CREACIÓN DE NUEVOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES, SUS IMPLICACIONES EN 2026 Y LAS ELECCIONES LOCALES DE 2027
Actualmente, el sistema de partidos políticos en el país y en el Estado de México reconoce 6 partidos políticos nacionales (PPN) y 1 partido político local (PPL), a los que se les otorgó el registro correspondiente por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), respectivamente, conforme al ámbito de sus atribuciones. Dichos partidos políticos con registro vigente, son los siguientes:
No obstante, a partir del año 2025 el INE se encuentra realizando actividades vinculadas con el procedimiento de constitución de nuevos PPN, el cual inició con la presentación de 91 notificaciones de intención de los que únicamente 5 organizaciones de la ciudadanía presentaron su solicitud de registro como PPN ante el INE, en el mes de febrero de 2026; por lo que, en caso de que cumplan con los requisitos legales previstos para la constitución de nuevos PPN y el INE otorgue el registro correspondiente, este surtirá efectos constitutivos el primer día de julio de 2026 y a partir de esa fecha gozarán de los derechos, obligaciones y prerrogativas previstos en la normatividad; entre ellos, en el caso particular del Estado de México, lo siguiente:
- Acreditación y representación ante el IEEM. La acreditación de un PPN se refiere al reconocimiento del mismo como tal, ante los Organismos Públicos Locales, lo cual conlleva el derecho de nombrar a las personas que representarán al partido político ante los órganos electorales, en el caso del Estado de México, ante el Consejo General y Comisiones del IEEM, así como, ante los 45 consejos distritales y 125 consejos municipales correspondientes durante los procesos electorales.
Al día de hoy, el Consejo General del IEEM se integra por 15 personas, 1 Consejera Presidenta, 6 Consejeras Electorales, 1 Secretario Ejecutivo y 1 persona representante de cada uno de los 7 partidos políticos con registro vigente, integración que podría incrementar en relación con el otorgamiento del registro del nuevos PPN, los cuales también podrán nombrar a personas representantes ante las distintas Comisiones del IEEM.
- Candidaturas a cargos de elección popular. Para las elecciones locales a celebrarse en 2027, los nuevos PPN tendrían derecho a postular hasta 1,708 candidaturas para la renovación de diputaciones de representación proporcional y mayoría relativa e integrantes de ayuntamientos; por lo que, el total de postulaciones de candidaturas podría incrementar de 7,780[1] hasta 20, 496 expedientes[2] a revisar y registrar por el IEEM, lo cual dependerá de la forma de participación de los partidos políticos con registro vigente, ya sea, de manera individual o a través de coaliciones y candidaturas comunes, así como, del registro de nuevos PPN, los que únicamente podrán participar de manera individual, conforme a la normatividad.
- Monitoreo de propaganda electoral. En caso de que se registren nuevos PPN, el monitoreo en periodo de precampañas y campañas electorales en el año 2027 podría incrementar de acuerdo a las precandidaturas de la totalidad de partidos políticos que participen en las elecciones locales, así como, de las candidaturas registradas por el IEEM.
- Debates electorales. De otorgarse el registro a nuevos PPN, en las elecciones locales de 2027, la participación del número de personas candidatas podría incrementar en la celebración de debates electorales.
- Financiamiento público. En el año 2026, en caso de otorgarse el registro a nuevos PPN, se deberá realizar una redistribución del financiamiento público asignado a los partidos políticos con registro vigente.
[1] Candidaturas postuladas a un cargo de elección popular en el proceso electoral 2024.
[2] Considerando la integración de los Ayuntamientos prevista en el Acuerdo IEEM/CG/53/2024 del Consejo General del IEEM y dependiendo del número de partidos que obtengan su registro.
La fórmula de la POSVERDAD[1]
“La innovación es lo que distingue a un líder de los demás"
La era digital ha transformado la comunicación política, porque ha cambiado las formas de comunicación y contacto con la ciudadanía. Sin embargo, esta revolución digital ha creado tanto oportunidades como desafíos para los actores políticos y la sociedad.
Las redes sociales, en particular, se han convertido en una herramienta poderosa en la comunicación política: Facebook, X (antes Twitter), YouTube, TikTok e Instagram permiten llegar a un gran número de personas de manera rápida y directa.
Además, las redes sociales de alguna manera han democratizado la participación en la política, porque cualquier persona con acceso a internet y una cuenta en redes sociales puede expresar sus opiniones en el debate público. Esto ha permitido que se escuchen las voces de grupos y comunidades que antes estaban excluidas del ámbito político. Del mismo modo, las redes sociales han facilitado la organización de protestas y movimientos sociales, así como amplificado sus alcances.
