Boletas electorales para la Elección Extraordinaria Judicial 2025
Las boletas electorales son documentos en los que la ciudadanía expresa su preferencia para cada cargo a elegir, el día de la jornada electoral. Es decir, son la materialización del sufragio del electorado.
En el ejercicio democrático de 2025, en el que se elegirán personas juzgadoras tanto federales como locales, las boletas y su configuración juegan un papel trascendental para que la ciudadanía pueda ser atraída a las urnas. Ahí comienza la complejidad, ya que además de la cantidad de nombres que contendrá cada boleta, se entregará gran cantidad de ellas.
En el Estado de México, para las elecciones federal y local, serán un total de 10 boletas que tendrá que revisar y marcar con números cada persona; en efecto, a nivel federal serán 6 boletas electorales: para Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para magistraturas de la Sala Superior y para las Salas Regionales del Tribunal Electoral, para el Tribunal de Disciplina Judicial, para Tribunales de Circuito, así como para juezas y jueces de distrito. Mientras que, para la elección local, se entregarán 4 boletas para los cargos del Poder Judicial Local que corresponden a: la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, las 5 Magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial, 30 Magistraturas y 55 Jueces y Juezas.
El 3 de marzo, la Comisión de Organización del IEEM aprobó los Formatos Únicos de la Documentación Electoral a utilizar en el Proceso Electoral Extraordinario 2025; y se remitieron para que sean sometidos a la consideración del Consejo General para su aprobación definitiva.
En nuestra entidad federativa, se ha proyectado llevar a cabo la producción e impresión de aproximadamente 52,854,416 boletas electorales que se pondrán a la disposición de la ciudadanía mexiquense en las 9209 casillas seccionales que se instalarán el próximo 1 de junio. Boletas que de manera genérica contendrán los siguientes elementos: Tipo de elección; región o distrito judicial; el número de cargos a elegir; nombres de las personas candidatas presentados en dos listados (mujeres y hombres) con un número identificador, ordenados alfabéticamente y de forma consecutiva; Poder del Estado que propone la candidatura o en su caso las candidaturas de las personas juzgadoras que estén en funciones en los cargos a renovar; especialidad por materia y los recuadros en los que se anotará el número que corresponda a la persona candidata a la que otorgará su voto. Además, cada boleta se identificará con un color, por tipo de elección.
Por todo lo anterior, es fundamental identificar estos modelos de boletas para poder sufragar adecuadamente el próximo 1 de junio.
INTEGRACIÓN DE LAS LISTAS DE CANDIDATURAS PARA EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO 2025
De manera inédita se llevará a cabo en el Estado de México, el Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025; comicios en los que se elegirán la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, la mitad de las Magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, y los cargos vacantes y retiros programados de Juezas y Jueces.
La ciudadanía mexiquense estará votando por un total de 91 cargos divididos de la siguiente forma:
Cargos |
Número |
Presidencia del Tribunal Superior de Justicia. |
1 |
Magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial. |
5 |
Magistraturas |
30 |
Jueces y Juezas |
55 |
En esta ocasión el desarrollo del Proceso Electoral no depende únicamente del IEEM, pues de acuerdo con el Decreto número 63.- Declaratoria de aprobación de la Minuta proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en materia de reforma al Poder Judicial; particularmente las actividades relativas a la recepción de los expedientes de las personas aspirantes, evaluación del cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales de elegibilidad, así como las tareas para identificar a las personas mejor evaluadas y con los mejores perfiles, para ser postuladas a los cargos a elegir; son facultades expresas de los Comités de Evaluación que cada uno de los Poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), instaló entre el 4 y el 6 de febrero, integrándolos de forma paritaria, por cinco personas reconocidas en la actividad jurídica.
Cada uno publicó una Convocatoria dirigida a la ciudadanía interesada en participar en la evaluación y selección de postulaciones a la elección local; el plazo para solicitar el registro fue del 11 al 16 de febrero.
Una vez recibidas las solicitudes, los Comités realizaron las siguientes actividades:
- Primero, revisaron el cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, y cada uno público en la Gaceta de Gobierno, los datos de las personas que fueron consideradas elegibles, sumando un total de 1580.
- Después realizaron la evaluación de la idoneidad de cada uno de estos perfiles; para integrar una lista de las personas mejor calificadas por cada Comité. De esta etapa, se calificaron como idóneas para aspirar a cargos del Poder Judicial del Estado de México, 1006 aspirantes.
- Hecho lo anterior, el 26 de febrero, los Comités realizaron una depuración a los listados mediante insaculación pública, ajustándolos al número de personas candidatas que postulará el Poder Judicial del Estado.
El día de hoy 27 de febrero, cada Poder enviará su listado a la Legislatura Local, y esta última conjuntará los datos de las personas postuladas, para remitirlos al IEEM, el día de mañana 28 de febrero, y así tener las listas completas de la totalidad de las candidaturas que aparecerán en alguna de las cuatro boletas.
