Comunicación
Social

Jueves, 09 Octubre 2025 09:00

Procedimiento para la creación de nuevos partidos políticos en el Estado de México

Escrito por

En términos de la Ley General de Partidos Políticos, las organizaciones de ciudadanos que pretendan constituirse en partido político local deberán informar tal propósito al Instituto en el mes de enero del año siguiente al de la elección de Gubernatura.

 

Así, en 2023 se llevó a cabo el proceso electoral en el que se eligió a la Titular del Ejecutivo Estatal, lo que permitió que, en enero de 2024, las organizaciones ciudadanas que quisieran convertirse en un partido político local, pudieran presentar un escrito con la intención de constituirse en uno.

 

Por tanto, con el objetivo de contar con una comisión especial que auxilie al Consejo General en las actividades relativas al procedimiento de constitución y registro de las organizaciones ciudadanas como partidos políticos locales, se creó la Comisión Especial Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos, el 30 de enero de 2024.

 

Se presentaron varias solicitudes, sin embargo, sólo una de ellas cumplió con los requisitos exigidos por la ley. Por lo que, el 22 de agosto de 2024 se determinó procedente el aviso de intención presentado por la organización ciudadana “Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C.”

 

Tras la aceptación de la manifestación de intención, la organización debe llevar a cabo asambleas en, por lo menos, las dos terceras partes de los distritos electorales locales o de los municipios, según corresponda. Estas asambleas deben contar con la presencia del funcionariado del IEEM para su certificación.

 

El requisito fundamental de afiliación establece que el número de afiliados en estas asambleas no debe ser menor al 0.26% del padrón electoral de la entidad. Por ello, la meta de la organización es alcanzar 33,068 afiliaciones mediante la celebración de 84 asambleas.

 

De lograrlo, tendrá que presentar la solicitud formal de registro en enero del año 2026; es decir, del año anterior al inicio del siguiente proceso electoral local como lo precisa la ley.

 

El procedimiento para la creación de nuevos partidos políticos constituye un pilar esencial de la vida democrática en el Estado de México. A través de una regulación clara, estricta y transparente, el IEEM garantiza el pluralismo político y se promueve la participación ciudadana, asegurándose que las y los mexiquenses dispongan de vías legítimas, ordenadas y representativas para expresar y canalizar sus intereses dentro del sistema político.

Conéctate