Sin embargo, ha surgido un fenómeno complejo y multifacético que desafía la integridad informativa y la deliberación democrática: la posverdad, definida como información que apela a las emociones y creencias personales por encima de los hechos objetivos, lo que ha llevado a una distorsión de la verdad en el ámbito político, para manipular la opinión pública, crear narrativas simplistas y polarizar a los votantes.
Para comprender y abordar la posverdad en el contexto de la comunicación política, el Dr. Jair Guadarrama Torres[2], ha propuesto la fórmula de la POSVERDAD, que se estructura en torno a dos componentes principales: la desinformación y las interacciones negativas en línea.
Fórmula de la posverdad:
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Posverdad = |
Desinformación (Fake News ± Infodemia ± Agnotología ± Alodoxofobia ± Opinofobia ± Deepfake) |
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Interacciones negativas (Trolls + Haters + Bots) |
En primer lugar, la desinformación abarca una serie de elementos clave, incluyendo las fake news, la infodemía, la agnotología, la alodoxofobia, la opinorofobia y los deepfakes[3. Estos fenómenos constituyen manifestaciones diversas de la distorsión, manipulación y ocultamiento de la verdad, que socavan la confianza en la información y debilitan la capacidad de discernimiento del público.
Por otro lado, las interacciones negativas que comprenden la actividad de trolls, haters y bots[4], juegan un papel crucial en la amplificación y difusión de la posverdad. Mediante la generación de discurso polarizado, la propagación de desinformación deliberada y la creación de entornos hostiles para el diálogo constructivo, se contribuye significativamente a la erosión del espacio público democrático y la polarización social.
Frente a este fenómeno es imperativa la necesidad de una educación mediática y un compromiso con la verdad, es fundamental fomentar la alfabetización mediática, el fact-checking[5] y la transparencia en la comunicación política para preservar la salud de la democracia. Como instituciones públicas tenemos el compromiso de difundir información veraz, oportuna, clara y de fácil acceso para la ciudadanía, cumpliendo además con obligaciones en materia de transparencia, rendición
[1] V Congreso Internacional de Comunicación y Audiencias digitales: “Inteligencia artificial y comunicación en la era de la posverdad”.
[2] Con estudios doctorales en Investigación de la Comunicación por Extremadura, España; Maestro en Alta Dirección Gobierno y Políticas Públicas con doble titulación nacional y extrajera por Ortega y Gasset; Maestro en Dirección de Políticas Públicas por Ortega Vasconcelos y Maestro en Identidad, Estrategia y Gestión de Marcas. Especialista en análisis de credibilidad a través de metodologías cualitativas, para el desarrollo de nuevos perfiles de profesionalización. Ha sido colaborador en la ONU en la sede de Ginebra para mesas de resiliencia en ONG'S. Creador de contenidos digitales y asesor gubernamental en diferentes alcaldías y países.
[3] Fake news: Noticias falsas que son creadas deliberadamente para desinformar o engañar al público. Suelen imitar el formato de noticias reales para aumentar su credibilidad y se difunden principalmente en redes sociales y otros medios digitales.
Infodemía: Exceso de información, a menudo falsa o imprecisa, que dificulta que las personas encuentren fuentes confiables y orientación clara.
Agnotología: La producción y difusión de la ignorancia o el desconocimiento, especialmente cuando es generado intencionalmente por intereses específicos, como campañas publicitarias o estrategias políticas.
Alodoxofobia: Miedo irracional a las opiniones de los demás. Este término, aunque menos conocido, se asocia a la intolerancia hacia perspectivas diferentes en contextos de desinformación y polarización social.
Opinorofobia: Miedo o aversión a expresar opiniones personales, especialmente en entornos donde el discurso está dominado por la polarización y el juicio crítico.
Deepfakes: Contenidos audiovisuales manipulados con inteligencia artificial para falsificar imágenes, videos o audios, haciendo que personas parezcan decir o hacer cosas que en realidad no ocurrieron.
[4] Trolls: Es una persona real que publica mensajes provocadores, ofensivos, irrelevantes o incendiarios en comunidades en línea (foros, redes sociales, secciones de comentarios) con la intención de molestar, causar conflicto, provocar una respuesta emocional fuerte o desviar la conversación; su objetivo principal no es debatir de buena fe, sino obtener una reacción.
Haters: Personas que utilizan internet y redes sociales para atacar, difamar, burlarse o generar impacto negativo hacia individuos, marcas o ideas. Se caracterizan por emitir comentarios maliciosos, hostiles y no constructivos, ocultando frecuentemente su identidad para proyectar negatividad y generar discordia.
