GUÍA PARA LA IDENTIFICACIÓN Y ATENCIÓN DE LA VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES EN RAZÓN DE GÉNERO A TRAVÉS DE LAS TICs
Escrito por Paula Melgarejo SalgadoConstitucional y convencionalmente, la violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer, tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo.
En los procesos electorales es común que este tipo de violencia se multiplique debido a la alta exposición de mujeres en las diferentes etapas del proceso electoral. De acuerdo con las estadísticas del INE, del mes de abril del 2020 al 31 de diciembre de 2021, se observa que en los 32 institutos electorales locales se iniciaron 947 procedimientos por VPMRG1. Además, en el proceso electoral 2020-2021, de 35 asesinatos a candidaturas reportados, 21 fueron perpetrados a candidatas mujeres. En el proceso electoral 2023 para renovar la gubernatura del estado, al día de hoy, se han interpuesto 10 PES por VPMRG.
Por otro lado, el uso de redes sociales y las tecnologías de la información, ha representado un avance en la forma de comunicación e interacción entre la ciudadanía, en varios contextos, entre ellos el del debate político-electoral; generando una mayor difusión de información respecto al ejercicio de los derechos políticos y, con ello, un mayor interés por los procesos electorales. Sin embargo, estos espacios también han sido utilizados con fines negativos, fomentando la denostación, la descalificación, la discriminación y la violencia; de ahí que sea común utilizarlas como vías o medios para cometer VPMRG.
En este contexto el IEEM ha aprobado la Guía para la identificación y atención de la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género a través de las tecnologías de la información y comunicación, como una herramienta para que mujeres en ejercicio de sus derechos político-electorales, identifiquen de forma rápida y fácil, qué es la VPMRG, cómo se ejerce, por quiénes, las vías jurídicas existentes para atenderla, así como los mecanismos que las propias redes sociales poseen para reportar contenido de esa naturaleza.
En la Guía se describen los tipos de violencia y las claves para identificarla. Asimismo, se destaca que a través de las redes sociales se pueden afectar los derechos político electorales de las mujeres con base en elementos de género si éstas se utilizan para dañar la dignidad como seres humanos; desestimar o descalificar, con base en elementos de género, las propuestas presentadas por mujeres en el marco del ejercicio de sus derechos político electorales, entre otras.
En la guía se indica que como personas usuarias de las redes sociales podemos reportar el contenido en esas plataformas y como víctimas de VPMRG, pueden recurrir a diferentes vías jurídicas según la pretensión que quieran obtener (penal, comisión de un delito; electoral, sanción por la comisión de una infracción o como violación a derechos político-electorales; y administrativa, sanción en el desempeño de las funciones de un servidor público).
Esta Guía es un instrumento que fortalece el ejercicio pleno e íntegro de los derechos político electorales de las mujeres, con miras al logro de la igualdad sustantiva y a una vida libre de violencia.
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