La igualdad pendiente: Lo que dicen los datos
El pasado 23 de marzo, en un ejercicio conjunto entre el IEEM y la UAEMéx, la Dra. Graciela Márquez Colín, Presidenta del Consejo de Gobierno del INEGI; nos recordó que la estadística no es un fin en sí mismo, sino una herramienta para transformar la realidad. En su Conferencia Magistral "Estadísticas de Género" se presentaron datos que ponen en evidencia desigualdades y brechas que aún afectan el desarrollo y el acceso a los derechos de las mujeres.
Cinco de cada diez mujeres que trabajan, lo hacen en la informalidad y, aun realizando las mismas actividades, perciben en promedio 87 pesos por cada 100 que ganan los hombres. Cerca del 75% de los hombres participa en el mercado laboral y solamente el 45% de las mujeres lo hace. México se mantiene entre los países con menor participación laboral femenina en América Latina. ¿Dónde están las demás? También trabajan, pero en actividades no remuneradas.
Las cifras son contundentes: las mujeres dedican en promedio 39.7 horas semanales al trabajo no remunerado, frente a 18.2 de los hombres; en el Estado de México, 37.7 frente a 16.8. Este desequilibrio no solo evidencia una distribución desigual del tiempo, sino que limita su autonomía económica y su participación pública.
La desigualdad se profundiza con la maternidad. Los ingresos de las mujeres crecen hasta los 39 años y después disminuyen, particularmente a partir del primer hijo. En contraste, los hombres ven incrementos en sus ingresos con la paternidad. Incluso con el mismo nivel educativo, las mujeres ganan sistemáticamente menos, confirmando que el acceso a la educación no ha sido suficiente para cerrar la brecha.
A ello se suma una realidad estructural: en el 77.8% de los hogares hay personas que requieren cuidados para infancias, personas mayores o con discapacidad, y de cada 100 personas cuidadoras, 75 son mujeres; trabajo, indispensable para la sostenibilidad de la vida, que sigue siendo invisibilizado y no remunerado.
En los espacios públicos, los avances son innegables, pero aún insuficientes. A partir del siglo XX, transcurrieron 53 años para que se reconociera la ciudadanía a las mujeres (incluido el derecho a votar y ser votadas); 121 años para alcanzar la paridad en la Cámara de Diputados y 124 años para que México tenga su primera presidenta. En el ámbito municipal, el número de mujeres en presidencias municipales pasó de 120 en 2010 a 605 en 2024, frente a 1,821 hombres. En el Estado de México, en 2024 se registran 54 presidentas municipales frente a 73 hombres; y, si bien el Congreso local ha alcanzado la paridad —38 mujeres y 37 hombres—, la distribución del poder aún refleja profundas desigualdades.
La evidencia es clara: las mujeres son mayoría en la población, sostienen gran parte del trabajo no remunerado y, sin embargo, enfrentan menores ingresos, menor acceso a oportunidades y difícil acceso a los espacios de decisión.
Por ello, como autoridades electorales, nuestra responsabilidad no se limita a garantizar elecciones libres, sino a promover condiciones de igualdad sustantiva. Toda acción pública necesita información, pero la información no sirve si no se utiliza con sensibilidad. La estadística de género nos muestra dónde estamos; la decisión institucional debe definir hacia dónde vamos.
Selección de candidaturas para la elección judicial en México: aprendizajes para fortalecer el proceso
El pasado cinco de marzo, en el IEEM, el Instituto para las Transiciones Integrales (IFIT) presentó el estudio: Selección Judicial en México: Lecciones aprendidas del proceso de selección de cargos en cortes de última instancia (2024–2025). El IFIT es una organización internacional que promueve el fortalecimiento institucional y democrático y que participó como observador electoral en el proceso judicial a nivel nacional y en el Estado de México.
Como parte de su labor de observación electoral, elaboró este estudio para analizar la selección de candidaturas y aportar recomendaciones para mejorar futuros ejercicios.
