Seguimiento al procedimiento para la eventual constitución de un nuevo Partido Político Local
Escrito por Paula Melgarejo SalgadoEl 22 de agosto de 2024, el Consejo General del IEEM determinó procedente el aviso de intención presentado por la organización ciudadana Poder Mexiquense de Oportunidades Sociales, A.C., para iniciar el procedimiento de constitución como Partido Político Local (PPL).
A partir de dicha determinación, la organización llevó a cabo asambleas en distritos electorales y municipios del Estado de México, con el objetivo de alcanzar la afiliación mínima equivalente al 0.26 % del padrón electoral de la entidad, lo que representa 33,068 personas afiliadas, mediante la celebración de al menos 84 asambleas válidas.
Con corte al 18 de noviembre de 2025, la organización había celebrado 101 asambleas que cumplieron con el quórum requerido por la normatividad aplicable.
La solicitud formal de registro como Partido Político Local fue presentada el 27 de enero de 2026. A partir de esa fecha, se desarrollan las siguientes actividades clave relacionadas con la verificación del número mínimo de personas afiliadas y la eventual obtención de registro como PPL:
- La Comisión Especial Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos cuenta con un plazo de 45 días hábiles para realizar el análisis y revisión de la solicitud de registro.
- En el tema de fiscalización, el plazo para que la organización ciudadana entregara su último informe de ingresos y gastos venció el 16 de febrero de 2026.
- La Dirección de Partidos Políticos del IEEM notificará a la organización ciudadana los errores, omisiones o irregularidades detectadas en dicho informe a más tardar el 4 de marzo de 2026.
- El Instituto Nacional Electoral (INE) verificará que no exista doble afiliación con otras organizaciones ciudadanas en proceso de constitución, así como con Partidos Políticos Nacionales o PPL con registro vigente.
- El IEEM informará a la organización ciudadana el número preliminar de personas afiliadas recabadas, así como su situación registral, una vez que el INE notifique al IEEM los resultados preliminares de su revisión.
- Posteriormente a ello, el Consejo General del IEEM debe aprobar el dictamen mediante el cual se determine el otorgamiento o la negativa del registro como Partido Político Local.
En caso de que el Consejo General del IEEM otorgue el registro correspondiente, éste surtirá efectos a partir del 1 de junio de 2026.
Aunque parece engorroso el trámite de constitución de un nuevo partido político local, desde el año de 2014 a la fecha, las reglas establecidas en la Ley General de Partidos Políticos y la normatividad interna del INE y del IEEM, han dado claridad y certeza a cada etapa. Lo que fortalece no sólo el sistema de partidos sino, además, el derecho de la ciudadanía de participar en la vida política de la entidad y de afiliarse libre e individualmente para constituir una opción política nueva.
Conéctate