Bots: Un bot (abreviatura de robot) es un programa informático automatizado diseñado para realizar tareas repetitivas en línea sin intervención humana.
[5] Fact-checking: Verificación de hechos, en español, es el proceso de investigar y comprobar la veracidad de afirmaciones, noticias o contenidos que circulan, especialmente en internet y redes sociales, para combatir la desinformación.
EL IEEM, EN LA ÚLTIMA ETAPA DEL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIÓN DE NAEM
En julio de 2024, se declaró el inicio del procedimiento de liquidación de NAEM que comprende 3 fases: preventiva, de liquidación y adjudicación, esto al no haber obtenido el tres por ciento de la votación válida emitida en la Elección de Diputaciones Locales 2024, celebrada en el Estado de México. Para ello el Consejo General del IEEM realizó la designación de una persona interventora con las más amplias facultades para realizar actos de administración y de dominio sobre el conjunto de bienes y recursos del partido, dando inicio a la fase preventiva.
Durante dicha etapa se tomaron acciones precautorias necesarias con la finalidad de proteger los bienes y recursos de NAEM, los intereses y los derechos de orden público, así como, los derechos de terceras personas. Se realizó una entrega-recepción formal en la que se le dieron a conocer a la persona interventora los recursos disponibles con los que contaba el partido. En esta fase se suspendieron pagos, permitiendo solo los correspondientes a nóminas de personas trabajadoras e impuestos, también se recibió el inventario de bienes y se tomó el control de las cuentas bancarias a través de un manejo mancomunado entre la persona interventora y la representación legal del partido, sobre gastos indispensables y previamente autorizados, asimismo, se calcularon y estimaron las obligaciones pendientes de tal manera que en noviembre de 2024 se presentó ante el Consejo General del IEEM un informe sobre las acciones tomadas durante dicha etapa.
Por disposición normativa la fase preventiva, concluyó al día siguiente de que se declaró la pérdida de registro de NAEM mediante el acuerdo IEEM/CG/189/2024, dando inicio a la etapa de liquidación a finales de octubre de 2024, en la cual, el partido político local perdió la capacidad para cumplir sus fines constitucionales y legales, quedando limitado solo al cumplimiento de obligaciones. Durante dicho periodo se presentó el informe previo de liquidación a fin de determinar el importe de las obligaciones a pagar y el monto de los recursos disponibles a utilizar, en su caso, los remanentes derivados. Dicho documento fue aprobado por el Consejo General del IEEM, derivando la publicación del “Aviso de liquidación” en enero de 2025 en Gaceta del Gobierno, 2 diarios de circulación estatal, estrados y página web institucional, con la finalidad de dar a conocer a la ciudadanía las obligaciones laborales, fiscales, administrativas electorales, y las adquiridas con personas proveedoras y acreedoras a cargo del otrora NAEM, y dar oportunidad a que cualquier persona física o moral, que tuviera algún pago pendiente por parte del partido político local, lo informara solicitando el reconocimiento de crédito.
Concluido el plazo del aviso, se recibieron diversas solicitudes que fueron analizadas y estudiadas por la persona interventora, quien determinó su procedencia y generó una lista definitiva de créditos a cargo del otrora partido, en ésta se incluyeron los adeudos a personas trabajadoras, impuestos federales y locales, sanciones administrativas electorales, y pagos pendientes a personas proveedoras y acreedoras que acreditaron documentalmente los adeudos reclamados, la lista se sometió a aprobación del Consejo General y fue publicada para su debida difusión.
Una vez reconocidas las cifras pendientes de pago a cargo del otrora NAEM, en marzo de 2025, se generó un tercer informe con el importe de los bienes derechos y obligaciones, a fin de cuantificar la capacidad de pago con la que contaba el partido, así como la disposición de sus recursos para cubrir las deudas, y valorar la necesidad sobre la venta de bienes para estar en posibilidades de pagar las obligaciones determinadas.
Dicho análisis, resultó en un déficit presupuestario de los recursos líquidos disponibles, así que, en septiembre de 2025 se determinó realizar una subasta pública para ofrecer a la venta el edificio y bienes muebles a nombre del otrora partido político local. La convocatoria se publicó en Gaceta del Gobierno, en 2 diarios de circulación estatal, en estrados y en la página web del Instituto, la cual fue difundida a la ciudadanía en general, siendo la primera subasta pública en la historia del IEEM en la que se puso a la venta un bien inmueble, el cual fue adjudicado en octubre de este año, y que actualmente se encuentra en proceso de entrega.