Que los Comités de Evaluación hayan culminado con los trabajos relativos a selección, evaluación y registro de candidaturas; es fundamental para que el IEEM continúe con el desarrollo de todas las actividades que conlleva el diseño e impresión de las boletas electorales que se pondrán a la disposición de la ciudadanía mexiquense en las 9209 casillas seccionales que se instalarán en el Estado de México para estos comicios el próximo 01 de junio.
Con los datos remitidos por la Legislatura Local, el IEEM podrá asegurar que las boletas electorales cumplan con los requisitos normativos y contengan únicamente a las personas legalmente registradas para la contienda electoral.
Lo anterior es muy importante porque la impresión de boletas es un proceso logístico complejo con fechas establecidas; y cualquier corrección de última hora puede generar demoras que afecten no sólo la producción, sino además la distribución y el desarrollo de la elección; aunado a que, por las particularidades de la elección judicial en curso, el IEEM tendrá que innovar en el diseño de la documentación electoral para facilitar el ejercicio del voto.
Aunado a lo anterior los nombres de las personas candidatas, así como sus datos de contacto; son elementos que el IEEM requerirá para la publicación de información de las candidaturas en el Sistema “Conóceles”, herramienta cuyo propósito es difundir y dar a conocer a la ciudadanía los perfiles de las y los aspirantes a cargos del Poder Judicial, para ayudar a que emita un voto razonado; y que estará disponible a partir del 24 de abril, día en el que inicia la etapa de Campañas en el Estado de México.
Arranque del Proceso Electoral Judicial en el Estado de México
El 30 de enero de 2025 se llevó a cabo la sesión solemne de Inicio del Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025 en el Estado de México. En sesión extraordinaria de la misma fecha, el Consejo General (CG) del IEEM instaló tres comisiones especiales, cuyos objetivos particulares son fundamentales para el adecuado desarrollo del proceso electoral.
La Comisión Especial de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral (CEVINE) estará auxiliando al CG con las actividades que requieran de una coordinación con el INE, como las que deriven del Convenio General de Coordinación y Colaboración entre ambos institutos; el reclutamiento, selección y contratación de personas Supervisoras y Capacitadoras Asistentes Electorales Locales; así como lo relativo a la observación electoral, actividad para la cual ya está disponible la convocatoria dirigida a la ciudadanía interesada en participar hasta el 7 de mayo.
La Comisión Especial de Vinculación con Órganos Desconcentrados (CEVOD) llevará a cabo la supervisión de las actividades relacionadas con la selección de las propuestas y la designación de quienes dirigirán los órganos desconcentrados para atender la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado, tareas para las que se estará considerando a las personas que hayan demostrado un desempeño satisfactorio en el proceso electoral 2024.
Finalmente, la Comisión Especial de Seguimiento a Cómputos (CESCOM), de nueva creación y que viene a robustecer las actividades relacionadas con el escrutinio y cómputo que, de acuerdo con la reforma judicial, se realizarán en los órganos desconcentrados del IEEM y no en las mesas directivas de casilla.
Es de suma importancia para el instituto que la ciudadanía tenga una herramienta en la que se le pueda dar seguimiento a los cómputos, ya que para este tipo de elección no se habilita el Programa de Resultados Electorales Preliminares.
Con las actividades de la CESCOM se contribuirá en la garantía de la certeza de los resultados emanados del sufragio de la ciudadanía ya que tiene entre sus objetivos el de supervisar la capacitación al personal que llevará a cabo los cómputos, dar seguimiento a las actividades relativas a los cómputos que lleven a cabo los órganos desconcentrados, así como la asignación de los cargos por región, distrito y materia de especialización entre las candidaturas que hayan obtenido el mayor número de votos. Todo lo anterior, bajo la observancia del principio de paridad de género.
A la fecha, las citadas comisiones ya han realizado diversas tareas contenidas en sus programas de trabajo, bajo los plazos previstos en el Calendario para el Proceso Electoral. Y su dinámica cotidiana apoya el quehacer diario del IEEM en la etapa del proceso electoral judicial extraordinario que se encuentra vigente en nuestra entidad.
Todo ello, en conjunto que las actividades que desarrollan el resto de las Comisiones, permite que en cada etapa del proceso electoral, el consejo tome decisiones basadas en los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad.
Avances en la actualización de la normatividad del IEEM
En octubre del 2024, el Consejo General creó la Comisión Especial para la revisión y actualización de la normatividad del IEEM. Sus fines son revisar, actualizar y, en su caso, proponer la creación o modificación de reglamentos, lineamientos, criterios y demás normatividad que resulte aplicable para el funcionamiento de este Instituto, así como la derogación o abrogación de disposiciones o cuerpos normativos que ya no sean aplicables, a efecto de asegurar que este Instituto pueda operar bajo las mejores prácticas administrativas y los marcos jurídicos aplicables en la materia político-electoral. Se tenía planeada la instauración de esta comisión, aún antes de la reforma constitucional y legal a nivel local en materia judicial, por lo que resultó más que oportuna porque para hacer operativa dicha reforma se requiere que la normatividad interna se encuentre actualizada para su correcta aplicación.