En dicho estudio se muestra, con datos concretos, los aciertos y contratiempos que sucedieron en la elección federal 2024-2025 de integrantes del Poder Judicial de última instancia (Suprema Corte, Tribunal de Disciplina Judicial y Sala Superior del Tribunal Electoral); además, se brindan recomendaciones muy precisas sobre lo que se puede mejorar en un siguiente ejercicio, particularmente, dentro de las etapas de convocatoria, registro y selección de candidaturas por los comités de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.
Entre los hallazgos que se obtuvieron, se destaca el relativo a que existió una convocatoria general; sin embargo, cada comité de evaluación estableció reglas, metodologías y mecanismos de evaluación propios. En la práctica, esto derivó en tres procesos paralelos para cargos equivalentes, con diferencias en requisitos documentales, plataformas de registro y criterios de evaluación, lo que generó condiciones procedimentales heterogéneas y dificultades para comparar perfiles entre aspirantes.
El estudio muestra que, incluso en la etapa de elegibilidad, surgieron retos importantes. Los comités enfrentaron altos volúmenes de postulaciones y plazos muy acotados, revisando miles de expedientes en pocos días. Esta presión operativa evidenció la necesidad de contar con capacidades técnicas, tecnológicas y metodológicas más robustas para garantizar revisiones consistentes y transparentes.
Las diferencias se profundizaron en la evaluación de idoneidad. Mientras algunos comités privilegiaron entrevistas y valoraciones cualitativas, otros establecieron ponderaciones entre méritos académicos, experiencia profesional y reputación pública. Incluso se contemplaban evaluaciones técnicas más rigurosas; sin embargo, en el caso del comité del Poder Judicial, el proceso se vio interrumpido por una serie de impugnaciones y suspensiones judiciales que finalmente derivaron en la renuncia de sus integrantes, lo que obligó a que el Senado concluyera esa etapa mediante insaculación.
A partir de estos hallazgos, el estudio plantea recomendaciones concretas para fortalecer futuros procesos de selección judicial: estandarizar plazos y plataformas de registro, homologar criterios de evaluación, definir metodologías claras y fortalecer el diseño institucional del proceso. Todo ello con el objetivo de asegurar principios fundamentales como la transparencia, la equidad, la independencia judicial, la idoneidad de los perfiles, la diversidad y el diseño institucional.
Si bien es cierto, en el caso particular del Estado de México, la buena coordinación entre los tres poderes del Estado con el IEEM facilitó el adecuado desarrollo de cada una de las etapas de ese proceso electoral; también lo es que de cara a la siguiente renovación judicial prevista para 2027, este tipo de análisis resulta especialmente valioso. Más allá de las complejidades del primer ejercicio, la experiencia acumulada permite identificar áreas de mejora para fortalecer las condiciones para procesos más previsibles, comparables y legítimos.
Finalmente, conviene subrayar la importancia de los ejercicios de observación electoral y de investigación especializada. Sus diagnósticos y recomendaciones no sólo contribuyen a mejorar las instituciones, sino que también permiten que la ciudadanía conozca y comprenda cómo se desarrollan estos procesos, fortaleciendo así la confianza pública en los mecanismos democráticos.
Desde el Instituto Electoral del Estado de México invitamos a la ciudadanía a acercarse y conocer este estudio, pues comprender cómo se construyen nuestras instituciones y cómo pueden mejorar, es una tarea colectiva. Informarnos, reflexionar y participar fortalece nuestra democracia.
8M: Nombrar, identificar y atender la violencia política contra las mujeres
En el marco de la conmemoración del 8 de marzo, es indispensable reafirmar que la democracia sólo puede consolidarse cuando las mujeres ejercen plenamente sus derechos político-electorales, libres de toda violencia. En ese sentido, la paridad y la prevención, atención y erradicación de la violencia política contra las mujeres en razón de género (VPG) constituyen ejes fundamentales de la función del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM).
