Captura criminal, calidad y representación democrática
Escrito por Amalia Pulido GómezLa experiencia comparada muestra una preocupación común: reducir el riesgo de que personas vinculadas con actividades delictivas accedan a una candidatura.
El pasado 2 de junio de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto que reforma y adiciona la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) para crear la Comisión de Verificación de Integridad en Candidaturas, a cargo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE). Se trata de un esfuerzo relevante frente a un problema poco reconocido hasta ahora: la violencia político-electoral en el país.
Esta Comisión contempla un análisis de riesgo sobre posibles actividades delictivas vinculadas con quien aspire a una candidatura, federal o local. La verificación se realiza previo al registro y sólo puede solicitarse a petición del partido político o de la candidatura independiente. No es vinculante y busca articular el trabajo de instituciones de seguridad, financieras, de inteligencia y de protección ciudadana.
Otros países cuentan con mecanismos semejantes. Colombia tiene desde 2015 la Ventanilla Única Electoral Permanente, a cargo del Ministerio del Interior. Partidos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos pueden solicitar la revisión de sus precandidaturas antes de avalarlas. El Ministerio canaliza consultas sobre antecedentes penales, disciplinarios, fiscales y judiciales. La Misión de Observación Electoral (MOE), además, ha planteado ampliar el catálogo de conductas para incorporar delitos sexuales y hechos de corrupción.
Perú creó ese mismo año su Ventanilla Única de Antecedentes. El Jurado Nacional de Elecciones cruza información y entrega a los partidos una ficha jurídica y patrimonial de sus precandidaturas. Como en México, la revisión no obliga a descartar una postulación.
La experiencia comparada muestra una preocupación común: reducir el riesgo de que personas vinculadas con actividades delictivas accedan a una candidatura. En México, esa preocupación adquiere especial relevancia frente a la violencia político-electoral documentada por distintos estudios. Los datos del proyecto Votar entre Balas permiten dimensionar este fenómeno y muestran cómo la competencia criminal por los territorios puede incidir en los procesos políticos locales.
Frente a esto escenario, ¿qué papel corresponde a las autoridades electorales en la defensa de la representación democrática? Su actuación debe respetar la vida interna de los partidos políticos y, al mismo tiempo, contribuir desde sus competencias a la construcción de mecanismos que se acompañen, coordinen y complementen para atender, a la vez, la seguridad de las candidaturas, la calidad de la competencia y el ejercicio de una democracia representativa.
Un ejemplo de esa colaboración es el convenio entre las secretarías General de Gobierno y de Seguridad de la entidad, la Fiscalía General de Justicia y el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), por medio del cual se pudieron brindar tres modalidades de protección para personas candidatas: auxilio inmediato al momento de solicitarlo, vigilancia domiciliaria y protección policial en el lugar en el que se encuentren. En todos los casos, la Secretaría de Seguridad, a través de la Subsecretaría de la Policía Estatal, otorga medidas de protección precautorias por 48 horas. Entre abril y junio de 2024 se recibieron 156 solicitudes de protección y se iniciaron 76 carpetas de investigación. Del total de solicitudes, 48 candidaturas resultaron electas.
Las instancias electorales, sin embargo, no pueden actuar solas. Se necesitan mecanismos coordinados entre autoridades. Hay avances, pero es necesario dotarlos de más herramientas. Insisto, la nueva Comisión es un paso en esa dirección. A quienes integramos el servicio público y a la ciudadanía nos corresponde seguir pensando en el alcance de los mecanismos que buscan fortalecer, al mismo tiempo, la seguridad, la calidad de las candidaturas y la representación democrática.
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