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Martes, 21 Abril 2026 06:00

¿Se necesitan más partidos? El reto de constituir un partido político en el Estado de México.

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La función principal de los partidos políticos es promover la participación de la ciudadanía en la vida democrática y servir como una de las vías de acceso al ejercicio del poder político. A través de ellos se facilita el consenso en torno a las decisiones mayoritarias y, al mismo tiempo, se busca evitar la exclusión de las minorías. Esto ocurre mediante el disenso, la tolerancia y el libre debate de ideas, procesos que permiten transformar las demandas sociales en acciones de gobierno. Estos elementos explican por qué los partidos políticos resultan indispensables en las democracias contemporáneas.

 

Desde mi perspectiva, la respuesta a la pregunta que da origen a este espacio corresponde, en última instancia, a la propia ciudadanía. Lo señalo porque la conformación de un partido político local (PPL) o nacional no es una tarea sencilla. En el caso del Estado de México implica un trabajo coordinado entre el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) con funciones específicas.

 

En el IEEM se aprobó el Acuerdo IEEM/CG/125/2023 en el que se estableció la metodología, los requisitos y las condiciones que deben cumplir las organizaciones ciudadanas que aspiren a obtener su registro como partido político local. El Acuerdo incluyó la creación de la Comisión Especial Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos encargada de dirigir y supervisar todo el proceso para que las organizaciones ciudadanas se conviertan en PPL. De esta manera, la creación de un PPL consta de varias etapas que resumo en cuatro: el aviso de intención, la afiliación de procedimiento de constitución, la solicitud de registro del procedimiento de constitución y la terminación del procedimiento de constitución como partido político local.

 

Así, en enero de 2024 las organizaciones ciudadanas que presentaron su aviso de intención ante el IEEM fueron: Futuro Democrático, A.C.; Docencia, Transparencia y Equidad para Todos, A.C.; Congruencia Mexiquense, A.C.; Es Independiente es Temamatla, A.C.; Transformación que Fortalece a México, A.C.; Movimiento Laborista Estado de México, A.C. y Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C. De todas ellas, únicamente esta última —tras un proceso de impugnación y una resolución favorable por parte del Tribunal Electoral del Estado de México— logró avanzar a la siguiente etapa del proceso.

 

Desde mi punto de vista, lo ocurrido en esta primera etapa refleja que la ciudadanía está interesada en los asuntos públicos que la rodean. Una muestra de ello fue el número de organizaciones ciudadanas que presentaron su aviso de intención. Sin embargo, en este contexto, superar el filtro legal y administrativo requiere un trabajo riguroso, profesional y transparente, plenamente apegado a la normativa. En ese sentido, la labor que realiza el IEEM resulta fundamental, pues garantiza que únicamente aquellas organizaciones con una estructura legal mínima y con la transparencia financiera necesaria puedan obtener autorización para solicitar datos personales —como las credenciales para votar— a la ciudadanía.

 

El siguiente paso consistió en la afiliación de al menos el 0.26 % del padrón electoral que debe realizarse a través de asambleas en los distritos electorales o municipios con el uso de la aplicación móvil proporcionada por el INE. La organización Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C. logró cumplir con los requisitos de asambleas y afiliación, lo que permitió solicitar su registro formal el 27 de enero de este año. Posteriormente, la Dirección de Partidos Políticos del IEEM realiza la revisión legal de la documentación; la Unidad Técnica de Fiscalización del INE audita el origen y uso de los recursos; y ese mismo Instituto efectúa el cruce de datos en el padrón electoral para eliminar dobles afiliaciones.

 

La verificación de datos es la etapa actual en la que se encuentra el proceso, y una vez concluida, el IEEM notificará a la organización las cifras definitivas de afiliados y asambleas válidas. A continuación, la Comisión Especial integrará el expediente para que el Consejo General emita el dictamen definitivo, el cual, en caso de aprobarse el registro, se publica en la Gaceta del Gobierno y surta efectos legales el 1 de julio del año previo a la elección.

 

A partir de lo expuesto, sostengo que, más allá de los fines específicos por los que se constituyen los partidos políticos, su existencia nos permite afirmar que la democracia es un sistema dinámico, en constante renovación y abierto a la creación de nuevos espacios de representación ciudadana. En el Estado de México, en los próximos días sabremos si se incorpora un nuevo actor político local. La resolución está por conocerse y, con ello, se demostrará, una vez más, la solidez y la transparencia de nuestras instituciones electorales.

 

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