, por Atenco 1,397, por Atlautla cuando menos 661, y por Metepec de 5,562 ciudadanas y ciudadanos que deberán ser acreditados.

 

Asimismo, de acuerdo con el Código Electoral del Estado de México, cada ciudadana y ciudadano que apoye, tienen que pertenecer cuando menos al 1.5% de la mitad de las secciones electorales de cada uno de sus municipios.

 

En tanto se tuvieron como no presentados los Escritos de Manifestación de Intención de Marcos Rosales Morales, por Ecatzingo de Hidalgo; Félix de la Rosa Vázquez, de Coacalco de Berriozábal; Enrique Tapia Rivera por Metepec y Alfredo Armenta Torres, de Ocuilan, debido a que no subsanaron en tiempo y forma las observaciones realizadas la Dirección de Partidos Políticos.

 

 

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“Tú haces la mejor elección”

Unidad de Comunicación Social

Boletín Número 032

Toluca, México, a 08 de febrero de 2021

 

Con motivo del próximo proceso electoral 2021, en el que se elegirán diputaciones a la Legislatura Local e integrantes de los ayuntamientos, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), aprobó la Estrategia para la promoción de la participación ciudadana y del voto libre y razonado.

 

Por lo anterior, la Dirección de Participación Ciudadana (DPC), desarrolló la estrategia basándose en el Programa Anual de Actividades 2020 y 2021 y en lo establecido en la Estrategia Nacional de Cultura Cívica 2017-2023 implementada en coordinación con el Instituto Nacional Electoral (INE), en la que se plantean tres ejes estratégicos: verdad, diálogo y exigencia, con los cuales se difunde información para contribuir a que la ciudadanía tenga una idea más precisa y completa de su entorno y sus derechos.

 

Así, para promover la participación de las y los mexiquenses para el ejercicio del voto libre y razonado en la jornada electoral del 6 junio de 2021, se destaca la ejecución de acciones virtuales y presenciales, atendiendo los protocolos de salud, en las que se difunden temáticas diversas, preferentemente entre grupos poblacionales estimados como prioritarios.

 

Para ello, se tienen como corresponsables al personal de las juntas distritales y municipales, así como al de la DPC, y a través de ellas, lograr acceder a cuando menos el 2% de la ciudadanía de la Lista Nominal del Estado de México, en el periodo comprendido de enero a mayo de 2021.

 

Asimismo, la estrategia se integra por un marco normativo y contextual en los que se define que la participación ciudadana es el medio por el cual las y los ciudadanos se involucran en el ámbito público, como contrapeso a la autoridad, dando seguimiento al desempeño y funcionamiento gubernamental y colaborando en el diseño, ejecución y evaluación de políticas públicas dirigidas a las demandas de una sociedad cada vez más interesada y comprometida con el fortalecimiento de la democracia.

 

También se destaca que uno de los objetivos es impulsar los procesos mediante los cuales se exaltan los motivos por los cuales debe ejercerse el voto; a su vez cuenta con un apartado referente a los principios bajo los cuales se implementará la estrategia como son: vinculación interinstitucional, gestión con base en resultados, eficiencia operativa e impacto temático.

 

En tanto entre los ámbitos de actuación se menciona que éstos se llevarán a cabo en conjunto con los órganos desconcentrados, el INE así como la Comisión de Promoción y Difusión de la Cultura Política y Democrática (CPDCPD), la Junta General (JG) y el Consejo General (CG), con los que se desarrolla un plan operativo, el seguimiento del mismo, el planteamiento de la ruta crítica y se revisan los resultados.

 

De igual forma en sus anexos plantea el plan operativo, las recomendaciones instruccionales para la exposición de los temas contenidos en la estrategia de promoción de la participación ciudadana y del voto libre y razonado en el proceso electoral 2021.

 

Con estrategias como acciones de difusión digital, eventos virtuales o presenciales y perifoneo, así como trabajo en conjunto con aliados estratégicos, se busca orientar a la ciudadanía en el Estado para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones político electorales, así como también coadyuvar en la promoción y difusión de la cultura política democrática.

 

 

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“Tú haces la mejor elección”

Unidad de Comunicación Social

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