La Comisión, en conjunto con todas las Consejerías integrantes del Consejo General, las áreas operativas y los partidos políticos, han llevado a cabo los trabajos necesarios para la debida modificación de distintos instrumentos normativos.
De este modo, el pasado 27 de enero, el Consejo General del IEEM aprobó la expedición de los siguientes reglamentos:
- Reglamento de Sesiones del Consejo General.
- Reglamento de Comisiones del Consejo General.
- Reglamento para la Sustanciación de los Procedimientos Sancionadores.
De las modificaciones que se han realizado, destacan las siguientes:
- La integración de lo dispuesto en las recientes reformas, tanto federales como estatales, respecto a la elección popular de personas juzgadoras, mediante la garantía de una debida función institucional para Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025 que se lleva a cabo en el Estado de México; así como en los siguientes procesos electorales ordinarios.
- En el contenido de dichas normas se hace uso del lenguaje incluyente y no sexista.
- La incorporación de principios rectores de la materia electoral como lo es la perspectiva de género.
- El detalle de las funciones que deben desarrollar las comisiones permanentes y especiales.
- Además, con base en las experiencias derivadas de procesos electorales pasados, se suman en la redacción del Reglamento de Comisiones, tres especiales: la de Atención del Programa de Resultados Electorales Preliminares, la de Vinculación con Órganos Desconcentrados y la de Vinculación con el INE; así como la delimitación de sus objetivos y atribuciones.
La totalidad de instrumentos normativos con los que cuenta el IEEM, asciende a 95 (incluyendo códigos, lineamientos, manuales, criterios, procedimientos, protocolos, programas y reglas); por lo que los trabajos para su actualización y mejora son una tarea diaria y continua, que en esta ocasión se lleva a cabo a la par de las actividades relacionadas con el Proceso Electoral Extraordinario 2025.
Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025 del Estado de México
El 14 de enero fue publicado en la Gaceta del Estado de México, el decreto con las reformas al Código Electoral del Estado de México, en materia de elección de las personas juzgadoras del Poder Judicial del Estado de México. Se modifican diversos artículos vinculados a la organización, jornada y resultados de los procesos electorales para la citada elección y se agrega un libro más.
Esta reforma, en congruencia con las Reformas Federales, se replican las atribuciones de los Poderes Estatales, respecto a sus Comités de Evaluación, así como los requisitos que deberán cumplir las personas para integrar los listados de candidaturas para la elección de las personas juzgadoras, contemplados en la reforma constitucional local en materia del Poder Judicial.
El IEEM será el encargado de organizar este proceso inédito, por lo que entre las funciones que se le integraron destacan: la creación de un micrositio para informar a la ciudadanía sobre procesos electorales y candidaturas; la realización del escrutinio y cómputo en los órganos desconcentrados que se instalen para esta elección; declaración de validez y expedición de las constancias de mayoría a candidaturas ganadoras en la elección del Poder Judicial local, así como la asignación de los cargos, observando el principio de paridad. Nota importante para destacar es que tratándose de la elección de personas juzgadoras, las representaciones de los partidos políticos no participarán en las comisiones, acciones, actividades y sesiones respectivas.
Por lo anterior, el próximo 30 de enero, el Consejo General del IEEM celebrará la Sesión Solemne de Inicio del Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025 del Estado de México. Por primera vez en nuestra entidad se elegirán la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia, los integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, la mitad de las Magistraturas del Tribunal Superior de Justicia y los cargos vacantes y retiros programados de Juezas y Jueces, es decir, un total de 89 cargos a elegir: 55 juzgadores, 33 magistraturas y 1 presidencia.
Asimismo, el IEEM suscribirá un convenio de colaboración con el INE a fin de detallar procesos, actividades y competencias para este proceso electoral; no obstante, la reforma ya dicta fechas que es importante que la ciudadanía conozca:
Actividad |
Plazo |
Publicación de convocatorias por cada Comité de Evaluación. |
A más tardar el 10 de febrero de 2025 |
Plazo de inscripción de las personas interesadas en participar |
Del 11 al 16 de febrero de 2025 |
Publicación de listado de personas que cumplen requisitos |
19 de febrero de 2025 |
Remisión a la Legislatura de listados aprobados por cada poder. |
A más tardar el 27 de febrero de 2025 |
Remisión de los listados al IEEM |
A más tardar el 28 de febrero de 2025 |
Campañas electorales |
Del 24 de abril al 28 de mayo de 2025 (35 días) |
Jornada electoral |
1 de junio de 2025 |
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