La VPG se define como cualquier acción u omisión —incluida la tolerancia— basada en elementos de género, que limite, anule o menoscabe el ejercicio de los derechos político-electorales o el desempeño de un cargo público o de toma de decisiones de una o varias mujeres. Reconocer esta definición es el primer paso para su identificación oportuna.
Entre las conductas que pueden constituir VPG se encuentran, por ejemplo: discriminar a las mujeres por embarazo, parto, puerperio o lactancia, restringiendo su reincorporación tras una licencia; ocultar, manipular o proporcionar información falsa a mujeres electas para obstaculizar el adecuado ejercicio de sus funciones; así como restringir el uso de la palabra en sesiones u órganos deliberantes, vulnerando su derecho de participación y de petición.
Para su atención y sanción existen múltiples vías institucionales. En materia electoral, el IEEM tramita el Procedimiento Especial Sancionador (PES); el Tribunal Electoral del Estado de México tramita y resuelve el juicio para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía local (JDCL) y resuelve el PES. En el ámbito penal, la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Electorales investiga los hechos y los persigue como delitos. Asimismo, los Órganos Internos de Control pueden investigar e iniciar procedimientos de responsabilidad administrativa.
Un aspecto clave es la acreditación del elemento de género, que consta de tres condiciones: 1) la conducta se dirige a una mujer por el solo hecho de serlo; 2) afecta de manera desproporcionada a mujeres frente a hombres; y/o 3) produce daños diferenciados o consecuencias más graves para ellas. Estos elementos son analizados por las autoridades jurisdiccionales caso por caso.
Los escenarios más frecuentes de VPG se presentan a nivel municipal, mediante violencia verbal, patrimonial, económica, simbólica, digital o mediática, ejercida por autoridades municipales, medios de comunicación y, cada vez más, en redes sociales.
El IEEM pone a disposición de las mujeres el Centro de Atención por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, un espacio institucional diseñado para brindar apoyo, asistencia y asesoría especializada a quienes, en el ejercicio de sus derechos político-electorales, enfrentan alguna manifestación de este tipo de violencia. El acompañamiento está disponible a través del teléfono 722 275 7301 y WhatsApp 722 510 5174.
Seguimiento al procedimiento para la eventual constitución de un nuevo Partido Político Local
El 22 de agosto de 2024, el Consejo General del IEEM determinó procedente el aviso de intención presentado por la organización ciudadana Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C., para iniciar el procedimiento de constitución como Partido Político Local (PPL).
A partir de dicha determinación, la organización llevó a cabo asambleas en distritos electorales y municipios del Estado de México, con el objetivo de alcanzar la afiliación mínima equivalente al 0.26 % del padrón electoral de la entidad, lo que representa 33,068 personas afiliadas, mediante la celebración de al menos 84 asambleas válidas.
Con corte al 18 de noviembre de 2025, la organización había celebrado 101 asambleas que cumplieron con el quórum requerido por la normatividad aplicable.
La solicitud formal de registro como Partido Político Local fue presentada el 27 de enero de 2026. A partir de esa fecha, se desarrollan las siguientes actividades clave relacionadas con la verificación del número mínimo de personas afiliadas y la eventual obtención de registro como PPL:
- La Comisión Especial Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos cuenta con un plazo de 45 días hábiles para realizar el análisis y revisión de la solicitud de registro.
- En el tema de fiscalización, el plazo para que la organización ciudadana entregara su último informe de ingresos y gastos venció el 16 de febrero de 2026.
- La Dirección de Partidos Políticos del IEEM notificará a la organización ciudadana los errores, omisiones o irregularidades detectadas en dicho informe a más tardar el 4 de marzo de 2026.
- El Instituto Nacional Electoral (INE) verificará que no exista doble afiliación con otras organizaciones ciudadanas en proceso de constitución, así como con Partidos Políticos Nacionales o PPL con registro vigente.
- El IEEM informará a la organización ciudadana el número preliminar de personas afiliadas recabadas, así como su situación registral, una vez que el INE notifique al IEEM los resultados preliminares de su revisión.