Con dicho proceso se garantiza la salvaguarda de los derechos de orden público, pues los recursos recabados serán utilizados para hacer frente a obligaciones de carácter laboral, sobre derechos que adquirieron personas trabajadoras avaladas por un tribunal, para pagar impuestos cuyo destino primordial será cubrir necesidades de la ciudadanía, para pagar sanciones administrativas cuyo caudal también será destinado para fines Estatales, y finalmente para cubrir los derechos adquiridos por personas proveedoras del otrora NAEM, que en su momento no recibieron un pago total.
La programación de dichos pagos se realizará en orden de prelación conforme al Reglamento para la constitución, registro y liquidación de los partidos políticos locales y para la fiscalización de las organizaciones ciudadanas que pretendan constituirse como tales, del Instituto Electoral del Estado de México, dentro de los 3 días siguientes de haber concluido la entrega de los bienes subastados, en este caso del edificio, ya que se declaró desierta la subasta de los bienes muebles; posteriormente, si quedaran recursos remanentes, se estaría comenzando por primera ocasión la última etapa del procedimiento de liquidación, llamada adjudicación.
Ante, la posibilidad de contar con bienes muebles que no sea necesario vender y/o el supuesto de un posible remanente de efectivo, el Instituto se estará preparando en los próximos días para recibir de la interventoría los recursos sobrantes del procedimiento de liquidación del otrora NAEM y transferirlos a la Secretaría de Finanzas para que el Gobierno del Estado de México los adjudique íntegramente a la Universidad Autónoma del Estado de México.
De esta forma el Instituto Electoral del Estado de México ejecuta directrices sobre el patrimonio en liquidación de partidos políticos locales salvaguardando el interés público y derechos de terceras personas, a través de la aplicación de reglas y principios que se apegan a los valores de la transparencia, responsabilidad y rendición de cuentas en el destino final de los recursos que fueron otorgados en un principio para fines constitucionales y legales en favor del régimen de partidos políticos y de la consolación democrática en el Estado de México.
PROCESO DE CONSTITUCIÓN COMO PARTIDO POLÍTICO LOCAL EN EL ESTADO DE MÉXICO: ETAPA DE AFILIACIONES
Actualmente, en el Estado de México se está llevando a cabo el procedimiento de constitución de un partido político local (PPL) instado en enero de 2024 por la organización ciudadana “Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C.”, con la presentación de su aviso de intención de constituir un PPL, el cual se determinó procedente mediante Acuerdo IEEM/CG/172/2024, en cumplimiento a la sentencia recaída al expediente JDCL/225/2024, dando acceso a la organización ciudadana a la etapa de afiliaciones, la cual inició en enero de 2025.
En esta etapa la organización ciudadana debe reunir afiliaciones correspondientes a por lo menos el 0.26% del padrón electoral que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior, equivalente a 33,068 personas afiliadas, a través de dos modalidades:
- Celebración de asambleas. Las asambleas deben celebrarse en por lo menos las dos terceras partes de los distritos electorales locales, o bien, de los municipios, lo cual representa 30 distritos, o en su caso, 84 municipios del Estado de México.
La organización ciudadana optó por realizar asambleas municipales, es decir, celebrar asambleas como mínimo en 84 municipios, en los que debe reunir afiliaciones equivalentes a, por lo menos el 0.26 % del padrón electoral del municipio respectivo, utilizando el corte de la elección local ordinaria inmediata anterior.
Asimismo, en cada asamblea, las personas afiliadas deben suscribir la manifestación formal de afiliación, conocer y aprobar los documentos básicos (declaración de principios, programa de acción y estatutos) que normarán al PPL, en caso de obtener el registro como tal, así como, elegir a las personas que integrarán el Comité Directivo Municipal y a las personas delegadas propietarias y suplentes que asistirán a la Asamblea Local Constitutiva. Lo anterior, en presencia de personal del IEEM que acude a realizar la verificación del procedimiento de afiliación, conforme a la normatividad aplicable.
Las asambleas de la organización ciudadana “Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C.” deberán concluir a más tardar 15 días hábiles antes –noviembre de 2025– de la fecha programada para realizar la Asamblea Local Constitutiva, la cual tiene que realizarse durante los primeros 10 días hábiles del mes de diciembre de 2025.