- Posteriormente a ello, el Consejo General del IEEM debe aprobar el dictamen mediante el cual se determine el otorgamiento o la negativa del registro como Partido Político Local.
En caso de que el Consejo General del IEEM otorgue el registro correspondiente, éste surtirá efectos a partir del 1 de junio de 2026.
Aunque parece engorroso el trámite de constitución de un nuevo partido político local, desde el año de 2014 a la fecha, las reglas establecidas en la Ley General de Partidos Políticos y la normatividad interna del INE y del IEEM, han dado claridad y certeza a cada etapa. Lo que fortalece no sólo el sistema de partidos sino, además, el derecho de la ciudadanía de participar en la vida política de la entidad y de afiliarse libre e individualmente para constituir una opción política nueva.
30 años del IEEM: la fuerza de lo local ante los desafíos democráticos del 2027
El 2 de marzo de 1996 marcó un momento importante en la vida democrática del Estado de México con la creación del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM). Desde entonces, el Instituto ha tenido a su cargo la organización de elecciones, la promoción de la vida democrática y la garantía de condiciones efectivas para que las y los mexiquenses ejerzan sus derechos político-electorales, particularmente el derecho a votar y ser votado.
A lo largo de estos 30 años, el IEEM se ha consolidado como una institución clave para la estabilidad política de la entidad. En este periodo ha organizado 15 elecciones ordinarias: 5 para la Gubernatura, 10 para la renovación del Poder Legislativo y de los ayuntamientos y la primera elección del Poder Judicial Local. En estos procesos se han integrado democráticamente 1,243 ayuntamientos, registrando únicamente 8 elecciones extraordinarias en casi tres décadas, lo que refleja certeza, confianza ciudadana y eficacia institucional.
La experiencia del IEEM reafirma la importancia de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPL) dentro del sistema democrático mexicano, pues no solo materializan el federalismo electoral, sino que aportan conocimiento del territorio, cercanía con la ciudadanía y capacidad de respuesta frente a contextos locales complejos. En el Estado de México, esta fortaleza institucional ha sido determinante para garantizar procesos electorales íntegros, transparentes y pacíficos.
A lo largo de su historia, el IEEM ha avanzado de manera sostenida en la ampliación y garantía de derechos. La paridad de género ha dejado de ser un objetivo aspiracional, para convertirse en una realidad institucional: hoy se refleja en la integración de cabildos, en la Legislatura local y, más recientemente, en la conformación del Poder Judicial del Estado de México.
Además, el Instituto ha impulsado acciones afirmativas que permiten el acceso efectivo a cargos de elección popular a personas pertenecientes a grupos históricamente discriminados, reconociendo la exigencia de la inclusión y representación sustantiva.
En el ámbito técnico, el IEEM ha demostrado capacidad de innovación y eficiencia. La operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) y de los sistemas de seguimiento a los cómputos ha garantizado que la ciudadanía cuente con información oportuna, verificable y en tiempo real. En los últimos procesos electorales, incluso, su desempeño ha sido reconocido por su solidez técnica y por superar estándares nacionales.
De cara al proceso electoral de 2027, en el que concurrirán elecciones de diputaciones, ayuntamientos y personas juzgadoras del Poder Judicial Local, los 30 años del IEEM constituyen no solo una conmemoración institucional, sino una reafirmación del papel estratégico que desempeñan los OPL en el sistema democrático mexicano. La experiencia acumulada, el conocimiento del entorno estatal y la cercanía con la ciudadanía consolidan al IEEM como una autoridad electoral indispensable para la organización de procesos electorales con certeza, legalidad, imparcialidad y transparencia.
En un contexto de creciente complejidad electoral, la existencia de OPLs sólidos, autónomos y profesionalizados resulta fundamental para preservar la estabilidad democrática, fortalecer la confianza ciudadana y garantizar el adecuado funcionamiento del federalismo electoral desde el ámbito local.
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