- Aplicación móvil. El Instituto Nacional Electoral (INE) desarrolló un aplicativo móvil para recabar afiliaciones de las organizaciones de la ciudadanía en proceso de constitución como PPL, correspondientes al resto de la entidad, a efecto de verificar la situación registral de las personas afiliadas y registradas a través de dispositivos móviles. En el caso particular, la organización ciudadana podrá recabar afiliaciones a través de esta modalidad, en el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Cabe precisar que, cada una de las afiliaciones que obtiene la organización ciudadana es compulsada por el INE contra el padrón electoral y los padrones de personas afiliadas de los partidos políticos locales y nacionales, así como con otras organizaciones en proceso de obtención de registro como partido político nacional y/o local, verificaciones necesarias para garantizar su validez y autenticidad, por lo que, las afiliaciones que se recaben se consideran preliminares, hasta en tanto no se agote el procedimiento de revisión previsto en los Lineamientos aplicables.[1]
Con relación a lo anterior, el INE y el IEEM realizan actividades de manera coordinada, a fin de garantizar el derecho político-electoral de asociación de las personas ciudadanas que asisten a la celebración de las asambleas programadas por la organización ciudadana, así como, de aquellas que se afilian a través de la aplicación móvil.
Una vez que concluya la etapa de afiliaciones, la organización ciudadana podrá presentar su solicitud formal de registro como PPL, la cual deberá entregarse al IEEM en el mes de enero de 2026 y de la que el Consejo General de este Instituto determinará si es procedente el registro como PPL, atendiendo al cumplimiento de los requisitos previstos en la normatividad aplicable.
[1] Lineamientos para la verificación del número mínimo de personas afiliadas a las organizaciones de la ciudadanía interesadas en obtener su registro como Partido Político Local a partir del año 2025, aprobados por el Consejo General del INE mediante Acuerdo INE/CG2300/2024.
“JUNIO: MES DEL ORGULLO” Con orgullo, derechos y dignidad
Ser parte de la comunidad lesbiana, gay, bisexual, transgénero, intersexual, queer, entre otros (LGBTTTIQ+) puede suponer un riesgo vital en varios países del mundo. Para las personas que no enfrentan una amenaza inmediata en su día a día, pero que experimentan discriminación debido a su orientación sexual, identidad y expresión de género, así como sus características sexuales, sufren consecuencias que pueden afectar gravemente su bienestar físico, mental y emocional.[1]
Los orígenes del Mes del Orgullo LGBTTTIQ+, tiene sus raíces en los disturbios de Stonewall, que ocurrieron en junio de 1969 en Nueva York. Estos disturbios fueron un punto de inflexión en la lucha por los derechos de las personas LGBTTTIQ+.
La homosexualidad dejó de considerarse una enfermedad mental el 17 de mayo de 1990, cuando la Organización Mundial de la Salud la eliminó de su lista de enfermedades mentales.
En México, se despenalizó la homosexualidad en 1871, durante el gobierno de Benito Juárez, siendo uno de los primeros países en hacerlo en América Latina. Aunque la discriminación persiste, la despenalización[2] marcó un avance en la igualdad legal para la comunidad LGBTTTIQ+[3]. En 1973, la Asociación Psiquiátrica Mexicana retiró la homosexualidad de su lista de trastornos mentales, marcando un paso importante hacia la despatologización[4].
El objetivo del Mes del Orgullo LGBTTTIQ+ es:
- Promover la visibilidad y la conciencia sobre la comunidad LGBTTTIQ+ y sus luchas.
- Celebrar la diversidad y la inclusión de las personas LGBTTTIQ+ en la sociedad.
- Apoyar a la comunidad LGBTTTIQ+ y promover la igualdad de derechos y oportunidades.
El Mes del Orgullo LGBTTTIQ+ es una oportunidad para celebrar la diversidad y promover la inclusión y la igualdad de derechos para todas las personas, independientemente de su orientación sexual o identidad de género.
Como dato adicional se informa que la Marcha del Orgullo en el Estado de México, se realizará el 9 de agosto de 2025.
[1] El abanico de tratos discriminatorios es tan amplio como pernicioso y puede basarse en:
- la orientación sexual(por quien sientes atracción),
- la identidad de género(cómo te identificas, independientemente del sexo asignado al nacer),
- la expresión de género(cómo expresas tu género, por ejemplo, a través de la ropa, el pelo o los gestos),
- las características sexuales(por ejemplo, los genitales, cromosomas, órganos reproductivos o niveles hormonales).”
Amnistía Internacional https://www.amnesty.org/es/what-we-do/discrimination/lgbti-rights/, consultado el 8 de julio de 2025.
[2] Es la eliminación de leyes que criminalizaban las relaciones homosexuales
[3] Universidad Ibero: https://www.generoyjuventud.ibero.mx/wp-content/uploads/2024/01/Revision-de-la-despenalizacion-y-despatologizacion-de-la-homosexualidad-en-Mexico.pdf, consultado el 8 de julio de 2025.
[4] Es la eliminación de la consideración de la homosexualidad como una enfermedad mental.